La sentencia favorable a la ley navarra que regula el registro de profesionales que se niegan a practicar abortos fue aprobada con la única oposición del magistrado antiabortista y exdiputado del PP Andrés Ollero
Madrid, 29 sep. 14. AmecoPress. El Tribunal Constitucional (TC) emitió el jueves una sentencia que avala la ley navarra por la que se regula la creación de un registro de profesionales médicos que se niegan a practicar abortos. Por once votos a favor frente a uno en contra, los magistrados y magistradas del TC han validado el hecho de que los facultativos y las facultativas tengan que justificar los motivos por los que se declaran objetores de conciencia.
El único voto particular procede del magistrado conservador Andrés Ollero. Diputado del PP, catedrático de Filosofía del Derecho, miembro reconocido del Opus y antiabortista declarado es, precisamente el magistrado ponente del caso del recurso de los conservadores contra la normativa vigente del aborto.
El TC considera que la inclusión de los y las profesionales que se declaren objetores para realizar interrupciones del embarazo no vulnera ningún derecho fundamental, como sí esgrimía el recurso que los conservadores interpusieron, también en 2010, contra la ley foral aprobada por el Parlamento de Navarra.
Con el registro, los médicos y las médicas deben realizar una declaración, una semana antes de que se vaya a producir la intervención, en la que deben explicar los supuestos por los que se declaran objetores.
La ley se aprobó a iniciativa del PSN, con el apoyo de NaBAi e IU. Con ella pretendían garantizar el acceso de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El PP la recurrió alegando que la lista de objetores es «discriminatoria» porque vulnera el derecho fundamental que garantiza la libertad ideológica. Sesenta diputados y diputadas firmaron el recurso.