13 organizaciones feministas alertan por el uso del SAP en los juzgados

Redacción Tribuna
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En total 13 organizaciones y asociaciones feministas han firmado la queja presentada ante el Observatorio de la Violencia Doméstica y de Género y el Ministerio de Justicia en relación con la utilización del SAP en algunos juzgados de Talavera de la Reina.

Organizaciones feministas, miembros del Observatorio estatal para la violencia de género y organizaciones especializadas en la prevención y erradicación de la violencia de género, han presentado quejas ante el Observatorio de la Violencia doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial y ante el Ministerio de Justicia, por la utilización que se está haciendo del SAP (Síndrome de alienación parental), por parte de la Jueza titular del juzgados de 1º Instancia e Instrucción nº 5 de Talavera de la Reina, Ana Belén Gómez Dorado, así como por parte del Instituto de Medicina Legal de Toledo y el psicólogo forense Maxim Wilberg Nodal, en el caso de la custodia de la hija de Susana Guerrero.

En la queja presentada, las organizaciones advierten de que la utilización judicial de este síndrome en una sentencia de mayo de 2015 emitida por el mencionado juzgado, se han desatendido las recomendaciones que han sido elaboradas por el Consejo General del Poder Judicial en su “Guía de criterios de actuación judicial frente a la violencia de género” (2013) y en las conclusiones del “Informe del Grupo de Trabajo de Investigación sobre el llamado Síndrome de Alienación Parental” (2010), del Observatorio Estatal contra la violencia de género.

La comunidad científica rechaza la existencia del SAP

También recuerdan que la comunidad científica rechaza la existencia del mal llamado SAP Síndrome de Alienación Parental, hasta el extremo de impedir que figuren en los dos únicos tratados de diagnósticos existentes, el DSM- 5 i CIE-10, a pesar de los reiterados intentos que los profesionales que lo propugnan han hecho cada vez que se ha reformado alguno de estos tratados. El último en aparecer el año pasado fue el DSM-5 americano que tampoco lo recogió, no pudiendo hablarse del SAP como síndrome ya que solo existe en la intención de quienes lo propugnan.

Las Organizaciones firmantes solicitan de ambos organismos que tomen medidas para comprobar si este tipo de resoluciones pudiera estar provocando un daño sobre el interés y seguridad de los menores, tanto por parte de la titular del Juzgado como por parte de los y las profesionales del Instituto de Medicina Legal de Toledo, a través de la elaboración de resoluciones judiciales e informes que  abiertamente desatienden las recomendaciones de los organismos responsables y especializados en materia de violencia de género. Igualmente se ha informado de la presentación de estas quejas a la Delegación del Gobierno para la violencia de género del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y a la Fiscalía especialista en violencia sobre la Mujer de la Fiscalía General del Estado.

Aunque inicialmente han sido 13 las organizaciones que se han firmado esta queja, durante los próximos días se va a proceder a recoger adhesiones de organizaciones feministas y especializadas en la prevención y erradicación de la violencia de género de todo el Estado, para que la apoyen.

Las que han firmado hasta ahora son Fundación Mujeres, Federación de Asociaciones de mujeres Separadas y Divorciadas, Asociación de Mujeres Juristas Themis, Federación de Mujeres Progresistas, Comisión para la investigación de Malos tratos a Mujeres, Vicesecretaria General de UGT, Secretaria confederal de Mujer e Igualdad CCOO, FAMS (Federación de Asociaciones de Madres Solteras), FADEMUR, Asociación de Mujeres por un envejecimiento Saludable, AUVIM (Asociación universitaria contra la violencia machista), Stop Violencia Sexual (Federación de Asoc. de Asistencia a Víctimas de Violencia Sexual y de Género) y Federación Mujeres Jóvenes.

 

Para ello ponen el texto de las cartas a disposición de todas las organizaciones que deseen remitir quejas similares, así como la posibilidad de adherirse al escrito presentado enviando una correo electrónico a comunicacion@fundacionmujeres.es, con los datos de la organización que se adhiere y los datos de la persona representante, haciendo constar en el texto del Asunto: ADHESION QUEJA SAP.

