- El SERGAS se negó a aplicar lo que dicta la ley en materia de derecho a decidir.
La sentencia del juzgado contencioso-administrativo número 2 de Lugo, emitida el 5 de octubre y comunicada a la defensa de la denunciante el jueves 13 de octubre, condena al Servicio Gallego de Salud (SERGAS) y le declara responsable por negligencia médica.
El Juez Marcos Amboage en su sentencia, ratifica que el embarazo de la denunciante “se alargó innecesariamente, llegando a poner en peligro la vida de la recurrente y ha perdido definitivamente la oportunidad de ser madre».
Califica la actuación de los profesionales del servicio de ginecología del Hospital de Burela de “lenta, falta de reflejos, ignorancia, inoperancia, ineficacia temeraria y falta de sensibilidad».
La denunciante, dadas las complejidades a las que tuvo que llegar después del periplo al que fue sometida desde el SERGAS, fue atendida finalmente en el Hospital de La Paz de Madrid, donde se le tuvo que someter a una intervención y extirpar el útero, perdiendo la posibilidad de una maternidad biológica.
El Sergas no ha querido pronunciarse sobre esta decisión ni confirmar si van a recurrirla.
Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, además de garantizar los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, en sus artículo 15 (por causas médicas) regula las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y se establecen las correspondientes obligaciones de los poderes públicos.
La sentencia afirma que el SERGAS “se desentiende de la situación de la recurrente y la deriva a Madrid, para que resuelvan allí la embarazosa situación, para que se zafen allí del problema. Y a todo esto sin proporcionar a la recurrente ningún tipo de medio para el arriesgado traslado.
La abogada de la pareja, Francisca Fernández, según ha declarado a diferentes medios, incide en la «importancia de que se aplique la legislación de protección de derechos humanos vigente en nuestro país». Es muy novedoso que un juez de primera instancia de plena protección a los derechos fundamentales que estaban en juego. Es estupendo, es una pequeña joya y va a ser muy importante por la calidad técnico-jurídica de la sentencia”.