Igualdad y violencia de género en el Acuerdo PSOE-Ciudadanos

Redacción Tribuna
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pedro-sanchez-firma-con-cs-582x322A continuación se recogen los contenidos relativos a igualdad y violencia de género en el «Acuerdo para un Gobierno reformista y de progreso» firmado entre el PSOE y Ciudadanos.

El documento completo en este enlace.

 

III. ALCANZAR UN PACTO SOCIAL Y POLÍTICO POR LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA COMO UNO DE LOS EJES FUNDAMENTALES PARA GARANTIZAR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.

1. EL PACTO POR LA EDUCACIÓN

Universalizar de manera progresiva la oferta de Escuelas Infantiles en la primera etapa de 0 a 3 años. El Gobierno asegurará la oferta pública asequible suficiente para cubrir progresivamente la demanda

IV. REDUCIR LAS DESIGUALDADES SOCIALES, COMBATIENDO LA POBREZA Y FORTALECIENDO LOS SISTEMAS DE PROTECCIÓN SOCIAL DEL ESTADO DEL BIENESTAR.

3. MEDIDAS POR LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES

  • Igualdad Salarial: Se establecerán los mecanismos legales oportunos destinados a hacer efectivo el principio de igualdad salarial y, por tanto, la igualdad en el empleo, en su acceso y permanencia, en la formación y en la promoción interna en las empresas. Ello conllevará a su vez la elevación de la cuantía de las pensiones futuras.
  • Se inducirá a las sociedades cotizadas a adoptar medidas dirigidas a incrementar la representación de mujeres en los cargos directivos y los consejos de administración, con el objetivo final de conseguir, al menos, el 40%.
  • Garantizar el cumplimiento por parte de las Administraciones Públicas, del Plan Concilia 2005 y la Resolución de 28 de diciembre de 2012 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas que señala que la jornada laboral debe finalizar a las 18:00.
  • Promover la incorporación en la negociación colectiva de medidas relacionadas con la racionalización de los tiempos y las jornadas laborales, así como el establecimiento de fórmulas de disponibilidad horaria que permitan a los trabajadores y trabajadoras acumular créditos de horas para la atención de responsabilidades personales y de cuidado.
  • Poner en marcha un incremento del permiso de maternidad y paternidad pasando de las 18 semanas actuales a 26. El permiso de maternidad intransferible se ampliará de 6 a 8 semanas. El permiso de paternidad será de 8 semanas intransferibles. La distribución de las 10 semanas restantes será opcional entre la madre y el padre.
  • Adoptar una nueva regulación del teletrabajo, en especial en relación con los derechos laborales y los costes asociados al desempeño de la actividad. Posibilitar, si el sector de actividad lo permite, fórmulas de teletrabajo que pudieran utilizarse al menos un día por semana.
  • Promover un pacto nacional para la racionalización de horarios, la conciliación personal y laboral, la igualdad y la corresponsabilidad.
    El objetivo del pacto es generalizar una jornada laboral más compacta y flexible que    permita conciliar mejor el tiempo destinado al trabajo y a usos familiares o personales y que impulse la igualdad y la corresponsabilidad.
    En este sentido, en relación a los calendarios y horarios escolares:
    -se impulsarán programas de acogida temprana (matutina) en los centros escolares
    -se promoverá el acceso al servicio de comedores escolares también en etapas vacacionales,
    -se generalizarán las actividades en horario extraescolar y, en especial, la apertura de los centros educativos con actividades lúdicas, deportivas y culturales en vacaciones y festivos,
    – se compatibilizarán en la medida de lo posible el calendario escolar de festivos y la jornada escolar con el calendario laboral,
    – se promoverán acuerdos con los sectores de la cultura y el ocio para el adelanto de los horarios de mayor consumo de su oferta y
    – se impulsarán campañas de sensibilización sobre el papel de hombres y mujeres en las responsabilidades domésticas, en el cuidado de los niños en el sector educativo o en el sector de los cuidados a personas dependientes, entre otros.
  • Creación de un portal web con información sobre buenas prácticas de flexibilidad laboral donde se exponga un listado con las empresas adheridas al Sello Horario Racional.
  • Recuperación del huso horario GMT que sirva de catalizador para el resto de medidas propuestas, en el marco de una campaña de concienciación sobre las ventajas económicas y sociales de racionalizar los horarios y flexibilizar la jornada laboral.
  • Desarrollar una prestación no contributiva por maternidad en el ámbito de la Seguridad Social de 6 semanas de duración, para las mujeres demandantes de empleo que tengan un hijo y no tengan derecho a la prestación contributiva de maternidad.
  • A efectos del cálculo de las pensiones, en el marco del Pacto de Toledo, reconocer a todas las mujeres un bonus de dos años de cotización por cada hijo o hija y un bonus de un año al otro progenitor si acredita fehacientemente que asumió el cuidado del hijo o hija.
  • Aprobar una Ley Integral para las personas transexuales que las proteja contra toda discriminación. Esta normativa perseguirá el reconocimiento del derecho a la libre manifestación de la identidad de género.

