166 Organizaciones firman el Informe Sombra de Seguimiento enviado al Comité CEDAW

Redacción Tribuna
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El pasado 1 de agosto, la Plataforma CEDAW Sombra España así como las Plataformas CEDAW Sombra creadas en distintas CC.AA. enviaron al Comité CEDAW el Informe Sombra de Seguimiento al que se han adherido un total de 166 organizaciones. El informe es un trabajo de seguimiento de la evolución de las cuestiones sobre violencia de género y mujeres y niñas refugiadas, las cuales son objeto de seguimiento parcial, tal y como fueron señaladas por el Comité CEDAW al Estado Español en su examen de julio de 2015 (61ª sesión).

En este sentido, representa una síntesis de los elementos más relevantes que, a modo de balance, puede decirse que arrojan con carácter general un deficiente cumplimiento de las recomendaciones señaladas al Estado por parte del Comité CEDAW, por lo que la Plataforma da un suspenso al Gobierno.

Las cuestiones referidas, corresponden a una selección realizada por el Comité CEDAW (artículos 21.a, 21.b, 21.f y 37.c) del Informe de Observaciones Finales del Comité CEDAW, en las que se solicita al Estado Español que dé cuenta de cómo ha avanzado para aplicar sus recomendaciones en este período intermedio entre informes. Las recomendaciones cuya aplicación se analiza son las siguientes:

  • 21.a) Revisar su legislación sobre la violencia contra la mujer en vigor a fin de que incluya otras formas de VG, por ejemplo, la violencia ejercida por cuidadores, la violencia policial y la violencia en espacios públicos, lugares de trabajo y escuelas.
  • 21.b) Disponer cursos obligatorios para los jueces, los fiscales, los agentes de policía y otros agentes del orden sobre la Convención y su Protocolo Facultativo y sobre la estricta aplicación de las disposiciones penales relativas a la violencia contra la mujer, y sobre procedimientos que tengan en cuenta el género para entrevistar y tratar a las mujeres que son víctimas de violencia.
  • 21.f) Recopilar datos estadísticos sobre la violencia doméstica y sexual desglosados por sexo, edad, nacionalidad y relación entre la víctima y el autor.
  • 37.c) Proporcionar tratamiento adecuado a las mujeres y niñas solicitantes de asilo con necesidades específicas y adoptar una perspectiva de género a la hora de elaborar programas de asistencia.

 

 

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