No, los derechos de las mujeres no son negociables

Concepción Torres
Concepción Torres
Profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Alicante, Profesora del Máster en Malos Tratos y Violencia de Género de la UNED. Abogada. Secretaria de la Red Feminista de Derecho Constitucional.
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Pues sí, parece que se confirma. Y es que ante la falta de propuestas y alternativas por parte de algunos partidos políticos para solucionar problemas de índole social y económica la estrategia no es otra que negociar con los derechos de las mujeres. Y es que proponer volver a la Ley Orgánica 9/1985, de reforma del artículo 417 bis del Código Penal que despenalizó en tres supuestos la interrupción voluntaria del embarazo es todo un despropósito. Es retrotraernos en el tiempo y eso para las mujeres constituye un retroceso en materia de derechos inaceptable. Porque hablar de interrupción voluntaria del embarazo no es cualquier cosa. Es hablar de derechos sexuales y derechos reproductivos y del derecho de las mujeres a decidir libremente sobre su maternidad.
Es reconocer la subjetividad jurídica y política de las mujeres en el ámbito sexual y reproductivo y, en este sentido, es reconocer que en el marco de dicha subjetividad las mujeres tienen autonomía corporal. Una autonomía, obviamente, con límites (no hay ningún derecho ilimitado). Límites articulados en la actual Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y salud reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo. Límites establecidos a través, por ejemplo, de la combinación de un sistema de plazos (14 primeras semanas de gestación) e indicaciones y, específicamente, mediante el consentimiento informado previsto en el artículo 14 de la actual norma en vigor.
Por favor, dejen de negociar con los derechos de las mujeres y, más, en el ámbito sexual y ámbito reproductivo. Reconozcan a las mujeres como verdaderos sujetos jurídico/políticos. Respeten las decisiones de las mujeres en tanto que sujetos plenamente autónomos y reconozcan la mixitud humana. Una mixitud que obliga a pensar el Derecho desde los derechos de las mujeres y todo ello teniendo en cuenta el marco jurídico internacional. Un marco jurídico que ya en 1994 en la Conferencia de El Cairo aludía expresamente a los derechos sexuales y derechos reproductivos y que en 1995 en la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer de la ONU se enmarcaban dentro de los derechos humanos de las mujeres. Por favor, lean y estudien antes de hablar. Consulten datos como los que publica el INE en sus estadísticas sobre interrupción voluntaria del embarazo así los informes anuales de aborto provocado publicado por el Ministerio de Sanidad y verán que la actual ley no es un problema. Que el reconocimiento del derecho a decidir de las mujeres en el ámbito sexual y reproductivo no obliga a las mujeres a abortar. Que si el objeto es acabar con el llamado ‘invierno reproductivo’ – como afirman – hay otras medidas como garantizar expectativas laborales y profesionales y condiciones de vida digna a la ciudadanía. Por favor, dejen de confundir y mezclarlo todo. Y sobre todo dejen de mercadear con los derechos de las mujeres y dejen de tratarnos como a eternas menores de edad.
 

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