V. IMPULSAR REFORMAS DEL SISTEMA DEMOCRÁTICO PARA REFORZAR LOS DERECHOS Y LIBERTADES, ASEGURAR LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES Y EL COMPROMISO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, MEJORAR LA CALIDAD DE LAS INSTITUCIONES Y LUCHAR CONTRA LA CORRUPCIÓN

1. DERECHOS Y LIBERTADES

Igualdad de trato y no discriminación 

Aprobar una ley para garantizar la igualdad de trato y la no discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

La Ley debe incorporar a nuestro ordenamiento la creación de una Autoridad contra la Discriminación, dotada de autonomía plena y con competencia en todos los campos y por todos los motivos de discriminación.

La Ley debe incluir los mecanismos de inversión de la carga de la prueba y la ampliación de la legitimación en caso de conflicto para  la defensa del derecho a la igualdad de trato y la no discriminación, con exclusión de los procedimientos penales y sancionadores.

Interrupción voluntaria del embarazo 

Ambas organizaciones defienden la Ley de plazos para la interrupción voluntaria del embarazo.

Por su parte, el Partido Socialista se reserva la posibilidad de impulsar la reforma de la Ley del aborto en relación con las jóvenes de 16 y 17 años.

 Maternidad subrogada y custodia compartida 

Ciudadanos se reserva la posibilidad de impulsar la regulación de la maternidad subrogada, así como de la custodia compartida de menores como régimen general en los procedimientos de separación y divorcio.

2. PACTO SOCIAL, POLÍTICO E INSTITUCIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO 

La violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Con este convencimiento nació la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección contra la Violencia de Género, una ley que establece un sólido y completo marco legal para la prevención, protección, persecución y castigo de la violencia por parte del compañero o ex compañero sentimental. Como quiera que alrededor de 800 mujeres han sido asesinadas en España por sus parejas o ex parejas desde el año 2003, es necesario actualizar y completar la Ley Orgánica y sus disposiciones de desarrollo.

Con el objetivo de construir una sociedad libre de violencia contra las mujeres, el nuevo Gobierno promoverá un Pacto social, político e institucional contra la violencia de género en el que se comprometan las Administraciones Públicas y se dé participación a las organizaciones sociales y en el que se contemple

