Los procedimientos incoados por explotación sexual mueren irremediablemente

Ángeles Álvarez
Ángeles Álvarezhttp://www.angelesalvarez.com
Feminista / PSOE / Diputada por Madrid - En estos momentos Portavoz del @gps_psoe en la Comisión de Igualdad del Congreso
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Imagen publicada enEl Pais, martes 1 de septiembre de 2009. Pag.16 Sección:España Titular: Sexo de pago en plena calle junto al mercado de La Boqueria de Barcelona

«En efecto, la lucha contra la prostitución abusiva es de muy difícil persecución en España, principalmente por ser atípico el denominado proxenetismo consentido que constituye el escudo protector de tratantes de mujeres de extrema vulnerabilidad para ser explotadas sexualmente».

Este demoledor párrafo de la memoria de la Fiscalía solo ha venido a corroborar lo que desde el Grupo Socialista venimos diciendo desde hace tiempo:  la reforma del Código Penal en esta materia llevada a acabo por el PP vino de facto a legalizar determinadas formas de proxenetismo .

El Anteproyecto que fue suavizado en su redacción definitiva establecía qué sólo serán punibles estas situaciones cuando la víctima «se encuentre en una situación de dependencia personal y económica, que no le deje otra alternativa, real o aceptable, que el ejercicio de la prostitución».

Aquella insultante redacción fue duramente criticada por el Grupo Socialista en el Congreso, pero el espíritu de la frase calo en la redacción final. También ha calado en la cabeza de quienes imparten justicia.

Que el Ministerio Fiscal utilice frecuentemente en su última memoria el termino «prostitución abusiva» es un triunfo del proxenetismo. El triunfo se lo dio el gobierno del PP con una  reforma que introdujo condicionantes subjetivos casi imposibles de probar sobre coacciones y abuso en el trato a las mujeres prostitutas por parte de quienes comercian con  cuerpos de terceros, para su lucro personal.

La reforma del PP dejó fuera del Código Penal de manera general las conductas de proxenetismo y perdió la oportunidad de recomponer  el error que en su día supuso no definir con claridad el tipo penal asociado al lucro en la explotación sexual.

La graduación introducida por el PP  ha supuesto reconocer como no punible determinadas formas de proxenetismo cuando exista algo así como «condiciones laborales no abusivas», a pesar de que hablamos de explotación lucrativa del cuerpo de otro y no de una prestación laboral.

Hacer punible esta explotación de miles de personas (básicamente miles de mujeres) exclusivamente cuando se impone «coacciones y condiciones abusivas» lleva a liberar del reproche penal y social a miles de proxenetas, porque, quien define lo que es gravoso, desproporcionado o abusivo en la explotación de la prostitución ajena suelen tener normalizado el hecho de que se pueda acceder por precio al cuerpo de las mujeres.

¿Dónde han quedado definidos  los límites de lo que es permisible y tolerable en una relación sexual bajo precio?.

La reforma del PP y las sentencias de los tribunales, que van creando jurisprudencia, están abriendo el camino para hacer respetables a esos proxenetas establecidos por todos los confines y carretera de España.

Considerar que solo las coacciones extremas de un proxeneta son punibles  es dar un instrumento legal para la explotación sexual y la legalización de facto del lucro por explotación de la prostitución ajena.

En estos días, que he participado en una interparlamentaria europea sobre Trada de Personas he podido observar, con cierta congoja, como Europa afronta el debate contra la trata eludiendo permanentemente el hecho de que las personas explotadas son fundamentalmente mujeres y que son utilizadas para la prostitución que es la actividad mas frecuente de estas redes delictivas.En esa interparlamentaria es de lo que menos se habló a pesar de ser la explotación más frecuente y más violenta.

Mientras no dejemos claro que quienes se lucran de la prostitución ajena son delincuentes y promovamos el rechazo social, a esas personas y espacios, estaremos en un limbo que beneficia el proxenetismo y la descontrolada y creciente industria del sexo.

La Fiscalía ha reconocido que la reforma operada en 2015 por el PP, del actual artículo 187 párrafo segundo del Código Penal (la denominada explotación abusiva consentida) ha sido «patentemente ineficaz», tan ineficaz que durante todo el año 2016 «no ha prosperado un solo procedimiento por delito del artículo 187.1 párrafo segundo del Código Penal».

