El Supremo anula el requisito de no superar la edad de 61 años para las candidaturas al Tribunal Europeo de DDHH

Redacción Tribuna
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  • La Sala Tercera estima el recurso de Jueces para la Democracia contra el acuerdo del Consejo de Ministros que establece las pautas para elaborar la terna de candidatos

La Sala III del Tribunal Supremo ha estimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación Jueces para la Democracia contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de enero de 2017 por el que se establecen pautas para la elaboración de una terna de candidatos para la elección de Juez titular del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y se declara nulo en el requisito referido a no superar la edad de 61 años como fecha límite para la presentación de las candidaturas.

La sentencia se envía con sus dos votos particulares: un voto discrepante del magistrado Jorge Rodríguez Zapata y otro concurrente del presidente de la Sala, Luis Díez-Picazo.

 

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