EL CONSEJO ESCOLAR DE CANARIAS informa sobre el Decreto que establece el currículo de la educación secundaria obligatoria y el bachillerato en la comunidad autónoma de Canarias.
El informe analiza la Igualdad de género «dada la importancia del tema» analizando el carácter transversal en los currículos de las diferentes materias.
Por otro lado, aunque en términos generales se aprecia el uso de un lenguaje inclusivo y no sexista, el Consejo indica que sin embargo, en la concreción de los principios y valores del sistema educativo, se produce la omisión de algunos de los principios básicos de la sociedad democrática y del sistema coeducativo: la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y la no discriminación por razón de sexo.
Para el CONSEJO ESCOLAR DE CANARIAS , «esto ha de concretarse en la garantía de una educación en igualdad, generadora de igualdad de oportunidades y compensadora de las diferencias entre hombres y mujeres y de las discriminaciones históricas de las mujeres en la sociedad (participación, ciencia, cultura…), así como en la enseñanza de los valores de igualdad, libertad, autonomía, dignidad humana, respeto, tolerancia y rechazo a toda discriminación»-
El análisis realizado, de varios currículos, ha puesto de manifiesto un tratamiento muy desigual del principio de igualdad entre mujeres y hombres, que se puede resumir, a grandes rasgos, en los siguientes niveles:
- Asignaturas ‘ciegas’ al género, donde no se encuentra mención alguna a la igualdad entre mujeres y hombres, ni en la finalidad u objetivos, ni en la contribución a las competencias (lingüística, ciencias y tecnología, digital, sociales y cívicas…), ni en la contribución a los objetivos de la etapa, ni en los contenidos, ni en las orientaciones metodológicas y estrategias didácticas, ni en los criterios y contenidos de evaluación. Ejemplos: Geología y Biología.
- Asignaturas en las que se incluyen referencias a “la igualdad”, “la igualdad entre hombres y mujeres”, “el papel desempeñado por las mujeres”, “la igualdad de oportunidades y diferencias de género” o “la prevención de la violencia de género”, en la contribución a los objetivos de CEC. Informe 9/2015. Decreto Currículo ESO-Bachillerato 7/46 la etapa, pero que tienen una implantación real inviable puesto que se ignora la igualdad de género en la finalidad u objetivos, en la contribución a las competencias, en los contenidos, en las orientaciones metodológicas y estrategias didácticas, y en los criterios y contenidos de evaluación. Ejemplos: Física, Artes Escénicas, Filosofía y Prácticas comunicativas y creativas.
Asignaturas en las que se hacen referencias a “la igualdad” y “la corresponsabilidad”, en la contribución a las competencias y en las orientaciones metodológicas y estrategias didácticas, pero sin reconocimiento en la finalidad y objetivos, en los contenidos, y en los criterios y contenidos de evaluación. Ejemplo: Geografía.
- Asignaturas en las que se aborda la igualdad de género en sus diversas vertientes en todos o casi todos los epígrafes (finalidad y objetivos, contribución a las competencias, contribución de los objetivos de la etapa, contenidos, criterios y contenidos o estándares de evaluación), aunque los contenidos incluidos se consideran aún insuficientes y susceptibles de enriquecimiento.
Ejemplo: Historia y Geografía de Canarias (sólo recoge un contenido evaluable relativo a las “mujeres, madres y trabajadoras”, ignorando sus numerosas contribuciones en los diversos ámbitos), Historia de España (sólo recoge un contenido evaluable, en el criterio número trece sobre la etapa de la Transición, sobre la situación de la “mujer” en la España democrática, ignorando las numerosas aportaciones de las mujeres a la historia del país e hitos históricos de trascendencia incuestionable como el movimiento feminista), Historia de la Filosofía (sólo se incluye un contenido sobre las mujeres en la educación en el bloque de evaluación segundo, dedicado a la Grecia Antigua, ignorando otras aportaciones y las contribuciones a las materia por las mujeres filósofas) e Historia del Arte (sólo se recogen contenidos evaluables específicos sobre las mujeres artistas en el último bloque, dedicado a la universalización del arte en la segunda mitad del siglo XX).
- Asignaturas en las que la igualdad entre mujeres y hombres y la perspectiva de género se abordan de un modo más diverso y completo, aunque algunas de estas pueden ser susceptibles de ampliaciones.
Ejemplos: Fundamentos del Arte, Física y Química y Geografía e Historia (en esta última, se podría profundizar en el conocimiento de la división sexual del trabajo, y sus repercusiones múltiples y determinantes en la organización social, los roles y estereotipos sexistas, los valores desiguales de ambos sexos…).
En consecuencia, el CONSEJO ESCOLAR DE CANARIAS considera necesaria una revisión del currículo de todas las asignaturas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo a las obligaciones contenidas en la Ley 1/2010, de 26 de febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres (LCIMH), que suponen la necesidad de garantizar “la igualdad de trato entre CEC. Informe 9/2015. Decreto Currículo ESO-Bachillerato 8/46 mujeres y hombres, que supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, en el ámbito educativo”, entre otros, entre los principios generales que informan la actuación de la Administración pública (artículo 4); la aplicación de la directriz de “la transversalidad y la perspectiva de género en todas sus actuaciones, disposiciones normativas, políticas generales y sectoriales…”con la finalidad de eliminar las discriminaciones directas e indirectas por razón de sexo” (artículo 5); y, en concreto, en relación con el currículo, el artículo 17 de la LCIMH, contenido en el capítulo primero de la “Igualdad en la educación”, del título segundo de “Las medidas para promover la igualdad de género”, dicta: Artículo 17. Currículo.
La Administración educativa incentivará la realización de proyectos coeducativos e integrará en el diseño curricular de todas las áreas del conocimiento y disciplinas de las diferentes etapas educativas los siguientes objetivos coeducativos:
a) La eliminación de los prejuicios, estereotipos y roles en función del sexo, construidos según los patrones socioculturales de conducta asignados a mujeres y hombres, con el fin de garantizar, tanto para alumnas como para los alumnos, posibilidades de desarrollo personal integral.
b) La integración del saber de las mujeres y su contribución social e histórica al desarrollo de la humanidad, revisando y, en su caso, corrigiendo los contenidos que se imparten.
c) La incorporación de conocimientos que permitan que los alumnos y las alumnas se hagan cargo de sus actuales y futuras necesidades y responsabilidades relacionadas con el trabajo doméstico y de cuidado de las personas.
d) La prevención de la violencia contra las mujeres, mediante el aprendizaje de métodos no violentos para la resolución de conflictos y de modos de convivencia basados en la diversidad y en el respeto a la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres.