Riesgo de vida para la madre, inviabilidad del feto o violación, las 3 causales chilenas

Redacción Tribuna
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“Hoy día han ganado las mujeres”, dijo la presidenta, Michelle Bachelet, al conocer el fallo con que los miembros de la máxima corte chilena (seis votos contra cuatro) invalidaban los dos recursos de apelación presentados por los partidos conservadores para frenar su ley.

Riesgo de vida para la madre, inviabilidad del feto o violación son los tres tipos de embarazo en que a partir de ahora será legal abortar en Chile.

Tras más de dos años desde que comenzó la tramitación de la ley, Chile abandona la lista de 18 países que aún prohíben cualquier tipo de aborto, como El Salvador, Honduras, Nicaragua, Haití, Andorra, Malta y el Vaticano.

Histórico legislación aborto en Chile

142 años hasta

1875: primera legislación que castigaba el aborto en cualquier circunstancia

1931: El 31 de mayo se dictó el Código Sanitario que permitió a las mujeres chilenas interrumpir su embarazo con fines terapéuticos. El artículo 226 otorgaba a los profesionales de la salud la potestad para efectuar el procedimiento, con la opinión de tres facultativos.

1952: Con la creación del Servicio Nacional de Salud, se instaló la salud materno-infantil como prioridad de atención en el sistema sanitario.

1965-1967: El gobierno del Presidente Eduardo Frei Montalva modificó el Código Sanitario de 1930, declarando que se podía interrumpir el embarazo con fines terapéuticos, y con la opinión documentada de dos médicos cirujanos. Además, se implementó el primer Programa de Planificación Familiar que promovió el uso de anticonceptivos y una política de educación sexual para mujeres de escasos recursos.

1989: La dictadura de Augusto Pinochet derogó el artículo 119 del Código Sanitario, prohibiendo todo tipo de aborto.

1991: La diputada Adriana Muñoz junto con los diputados Armando Arancibia, Carlos Smok, Juan Pablo Letelier y Carlos Montes presentaron el primer proyecto de ley post-dictadura (Boletín N° 499-07) para subsanar lo sucedido en 1989.

1996: El ministerio de Educación implementó las “Jornadas de Conversación sobre Afectividad y Sexualidad” para educar sexualmente a la población adolescente de todo Chile.

1997: El ministerio de Salud modificó sus programas de salud materno-infantil, con un enfoque que apuntó al desarrollo integral de las mujeres con énfasis en la salud reproductiva.

2007: Durante el primer gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet se aprobaron las Normas Nacionales sobre Regulación de la Fertilidad, que incluyeron la anticoncepción de emergencia o “pastilla del día después”.

2010: Con Bachelet en la Presidencia, se aprobó la ley 20.418, que estableció el deber del Estado de garantizar el acceso a los mecanismos de regulación de la fertilidad que la persona decida para sí, incluida la “pastilla del día después”, y que las y los adolescentes reciban educación sexual.

2015: 

El 31 de enero de 2015, durante su segundo mandato, la Presidenta Michelle Bachelet envió al Congreso Nacional el proyecto de ley que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales: peligro de vida para la mujer, inviabilidad fetal de carácter letal y embarazo por violación (Boletín N° 9895-11).

El 4 de agosto de 2015, tras cinco meses de escuchar a diversas organizaciones y actores de la sociedad civil, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó la idea de legislar sobre la iniciativa, por ocho votos a favor y cinco en contra. El proyecto de ley que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales forma parte de una agenda de género transversal, que se impulsa desde el Programa de Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet.

2017: Tras dos años y medio de debate parlamentario, el proyecto de ley culminó su tramitación legislativa. El informe de la Comisión Mixta fue aprobado en el Senado por 22 votos a favor y 13 en contra. Luego de este resultado en el Congreso, un grupo de senadores de oposición pidió la revisión del proyecto al Tribunal Constitucional.

Según cifras oficiales, en los últimos diez años se registraron en Chile 322.814 interrupciones del embarazo, un argumento más del gobierno para rebatir los intentos de la oposición de frenar la iniciativa. En ese mismo período, las mujeres procesadas por abortar y abortar “sin consentimiento” fueron 378.

En las encuestas, el 70% de la población la apoya. Antes de emitir su fallo, el Tribunal Constitucional escuchó durante dos días los argumentos de 135 personas que quisieron exponer a favor y en contra de la medida.

La ley de aborto se enmarca en el paquete de reformas sociales del segundo mandato de Bachelet y será ella la que ha de promulgar la norma que legaliza el aborto en caso de riesgo de vida de la madre, inviabilidad fetal o violación que ya había sido aprobada por el Parlamento.

¿Quiénes son las mujeres clave en la despenalización del aborto en tres causales en Chile?

 

1. Michelle Bachelet

«Bachelet tuvo la valentía de llevar adelante su compromiso de gobierno en uno de los pocos países donde el aborto está penalizado y en una sociedad que desde la dictadura hasta ahora, ha tenido muchas dificultades para hablar de temas vinculados a los derechos sexuales», ha declarado Mané Salamanca, jefa de la oficina Chile de ONU Mujeres.

2. Claudia Pascual

Primera ministra de la Mujer y Equidad de Género en Chile, habló en la Cámara: «Son las niñas, las mujeres y las adolescentes de este país las que necesitan una respuesta del Estado… uno que las contenga y las respete en sus propias convicciones, en sus propios pensamientos… les agradecemos como Ejecutivo la posibilidad de seguir tramitando este proyecto».