  • Ampliar las disposiciones preventivas, procesales, punitivas y protectoras de la ley de 2004 para abarcar, con las adaptaciones necesarias, todas las formas de violencia contra la mujer, tal como exige la Recomendación General nº 19 de la CEDAW y el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul), que España ha ratificado. En aplicación de este Convenio, ampliar las disposiciones a la trata de personas que tiene especial incidencia en mujeres y niñas, a la mutilación genital femenina y a los llamados crímenes de honor.
  • Dotar suficientemente las partidas presupuestarias destinadas a la prevención y a la asistencia social de las víctimas de violencia de género por parte de las Comunidades Autónomas y de los servicios de proximidad de los ayuntamientos.
  • Crear la Unidad de Coordinación contra la Violencia de Género en cada CCAA.
  • Aumentar los recursos para poner en marcha, en los Juzgados Especializados en Violencia de Género, el Acompañamiento Judicial Personalizado para hacer accesible la información a las mujeres víctimas de violencia de género sobre el itinerario y procedimiento más seguro desde el momento en el que ponen la denuncia hasta el final del proceso.
  • Establecer protocolos de intervención específicos para la atención integral a las mujeres que han retirado la denuncia por violencia de género. En los casos que no exista denuncia y ante la detección de riesgo real por parte de los servicios públicos, sociales o sanitarios, poner en marcha protocolos de atención social integral, especialmente proporcionando una garantía habitacional.
  • Activar de forma permanente el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, con especial atención a jóvenes y adolescentes. Involucrar específicamente en este plan a todas las instituciones educativas y medios de comunicación.
  • Poner en marcha un Plan integral para prevenir, proteger y reparar el daño a menores víctimas de violencia de género. Además, debe incorporar las medidas necesarias para garantizar la educación afectivo-sexual y de prevención de la violencia de género en todas las etapas educativas.

Dada la polémica suscitada por la relación de la mención de una ley de violencia intrafamiliar con el pacto contra la violencia de género, se aclara que ésta se encuentra recogida en el punto 2. Reconstruir y modernizar el estado de bienestar,  de este epígrafe IV, en el apartado de Proteger a la infancia, invertir en futuro (pág.  36).

 

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Comentarios

  1. Aprovecho para hacer aquí una crítica desde mi punto de vista de la interpretación que hace el feminismo de la violencia de género para buscar un trato preferencial hacia la mujer de parte del estado; en esta crítica desmiento los principales argumentos comúnmente esgrimidos por los feministas.

    Primero, en relación a la asimetría legal que propone el feminismo de género entre hombres y mujeres, tengo que decir que no es una justificación válida el que mueran más mujeres que hombres por violencia en el ámbito doméstico; en contraposición a esta realidad, también es real que mueren más hombres que mujeres por violencia social fuera de casa y eso no implica que vayamos a poner penas mayores cuando matan a un hombre en la calle respecto a cuando matan una mujer en la calle; ni quiere decir que porque golpean a más hombres que mujeres en la calle se vayan a tener penas mayores por golpear a un hombre que a una mujer en la calle. De hecho es sumamente malicioso el afán feminista de estar generando clasificaciones arbitrarias de la violencia, en donde les preocupa más encontrar la paridad en el número de víctimas, que la violencia en sí misma, y como siempre, sólo les importa la paridad en lo que a ellas les conviene. Si existiera sensatez, lo que se buscaría es tener leyes razonables que busquen reducir la muerte de seres humanos (sin importar el género) lo más posible, pero siempre guardando las proporciones, siendo racionales y aceptando con naturalidad la realidad de que en el mundo real ningún tipo de homicidio ni de violencia es erradicable.

    Además los crímenes pasionales (actualmente llamados muertes por violencia de género o feminicidios) sólo en algunas ocasiones están relacionados con una visión muy tradicional de la mujer (en la que hay subordinación de la mujer al hombre, que los feministas llaman machismo), en la mayoría de los casos ni si quiera es así; es por eso que no es contradictorio que los países escandinavos, que supuestamente son los más igualitarios, tengan de los primeros lugares en la cantidad de crímenes pasionales del mundo, y es un mito que eso se debe a los migrantes, la mayoría de los que cometen esos crímenes son escandinavos. Para asesinar a una mujer no necesitas de ninguna manera creer que es inferior, ni tener la obsesión de controlarla, cómo los feministas dicen; para matarla basta estar obsesionado con ella, sentirte profundamente herido, y ser violento y vengativo.

