El pasado 24 de junio, Albert Rivera, anunciaba a bombo y platillo, que Ciudadanos iba a registrar en el Congreso de los Diputados una ley para regular los vientres de alquiler.
Días más tarde recibí una copia de esta propuesta y encontré 24 páginas que dejan a la mujer en una indefensión total.
Su objeto es regular el derecho a los vientres de alquiler, entendiendo por tal, textualmente, “el que les asiste a los progenitores subrogantes a gestar, por la intermediación de otra”. Así que la gestante ya no gesta. El hecho del embarazo mismo se le arrebata, en favor de los que alquilan. Esto conlleva que la mujer ya no tendrá el control sobre las decisiones y el fruto del embarazo, como si este fuera algo ajeno a su cuerpo y a su salud.
Dice el texto que en ningún momento se podrá establecer vínculo de filiación entre la gestante y el niño/s que pudieran nacer. Es decir, que nunca podrá arrepentirse y reclamar al niño/a que lleva en su seno.
Hay que señalar que la mujer antes del embarazo, no es la misma que durante y después del mismo. Cuando una mujer está embarazada hasta su estructura cerebral y hormonal cambian para querer a ese bebé. Por lo que podría cambiar su decisión inicial. Sin embargo, esta normativa le impide quedarse con el menor.
Y va un paso más allá, como la mujer no gesta, sino que es una mera intermediaria, parece que ni siquiera podrá abortar, porque ese embarazo no le pertenece. Así que deberá pasar nueve meses terribles pensando que al término deberá entregar al niño/a. Y lo hará bajo las condiciones que se recogen en la propuesta de ley y en el contrato que haya firmado con los que alquilan, ya que su incumplimiento puede suponerle sanciones de hasta 1 millón de euros.
Resulta llamativo que el único caso en el que el vientre de alquiler podría ser altruista, entre familiares, quede prohibido expresamente en la ley.
Sin embargo, sí se permite que los que alquilan le paguen a la gestante no sólo los gastos derivados del embarazo. También pueden abonarle el lucro cesante (las ganancias que se estimen perdidas por encontrarse la mujer en estado) y que le proporcionen las condiciones idóneas durante todo el proceso. Estos conceptos de pagos tan vagos y sin un límite económico pueden permitir una compensación lucrativa, que termine con el altruismo que pretenden vendernos.
Las condiciones a cumplir por la gestante son esclavistas. Y está obligada a mantenerlas durante todo el proceso. Entre ellas está disponer de una situación socio-económica, así como familiar, adecuadas para afrontar la gestación en condiciones óptimas de salud, bienestar y seguridad. Y si esto cambia, aunque sea de manera involuntaria, podría llegar a considerarse una infracción de sus deberes, que conllevaría una sanción monetaria.
Las gestantes deben ser nacionales o residentes de manera legal en España, pero no se exigen años de antigüedad en nuestro país. Por lo que podemos repetir la situación de Grecia, donde el límite legal que se puede abonar a la gestante no motiva a las mujeres griegas a ofrecerse a gestar para otros. Y los intermediarios lo solucionan trasladando a mujeres de países pobres a residir en Grecia para que sean vientres de alquiler, abusando de su situación de necesidad.
No hay ni una palabra en la ley dedicada a explicar qué ocurre si prosperan más fetos de los deseados por los que alquilan, si padece/n alguna dolencia o si son del sexo no preferido.
La mujer no gesta, y según el art. 7.3 de la propuesta de ley “está obligada a someterse en todo momento a las evaluaciones psicólogicas y médicas que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de los requisitos exigidos”. Así que se deduce que serán los que alquilan quienes decidirán si se le practica un aborto, aunque esas intervenciones las sufra la gestante. Y si ese embarazo pone en riesgo la salud de la mujer, ¿verá la gestante como su integridad física depende del criterio de unas personas ajenas, que podrían anteponer su deseo de ser padres biológicos?
Las sanciones, que van desde los 1.000 hasta el 1 millón de euros, no serán impuestas por la Justicia, sino por la Administración directamente, lo que puede dejar a la gestante desprotegida.
Y no sólo se trata de los derechos de las mujeres, la propuesta de Ciudadanos dice velar por el interés superior del menor. Pero establece que la inscripción del Registro Civil no podrá reflejar ningún dato que permita concluir que el nacimiento se ha producido usando un vientre de alquiler. Esto vulnera uno de los derechos de los menores, que es el de conocer sus orígenes. Y que, además, perjudicará la construcción de su propia identidad como persona adulta.
Y si ese embarazo pone en riesgo la salud de la mujer, ¿verá la gestante como su integridad física depende del criterio de unas personas ajenas, que podrían anteponer su deseo de ser padres biológicos?
Uno de los argumentos en los que se fundamenta la norma es que hace ya tiempo que la sociedad demanda esta ley. Pero los colectivos que se manifiestan en nuestro país a favor de esta práctica siempre están formados por aquellos que quieren ser padres. No hay ninguna entidad o movimiento impulsado en España por esas altruistas mujeres deseosas de embarazarse para entregarles a sus bebes.
En definitiva, lo que nos pide Ciudadanos con esta propuesta es que legislemos la renuncia de la mujer a sus derechos fundamentales. Que la maternidad, lo que le ocurre a nuestro cuerpo y a nuestros/as hijo/as hijos sean determinados por contrato, anulando nuestra voluntad, para satisfacer un deseo, que no un derecho: el de tener el hijo/a biológico/a soñado/a.
Si se acepta la regulación de los vientres de alquiler habremos perdido la lucha por la dignidad de las mujeres. No sólo eso, habremos cambiado la consideración del ser humano que pasará a convertirse legalmente en un objeto con el que se pueda comercializar.