En 2015 AGAMME (Asociación Gallega contra el abuso infantil), la Rede Veciñal de Mulleres contra os Malos Tratos de Vigo y el Grupo de Investigación Antígona de la Universidad Autónoma de Barcelona presentaron una demanda ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo en la que denunciaban la falta de adaptación de la justicia española a las necesidades de las víctimas menores de edad y la violencia de género, así como la existencia de un patrón de discriminación por motivos de edad y sexo que dificulta el procedimiento de este tipo de delitos y viola los derechos de las víctimas.
Las entidades demandantes, junto con otras personas de todo el estado, han ofrecido su colaboración e incluían, junto a la demanda, documentación justificativa. Además, un representante participaba ayer en la sesión de debate de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo y abordaba el incumplimiento de directivas europeas (abuso sexual y víctimas del delito).
La Comisión comprobó efectivamente la existencia de una posible falta de conformidad entre las directivas europeas y la legislación española, además de posibles prácticas inadecuadas.
Uno de los aspectos que van a ser analizados es la manera en la que llegan las víctimas y testigos menores de edad en el sistema judicial español: la adaptación de los espacios donde se realizan las entrevistas, las medidas para evitar el contacto visual con el presunto agresor en las dependencias judiciales, la formación de profesionales especializados en la tarea de recoger y analizar información del niño o niña, retrasos injustificados desde la denuncia hasta el momento de la declaración de los menores, la repetición de interrogatorios por varios profesionales, etc.
Falso SAP y «terapia de la amenaza»
Asimismo, se estudia el posible uso de síndrome de alienación parental y la terapia de la amenaza, una construcción ideológica que la comunidad científica internacional no reconoce como una ciencia sino como una forma de discriminación que impide el acceso a la tutela judicial efectiva de las mujeres y los niños/as. Otro aspecto de análisis serán las trabas que encuentran las víctimas menores de edad para recibir atención psicológica, ya que según la normativa vigente en la mayoría de las regiones españolas hoy es necesario no sólo que los dos progenitores sean informados, sino también para dar su consentimiento, independientemente de o no hay acusaciones de abuso contra cualquiera de ellos.
Con respecto a la transposición y aplicación de la Directiva europea relativa a la protección de la víctima del delito, la Comisión indica que el contenido de la demanda tendrá en cuenta en el proceso de evaluación que se está llevando a cabo en la actualidad en el correcto cumplimiento de la norma por los estados miembros europeos, advirtiendo de la posibilidad de imponer sanciones a los que no lo hayan hecho.