3. Claudia Dides

«Estoy contenta de haber dedicado ocho años a esta causa, de ser parte de este proceso de libertad, de autonomía. Tengo la impresión de que sentimos lo mismo que sintieron las mujeres que consiguieron el derecho a voto», reafirma la directora ejecutiva de «Miles»

«Nuestra estrategia más importante ha sido trabajar con gremios, sindicatos, trabajadores de salud, unificando grupos con distintas posiciones, capacitando profesionales, dando argumentos sólidos para el debate«, agrega.

«Miles» es parte de una historia de activismo que nace en los grupos de mujeres formados en la dictadura, cuyas demandas fueron desplazadas durante la transición democrática. Organizaciones, abogadas, expertas, ginecólogas y matronas, igual que mujeres que quieren dar testimonio de su experiencia, han encontrado un espacio donde hacerse oír, ya sea ante las comisiones parlamentarias, en redes sociales o medios de comunicación, terminando con el tabú que rondó el tema por décadas.

4. Lily Pérez y Karla Rubilar


Dos votos de la oposición política a Bachelet fueron decisivos para tramitar la despenalización del aborto. Los dos vinieron de mujeres.

«No soy dueña de la verdad, no puedo decidir por otros», comenzó diciendo la doctora y diputada Karla Rubilar en el congreso en marzo del 2016.

En julio del 2017, la senadora Lily Pérez debía manifestar su voto y dijo: «¡Y no me callo! No me voy a callar porque soy mujer y quiero defender lo que las mujeres sentimos». En una álgida sesión parlamentaria, la senadora fue el voto que permitió aprobar todas las causales, incluyendo la de violación.
«Muchas mujeres violadas van a seguir adelante con su embarazo, y las admiro. Pero no tengo por qué exigirle lo mismo a todas las mujeres si algunas no quieren hacerlo y han sido violadas, y por eso razón voy a aprobar también esta causal.» 

El aborto en América

Uruguay, el caso más reciente en Latinoamérica se dio en 2012, cuando el Parlamento uruguayo aprobó la ley de interrupción voluntaria del embarazo, que despenalizó el aborto hasta la semana 12 de gestación por la sola decisión de la mujer, siempre y cuando el procedimiento se realice bajo la supervisión del Estado.

Argentina, el aborto es no punible en caso de violación, sin embargo, el código penal establece penas de prisión de 1 a 4 años e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena a médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusen de «su ciencia o arte» para causar la interrupción del embarazo con consentimiento de la mujer.

Brasil, el aborto es legal solo en caso de violación o de peligro de muerte para la madre.

Bolivia permite abortar solamente en casos de violación o riesgo para la vida o salud de la madre o el feto, si bien en el Parlamento está en debate un proyecto que amplía a nueve las causas para la interrupción del embarazo.

Perú, solo es legal el aborto terapéutico en el caso de que la vida de la madre esté en peligro, pero su reglamentación fue aprobada recientemente, razón por la cual tampoco se ha llevado a cabo en la práctica en forma autorizada.

Panamá tipifica como ilegal el aborto, pero con excepciones en los casos de que el embarazo sea producto de una violación y si hay riesgo para la salud de la madre.

Colombia no considera delito interrumpir voluntariamente un embarazo en caso de violación, malformación del feto y cuando la madre o el niño corran peligro, mientras que en Venezuela el aborto solo se permite si está en peligro la vida de la mujer.

En Paraguay, el aborto y su tentativa se encuentran penalizados, con una condena de hasta cinco años y solo está autorizado interrumpir un embarazo cuando hay riesgo de vida para la madre.

Estados Unidos ,el aborto es legal desde 1973. La ley establece que ningún estado puede regular la interrupción en el primer trimestre de embarazo, durante el segundo trimestre sí pueden regular el procedimiento con relación a la salud de la mujer, mientras que en el tercero se puede prohibir siempre que no esté en peligro la salud o la vida de la madre. Esa normativa aplica también a Puerto Rico como Estado Asociado de Estados Unidos, sin embargo, existe en la isla una ley que prohíbe el aborto si este no se realiza con el objetivo de la protección de la salud de la mujer.

La práctica del aborto en Cuba es un servicio institucionalizado de salud, legal y gratuito, que se realiza a nivel de hospitales.

El Código Penal de Costa Rica señala que no es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y este no ha podido ser evitado por otros medios.

El aborto está prohibido en Guatemala y en abril pasado se presentó una iniciativa para endurecer las sanciones penales, que actualmente van desde un año hasta los 12 de prisión. En Honduras no está permitido el aborto y hace poco una iniciativa para la despenalización no tuvo los votos suficiamtes para salir adelante.

El aborto en El Salvador está penalizado en todos los supuestos, la ley establece penas de entre 2 y 8 años de cárcel a quien provoque, consienta o practique una interrupción del embarazo, aunque se han dado casos en los que la condena fue de 40 años, al ser considerado un homicidio.

El aborto es penalizado en Nicaragua desde 2006. Ese año, la Asamblea Nacional (Parlamento) aprobó las peticiones de las Iglesias católica y evangélica para prohibir el aborto terapéutico. Las posturas divergentes de los diputados dominicanos sobre el aborto, que está prohibido en el país, frustró la aprobación de un nuevo Código Penal que lleva años discutiéndose, y pese a que el mismo presidente Danilo Medina ha pedido que se despenalice en casos especiales.

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