La Cámara de Diputados del gobierno mexicano aprobó reformas a los artículos 6, 10, 11 y 14 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que busca establecer como tipo de violencia económica la discriminación salarial y terminar con la desigualdad entre mujeres y hombres en este aspecto.
El Pleno avaló el dictamen con 423 votos a favor y una abstención en lo general, y en lo particular con 376 votos a favor y 34 en contra, y se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, hizo una agregado a la fracción IV del artículo sexto de esa Ley, el cual se aprobó en el Pleno, para configurar como tipo de violencia toda acción y omisión que afecta el desarrollo económico de las mujeres y que se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso económico, así como la percepción de un salario menor por trabajo igual, en el mismo centro laboral.
El dictamen, indicó la legisladora priista, también plantea diseñar programas que promuevan la paridad salarial, para fortalecer el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo en relación a la igualdad salarial y el Artículo 123 constitucional; con lo cual se prevé dejar de manifiesto que para el desempeño de un trabajo, las mujeres tendrán las mismas condiciones respecto de los hombres, tanto en el ámbito público como el privado.
“Lo sustantivo de este decreto es configurar como una violencia económica cuando los patrones, por el mismo trabajo y el mismo desempeño, paguen menor cantidad el trabajo de las mujeres respecto de los varones”, sostuvo.
Afirmó que con esta medida se contribuye a dar cumplimiento a observaciones y compromisos que tiene el Estado mexicano, en específico de la Convención para la Eliminación de todas Formas de Discriminación en contra de las Mujeres.
El antecedente del dictamen es la iniciativa con proyecto de decreto que fue presentada el13 de marzo de 2016, por la diputa panista Arlette Ivette Muñoz Cervantes, quien la expuso ante la Cámara de Diputados, con el objetivo de tipificar la discriminación laboral como un tipo de violencia económica y laboral.
El texto del dictamen aprobado señala que en los últimos 30 años se ha triplicado en México la participación de las mujeres en el mundo laboral formal, pero los sueldos de ellas se mantienen inferiores respecto de los hombres.
Al citar datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el dictamen resalta que hasta el 2015, para un mismo puesto el salario de las mujeres era más bajo en un 15 por ciento respecto de los hombres; y que las mujeres ocupan en México sólo 20 por ciento de puestos de alta gerencia, 5 por ciento de las direcciones generales y menos de 1 por ciento de los consejos de administración.
Durante la discusión del dictamen, la diputada Cynthia Gissel García Soberanes, del Partido Encuentro Social (PES), indicó que según la Comisión Económica para América Latina, durante la década de los ochentas las mujeres aportaban el 20 por ciento de los ingresos totales de sus hogares y para el 2014 su participación se incrementó hasta llegar al 28.3 por ciento.
La diputada Angélica Reyes Ávila, de Nueva Alianza, dijo que en México “77 por ciento de las mujeres que trabajan son subordinadas y remuneradas, de ellas el 38 por ciento no cuenta con acceso a servicios de salud como prestación laboral. Un 42 por ciento trabaja sin tener un contrato escrito, 34 por ciento no cuenta con prestaciones laborales. Y sólo 1 de cada 2 trabajadoras subordinadas goza de vacaciones pagadas; 6 de cada 10 recibe aguinaldo y apenas 17 de cada 100 cuentan con reparto de utilidades”.
La diputada Verónica Delgadillo García, del Movimiento Ciudadano, advirtió que “hoy sólo cuatro de cada 10 empleos formales son ocupados por una mujer, mientras que siete de cada 10 hombres pueden accederlo. Es decir, la fuerza laboral activa excluye al género femenino y a este paso el país necesitará de 110 años para alcanzar la igualdad salarial”.
La diputada perredista, Karen Orney Ramírez Peralta, afirmó que la autonomía de las mujeres “no se entendería sin la capacidad de generar ingresos y recursos propios, el control sobre nuestro cuerpo y la plena participación en la toma de decisiones que afecten su vida y su colectividad”.
A su vez, la panista Muñoz Cervantes destacó que el Artículo 4 constitucional declara la igualdad del varón y la mujer ante la ley, que el Artículo 123 constitución prevé que para trabajo igual debe corresponder salario igual, y que el derecho a la no discriminación y la igualdad laboral entre mujeres y hombres se establecen en la Ley Federal del Trabajo, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
En lo particular, se aprobó la modificación al artículo 10, propuesta por el diputado José Refugio Sandoval Rodríguez, del PVEM, para agregar la palabra salario en este precepto.
Finalmente, también se aceptó la reserva de la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz, de Nueva Alianza, para modificar la redacción de artículo 11, el cual señala que “constituye violencia laboral la negativa ilegal a contratar a la víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo, la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación, la percepción de un salario menor por trabajo igual dentro de un mismo centro laboral”.
México establece la discriminación salarial como violencia económica contra las mujeres
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