    Otro error en el que caen los feministas en la misma línea, es el de relacionar el maltrato con la subordinación de la mujer propia de una relación muy tradicional (que ellos llaman machista). El hecho es que si fuera la diferencia de poder o la relación de superioridad lo que generará el maltrato todos los hijos estarían gravemente maltratados por sus padres y donde menos violencia habría sería entre hombres porque según la ideología feminista son los más iguales en poder entre sí; cuando lo que ocurre es exactamente lo contrario.

    Por otro lado, si vamos a hablar de los motivos de un homicidio; es clarísimo que cualquier homicidio doloso sin motivo o sin un motivo admisible debe considerarse con la misma y máxima gravedad en lo que respecta al motivo, y que a partir de ahí, los motivos sólo deben servir como atenuantes cuando en ellos se encuentra algún grado de justificación. Lo que es más, si dentro de una comunidad se tiene una cultura en la que se justifica por ejemplo el asesinato por algún motivo, probablemente esto debería ser considerado como un atenuante, y la razón es simple; es un respeto a la cultura y usos y costumbres de la comunidad en la que esa ideología es válida.

    También hay un error conceptual, cuando se habla del homicidio de una mujer como un crimen de odio; para empezar los crímenes de odio en tiempos de paz son extraordinariamente raros. Si un hombre matara a una mujer sólo por serlo se pondría a matar mujeres al azar como hacen los asesinos seriales; no mataría particularmente a una mujer con la que tiene un pasado, sino a la primera que pueda cuando tenga la oportunidad. Y lo que hace más malos este tipo de crímenes no es en específico que sean por odio, sino que son homicidios en donde las víctimas ni la deben ni la temen, es decir son gente que no han hecho absolutamente nada para ponerse en el más mínimo riesgo de ser asesinados y aun así son asesinados, y ese cuadro es muy distinto al de los crímenes pasionales.

    Otra tontería es decir que porque la mujer es más débil o tiene una supuesta posición de subordinación, la pena debería ser distinta ¿Entonces si un jefe golpea o mata a un empleado la pena debería ser mayor? ¿O si un hombre golpea o mata a otro menos fuerte la pena debería ser mayor? ¿O si un hombre golpea o mata a otro que tiene menos habilidad para pelear, la pena debería ser mayor? Me parece que eso no sólo es oscuro, prejuicioso e impráctico, sino desmesurada y ofensivamente arbitrario, y una fuente de enormes injusticias en nombre de prejuicios que fácilmente pueden engañarnos. En cambio, el criterio que debe seguirse en general es más bien el de evitar que alguien por tener más habilidad combativa se pase de lanza y haga un uso excesivo e irracional de la fuerza, pero para eso existen sanciones por lesiones cuando el caso lo amerita y para eso no importa el género; y en el caso de los homicidios existen otros elementos de carácter genérico que si pueden verificarse que sean ciertos en los casos concretos, ya consideran esta clase de situaciones cuando es pertinente hacerlo; como sucede con el agravante de ventaja en un asesinato.

    Voy a terminar hablando de 2 cosas muy importantes; La primera, es que hay muchos estudios que demuestran que incrementar las penalidades no disminuye la criminalidad. Nunca en ningún lado, un incremento en la dureza de las penalidades ha contribuido a disminuir la violencia, ni el número de muertos, en ningún campo; pero en cambio la sobrecriminalización (tanto de lo pequeño como lo grande) siempre ha contribuido a incrementar la violencia y la criminalidad, especialmente la de alto impacto, y además ha generado un mayor costo económico para el estado y un mayor riesgo de generar injusticias por su mal uso. La segunda, es que sin darnos cuenta el mundo ha sido dirigido en los últimos 20 años hacia una moda cultural de victimismo y de sobreprotección de los débiles, esto es mucho más grave de lo que se ve a primera vista; esto implica la infantilización de la sociedad y al mismo tiempo un ataque a la naturaleza humana en la que tanto la parte oscura como la luminosa deben convivir en armonía dentro de un equilibrio para que el ser humano se pueda desarrollar sanamente.

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