La custodia compartida impuesta no atiende al interés de los y las menores

Redacción Tribuna
Redacción Tribuna
La revista de información que te cuenta lo que otros no creen importante
- Advertisement -

 

  • La Comisión de malos tratos a Mujeres, considera un obstáculo la custodia compartida PREFERENTE para el interés superior de los y las menores.

«Nuestra experiencia nos dice que la custodia compartida de imponerse como preferente no va a tener en cuenta el interés superior de los y las menores en los procedimientos de ruptura de la convivencia», señalan desde la Comisión de malos tratos a Mujeres en un comunicado.

Asimismo, afirman que en la actualidad no existen datos estadísticos ni estudios que corroboren que la custodia compartida impuesta esté dando buenos resultados, ni que su consideración como sistema preferente sea lo más beneficioso para evitar conflictos y procesos judiciales entre los progenitores.

«Por el contrario, cualquier medida impuesta tendrá muchas más posibilidades de fracaso que de éxito».

La Comisión apunta a que en las relaciones familiares no existe un sistema de custodia preferente “per se”, porque cada familia es única y es la dinámica familiar mantenida durante la convivencia la que debe marcar las relaciones familiares después de la separación. «Como ha dicho en numerosas ocasiones el Tribunal Supremo, se trata de aproximar el régimen de custodia después de la ruptura, al modelo de convivencia existente con anterioridad, para que esta afecte lo menos posible a los/as hijos/as».

Por tanto, en cada supuesto habrá que valorar cual es la mejor opción para esa relación y las medidas más adecuadas para garantizar el interés superior de los/as menores, estando contraindicado que de antemano se considere un sistema mejor sobre otros cuando cada realidad es distinta.

En este sentido, habrá que valorar la dedicación pasada y presente a la familia por parte de ambos progenitores, la existencia de violencia machista, la conflictividad existente entre los progenitores y cómo está afectando esto a sus hijos/as, el plan de parentalidad ofrecido por ambos progenitores y el plan de ejecutabilidad del mismo de modo personal por parte de cada uno de los progenitores y no por parte de terceras personas (abuelos/as, tíos/as, otros/as familiares, nuevas parejas…).

La Comisión considera que «no tiene ningún sentido repartir lo que nunca se ha compartido», y que en muchas ocasiones, lo que subyace debajo de estas peticiones son motivos meramente económicos, como evitar el establecimiento de una pensión alimenticia o propiciar la liquidación del domicilio familiar, cuestiones todas ellas que nada tienen que ver con el interés superior de los/las menores.

«Debemos tener en cuenta que existen supuestos en los que está contraindicada la guarda y custodia compartida, por lo que no es apropiado, ni adecuado que se establezca como preferente otorgándole un carácter más adecuado que no debería tener».

Por ello desde la Comisión rechazan cualquier iniciativa, como la que recientemente se ha presentado en el Congreso por parte de algunos grupos parlamentarios, que pretenda imponer a una familia “a priori”, cómo debe regular sus relaciones familiares en el caso de ruptura de la convivencia.

«La igualdad no se consigue a base de experimentar con los hijos, sino cambiando primero el modelo ideológico, social y cultural patriarcal que hace de la realidad social un ejemplo de la discriminación que todavía hoy en día sufren las mujeres por el hecho de serlo», finalizan.

 

- Publicidad -

Comentarios

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Síguenos en redes

Últimos artículos

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Configurar y más información
Privacidad