Este 28 de septiembre, el estado de California, el Senado aprobó la Ley SB967, que define exactamente cuándo existe una relación sexual consensuada y cuándo no. La reforma establece:
– Para que una actividad sexual sea consensuada y legal, debe existir una afirmación consciente, voluntaria y expresa por parte de ambas personas.
– Es responsabilidad de las dos partes el asegurarse de que este consentimiento exista y esté claro.
– Quedarse en silencio, no resistirse, cambiar de opinión de último momento o el hecho de que ya hayan mantenido relaciones sexuales con anterioridad, no justifica que una persona pueda abusar sexualmente de la otra.
-Una persona bajo los influjos del alcohol, drogas o cualquier otra situación que los incapacite física o mentalmente, no pueden dar su consentimiento.
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Esta ley obliga, a las Universidades de California, a tener programas específicos de atención para las víctimas y un protocolo unificado para actuar en estos casos.
Los campus universitarios americanos han sido semilleros de relaciones sexuales no consensuadas, y los criminales han quedado impunes escudándose en el viejo y falso precepto de que cuando una mujer dice «No», en realidad quiere decir «Sí».
Campañas lideradas por víctimas de abuso sexual en universidades de todo Estados Unidos (desde Berkley o Yale hasta Norte Chapel Hill en Carolina del Norte y Swarthmore en Filadelfia), buscan llamar la atención de los medios y la sociedad sobre la gravedad de esta problemática.