En una nota remitida a los medios, Eduardo Ranz, letrado que representa a los familiares de los hermanos Lapeña, hace pública la demanda contencioso-administrativa contra Patrimonio Nacional ante el Tribunal Supremo por dificultar la exhumación de los restos mortales de los hermanos, argumentando requisitos técnicos innecesarios.
Era el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de El Escorial el que comunicaba a Patrimonio Nacional este martes el auto que autoriza la exhumación de los cuerpos del Valle de los Caídos.
Ranz denuncia, en nombre de los familiares, que Patrimonio Nacional confunde y retrasa la aplicación del auto en base a dos informes que dice necesitar, y que «Patrimonio Nacional ha tenido casi diez años para solicitar dichos informes».
Aquí la nota:
Con fecha 28 de julio de 2016 se ha formalizado demanda Contencioso-Administrativa ante el Tribunal Supremo contra la respuesta de Patrimonio Nacional, en la que indican que solicitarán un informe técnico al Instituto Torroja del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, y tras ello, otro al Consejo Médico Forense, tras lo cual valorarán o no realizar la exhumación. Adjunto la respuesta de Patrimonio Nacional, rubricada por su presidente del consejo de administración, Alfredo Pérez de Armiñán y de la Serna.
El Auto de 30 de marzo de 2016, dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Lorenzo de El Escorial, en procedimiento de Informaciones para Perpetua Memoria 851/2014, Auto nº 112/16, reconoció el derecho a la digna sepultura y autorizó llevar a cabo la entrega de los restos cadavéricos de don Antonio-Ramiro y de don Manuel Lapeña Altabás, cuyos restos reposan en el Valle de los Caídos, la mayor fosa de Españay es lo que Patrimonio Nacional debe hacer, autorizando para ellola entrada de equipo del especialista forense don Francisco Etxeberría Gabilondo y de la Asociación por la Recuperación e Investigación Contra el Olvido (ARICO).
Patrimonio hace lo que ve en casa, y lo que observa es un ministro poniendo medallas a unas vírgenes, en vez de cumplir con la Constitución Española, las leyes y las sentencias firmes. Pasamos de Patrimonio Nacional, a escopeta nacional.
No puede considerarse razonable que en un procedimiento de esta naturaleza se haya obviado que el padre de la demandante, e hijo de uno de los dos hermanos sobre los cuales se ha autorizado su exhumación, procesa la edad de 92 años, lo que puede suponer que el proceso legal o administrativo de Patrimonio Nacional, sea superior al resto de vida, con evidente perjuicio para la parte demandante, sin que su conducta merezca reproche alguno.
Recordemos la ley de Memoria Histórica entró en vigor en diciembre de 2007, y por tanto entendemos que, aplicando esa fecha como punto de referencia, Patrimonio Nacional ha tenido casi diez años para solicitar dichos informes. Igualmente, han sido infructuosos los requerimientos de las familias, directamente a Patrimonio Nacional, para obtener los restos de cadavéricos de sus familiares.
Patrimonio Nacional, como su propio nombre indica, debe estar al servicio de todos los ciudadanos, y no de una parte o de un partido. No se trata de un favor que ellos pueden hacer a las víctimas del franquismo, sino del deber constitucional de cumplimiento de las resoluciones firmes, así como del derecho a digna sepultura.
Patrimonio hace lo que ve en casa, y lo que observa es un ministro poniendo medallas a unas vírgenes, en vez de cumplir con la Constitución Española, las leyes y las sentencias firmes. Pasamos de Patrimonio Nacional, a escopeta nacional.