Tal vez uno de los puntos más curiosos, y a la vez importantes, de la Declaración Universal de Derechos Humanos la encontremos en su primer artículo, “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Pero ese “todos los seres humanos”, fue una aportación, casi al final de Eleanor Roosevelt y su amiga Hansa Mehta, que rechazaron (especialmente la segunda) el redactado inicial de “todos los hombres nacen iguales”, que incluía a las mujeres sin citarlas. Ese detalle, ese momento, en el que ellas destacan y remarcan la importancia de no masculinizar el plural, será uno de los puntos más innovadores de esta declaración. Su objetivo: evitar que el masculino universal volviera, de nuevo, invisibles a las mujeres.


La necesidad de tener un texto de esta índole era evidente, ya había habido intentos anteriormente, pero al acabar la Segunda Guerra Mundial, y descubrir la realidad de todo aquello que había pasado en la Alemania nazi, y que se habían negado los gobiernos a aceptar, supuso un revulsivo que precipitó, en cierto modo la redacción del documento.
A lo largo de la historia habían existido ya diversos intentos de oponerse a las desigualdades, tal vez no se hablaba tanto de derechos como de evitar abusos.
Deberíamos remontarnos a Ciro el Grande (539 a.C.), para encontrar un primer reconocimiento de derechos del hombre. Ciro liberó a los esclavos, llegó a declarar que todas las personas tenían derecho a escoger su propia religión. Y estas primeras normas las encontramos en el llamado Cilindro de Ciro, hecho de barro cocido y en lengua acadia con escritura cuneiforme.
De esta manera la idea de derechos individuales fue formándose poco a poco, pero sin quedar reflejados como tales en textos completos.
Los primeros documentos que afirman los derechos individuales, son: la Carta Magna (1215), la Petición del Derecho (1628), la Constitución de Estados Unidos (1787), la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), y la Carta de Derechos de Estados Unidos (1791). Y se los puede considerar como precursores de los derechos actuales. Pero estos textos hacían énfasis en los derechos masculinos. Las mujeres, como tales, ocupaban un segundo (o tercero o cuarto) puesto en la sociedad.
Por ejemplo, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, que surgió en la Francia revolucionaria, afectaba solamente al género masculino, olvidando y relegando a las mujeres, como era costumbre, a un plano inferior. Es por esto, y como reacción a dicho texto, Olympe de Gouges redactará las “Declaración de Derechos de la Mujer y la Ciudadana” (1791), y textos y autoras posteriores, continuarán con esta reivindicación igualitaria. Así Mary Wollstonecraft con su “Vindicación de los Derechos de la Mujer” (1792); o la “Declaración de Séneca Falls”, documento fundacional del sufragismo, y que supone un inicio en la lucha directa de reivindicación del voto femenino.
Nos cabe preguntarnos cómo se inició todo. Al final de la Segunda Guerra Mundial, y como la Sociedad de Naciones había demostrado su inoperancia, fueron convocados delegados de más de cincuenta países en la ciudad de San Francisco. Objetivo: crear un organismo internacional para promover la paz y evitar futuras guerras.
El 26 de junio de 1945 se firma la Carta de las Naciones Unidas, documento fundacional de la ONU. Era evidente que las actuaciones del nuevo organismo tenían que hacer hincapié no sólo en los objetivos fundacionales, sino en remarcar cuáles eran los derechos de las personas, para evitar sucesos similares, y por ello se crea una Comisión de los Derechos Humanos. El año 1948 dicha comisión se ha convertido ya en un eje fundamental de la organización de la ONU, y múltiples ojos en todo el mundo esperan los resultados de su trabajo. Finalmente, un 10 de diciembre del año 1948 es aprobada por la ONU la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
La Comisión estaba formada por intelectuales de diferente formación tanto política, como cultural y religiosa. Para facilitar el trabajo dentro de la Comisión se creó un Comité formado por ocho miembros: Eleanor Roosevelt, René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile), Alexandre Bogomolov (Unión Soviética), Lord Dukeston (Reino Unido) y William Hodgson (Australia). También participó en la misma John Peters Humphrey, de Canadá, director de la División de Derechos Humanos de la ONU.
¿Pero quiénes eran estas ocho personas encargadas de la redacción del texto?.
René Samuel Cassin (1887 –1976), era licenciado en Derecho, jurista, a la vez que juez y diplomático. Se le considera el principal autor del texto, y de hecho fue reconocido con el premio Nobel de la Paz el año 1968.
Charles Habib Malik (1906 – 1987). Diplomático y filósofo, fue delegado representando a su país en la Comisión de Derechos Humanos.
Peng Chun Chang (1892 – 1957). O Zhang Pengjun. Había estudiado en los Estados Unidos, fue colaborador del pedagogo John Dewey.
Hernán Santa Cruz (1906 – 1999). De formación jurídica, su gran aportación fue en tratar de equipara los derechos económicos y sociales a los políticos.




La labor de la Comisión era elabora un documento claro que remarcara los derechos inalienables de las personas, pero el objetivo de la presidenta no sólo era redactar la declaración sino que, haciendo suyas muchas tesis feministas, reivindicar el papel de la mujer, y reafirmar su posición a través de la igualdad y el reconocimiento. Así, al lado de Roosevelt y Mehta, hubo otras que con anterioridad a ellas trataron los temas que afectaban al género femenino. En La Carta de las Naciones Unidas, el documento fundacional, participaron una serie de mujeres, que dieron al mismo un matiz social, de lucha por la igualdad de género, reivindicando la presencia femenina y su papel en la sociedad. Ellas fueron: Minerva Bernardino (República Dominicana), Bertha Lutz (Brasil), Amalia González Caballero (México) y Bodil Begtrup (Dinamarca). Fueron las cuatro únicas mujeres firmantes de dicho documento y son mujeres que no debemos olvidar por su transcendencia, aunque cuando hablamos de este organismo no sean citadas con todo el peso e importancia que deberían tener.




El primer proyecto de la Declaración de los DDHH se propuso en septiembre de 1948 y más de 50 Estados Miembros participaron en la redacción final. En su resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General, reunida en París, aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos. Ocho países se abstuvieron de votar (seis países del bloque soviético, junto con Sudáfrica y Arabia Saudita), pero no hubo ningún voto en contra.
El texto de la Declaración no solamente es un reconocimiento escrito de derechos, es, a la vez, un gran avance en los de la mujer, ya que en él, por primera vez y de manera clara y contundente queda reconocida en igualdad de derechos y de posición al género masculino. A partir de aquí la historia debería de cambiar, o debería haber cambiado.
Pero todavía hoy cuando leemos el artículo primero “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”, podemos darnos cuenta que en muchas ocasiones solamente es una frase escrita, la realidad, su aplicación, su total significado y valor, queda en meras palabras.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales. Eso nos dice el texto. Pero queda mucho camino todavía.
Marisa Escuer
Docente Secundaria
Àngels Guix
Docente Secundaria