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Comentarios

  1. NIÑOS QUE MAMAN EL ODIO AL PADRE, ¿ DEFIENDEN ESTO ASOCIACIONES DE MUJERES SUBVENCIONADAS ?
    Fue un presidente del PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL el que firmó la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio. En su explicación de motivos se indica:
    “En el antiguo modelo de la separación-sanción, la culpabilidad del cónyuge justificaba que éste quedase alejado de la prole. Al amparo de la Ley 30/1981, de 7 de julio, de modo objetivamente incomprensible, se ha desarrollado una práctica coherente con el modelo pretérito, que materialmente ha impedido en muchos casos que, tras la separación o el divorcio, los hijos continúen teniendo una relación fluida con ambos progenitores. La consecuencia de esta práctica ha sido que los hijos sufran innecesariamente un perjuicio que puede evitarse.”
    No hay que buscar teorías o realidades avaladas por la ciencia. El hecho está ahí: HIJOS DEJAN DE TENER CONTACTO CON EL PADRE CON EL QUE NO CONVIVEN HABITUALMENTE, EN CASO DE SEPARACIÓN/DIVORCIO DE SUS PADRES.
    Pero es que esto tiene trampa, en muchos casos. Porque los niños llevan una casa bajo el brazo. Lo del pan bajo el brazo era del tiempo de nuestras abuelitas.
    En demasiados casos, la separación/divorcio, y sus pleitos en los tribunales, no es una pelea entre buenos y malos, sino pleitos económicos, en que a nadie le interesa un pepino si a un padre, normalmente, se le expulsa de la vivienda familiar, y nadie tiene el más mínimo interés en saber dónde va a dormir y dónde va a tener a los hijos comunes en los periodos de visita con los mismos. Aunque, bien pensado, ése es problema de Su Señoría, el Juez, y no lo digo yo, lo dice el Código Civil:
    “El Juez determinará el tiempo, modo y lugar del ejercicio de este derecho…”
    “…el Juez, a falta de acuerdo de ambos cónyuges aprobado judicialmente, adoptará, con audiencia de éstos, las medidas siguientes:
    Determinar, en interés de los hijos, ………la forma en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos podrá cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, modo y lugar en que podrá comunicar con ellos y tenerlos en su compañía.”
    Estas obligaciones, de Su Señoría, se las pueden consultar a su abogado, y que él les explique las razones por las que no se “respeta” el ordenamiento jurídico vigente. Y si alguno no está de acuerdo con esta ley, pues que pida que la cambien.
    Bien, vayamos a la noticia del día: ¿ EXISTE EL SAP ?, ¿EXISTE PERO NO LO LLAMAMOS ASÍ ?. Ya saben, el SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL.
    Seguramente, todas las asociaciones que se quejan de que aparezca ese nombre maldito en alguna sentencia, maman de la teta pública, en esta guerra de guerrillas, porque una estado con millones de funcionarios, no sabe defender a las mamás, según ellas, y ésta enemiga del bien superior de las mamás es el objeto de su tiro al blanco: MAGISTRADA-JUEZA Dª ANA BELÉN GÓMEZ DORADO, que ejerce en Talavera de la Reina (Toledo). También disparan contra los profesionales del Instituto de Medicina Forense.
    Tomen nota, otro nombre de otra mamá heroína/víctima, maltratada en los juzgados: SUSANA GUERRERO. Pues su nombre va a salir mucho en los medios de comunicación. Puedo equivocarme, pero……veremos.
    Organizaciones feministas se dirigen al Ministerio de Justicia y al CGPJ para alertar de una sentencia que alude al Síndrome de Alienación Parental, según el cual un progenitor aliena a su hijo en contra del otro
    http://www.separadasydivorciadas.org/wordpress/wp-content/uploads/2014/11/Cartas-quejas-SAP.pdf
    http://www.eldiario.es/sociedad/Justicia-CGPJ-aplicacion-anticientifico-custodia_0_507450394.html
    Se me olvidada, las asociaciones de mujeres que estén en contra de la CUSTODIA COMPARTIDA que pidan que deroguen, que echen a la papelera todas las normas, leyes, etc. donde se habla de la IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES.
    Por cierto, las bases legales de la CUSTODIA COMPARTIDA están “IMPUESTAS”, tanto en la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, como en el Código Civil:
    “El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.”
    “Los cónyuges son iguales en derechos y deberes.”
    Quedan avisados todos, hay una nueva mujer víctima, y del SAP, ni hablar, y de la CUSTODIA COMPARTIDA, bruuuuuuuuuu
    Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
    P. D.- Hoy he visto a un padre “acojonado”. Su obligación: pagar. Sus derechos: CALLARSE. Ya ha sido detenido, porque con una sola firma, se detiene a un padre….Viva este estado de derechos……de la mujer, derechos que no son de los niños.

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