El Congreso de los Diputados también se mueve en los margenes de la hipocresía cuando se buscan soluciones contra la Trata pero no iniciativas legislativa destinadas a erradicar lo que la promueve..Por eso, las propuestas electorales del PSOE para legislar contra cualquier tipo de proxenetismo parecen muy pertinentes y extremadamente urgentes.

Se trata de promover una reforma para castigar cualquier lucro a través del ejercicio de la prostitución de otra persona. En definitiva, revocar  la reforma que eliminó el art. 452 bis CP que castigaba la intervención y participación de un tercero en cualquier acto de prostitución y que supuso abrir la puerta a la industria del sexo tal y como la conocemos hoy en día.


Se trata de promover una reforma para castigar  cualquier  lucro a través del ejercicio de la prostitución de otra persona.


Hoy por hoy los tribunales de Justicia son proclives a establecer como requisito para que se considere actividad punible SOLO el beneficio económico derivado de la explotación sexual que se sostenga mediante el empleo de violencia, intimidación, engaño, abuso de superioridad o una situación de necesidad o vulnerabilidad.

Pero es evidente que la Justicia parece no  encontrar, entre las miles de mujeres explotadas en los burdeles españoles, casos de intimidación, engaño, ni situación de necesidad o vulnerabilidad.


Los procedimientos incoados mueren  irremediablemente  mientras se refuerza la desconfianza de las víctimas en todo el sistema y los proxenetas perciben el estímulo que les proporciona la incapacidad del legislador por afrontar en profundidad – y sin hipocresías- este problema


La Fiscalía de Extranjería reconoce que «la mayoría de las mujeres –desde su primera declaración o retractándose en momento posterior– apoya las versiones de los proxenetas» y supone que  este hecho se debe a que tienen «miedo a sufrir cualquier tipo de represalias» o «por temor a ser deportadas».

Mientras la acreditación de las verdaderas condiciones en que ejercen el alterne y la prostitución dependa de la declaración de victimas expuestas a amenazas, no es de extrañar que los procedimientos incoados mueran irremediablemente, mientras paralelamente, se refuerza la desconfianza de las victimas en todo el sistema y los proxenetas perciben el estímulo que les proporciona la incapacidad del legislador por afrontar en profundidad – y sin hipocresías- este problema. En su informe reconoce con la siguiente literalidad  el problema de la reforma del PP que ya el PSOE denunció en su día:

«hay que constatar que la reforma operada en 2015 del actual artículo 187 párrafo segundo del Código Penal (la denominada explotación abusiva consentida) ha sido patentemente ineficaz: durante todo el año 2016 no ha prosperado un solo procedimiento por delito del artículo 187.1 párrafo segundo del Código Penal.»

Llegados a este punto, creo que no se puede acometer la futura ley contra la Trata acordada en el marco del Pacto contra la violencia sin considerar que la legislación española debe penalizar el lucro económico de la prostitución ajena (proxenetismo).

Lo que Naciones Unidas ha definido como “el fenómeno de esclavitud del s. XXI” se sustenta en ese lucro y por tanto el Estado tiene la obligación de legislar sin intentar cuadraturas imposibles: se trata de favorecer la dignidad de las mujeres y garantizarles alternativas, de terminar con las redes, de acabar con las mafias, de tomarnos en serio que la lucha contra esa esclavitud reclama explicar el origen y concienciar a la ciudadanía de que es un comercio ilícito que atenta contra los derechos humanos y los derechos sexuales.

Acabar con ello no sera fácil pero al menos hay que exigir que de momento los partidos políticos se pronuncien y expongan en qué sentido quieren actuar y si trabajan para desmantelar la industria del sexo o para reforzarla.

Este es hoy el auténtico ‘quid’ de la cuestión. El PSOE se ha pronunciado con  claridad en su programa electoral. Creo que otros deberían pronunciarse para dejar claro que prostituir mujeres no es de izquierdas. 

 

 

De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores

Artículo 187

1. El que, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, determine a una persona mayor de edad a ejercer o a mantenerse en la prostitución, será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años y multa de doce a veinticuatro meses.

Se impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses a quien se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma. En todo caso, se entenderá que hay explotación cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que la víctima se encuentre en una situación de vulnerabilidad personal o económica.
  • b) Que se le impongan para su ejercicio condiciones gravosas, desproporcionadas o abusivas.

2. Se impondrán las penas previstas en los apartados anteriores en su mitad superior, en sus respectivos casos, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Cuando el culpable se hubiera prevalido de su condición de autoridad, agente de ésta o funcionario público. En este caso se aplicará, además, la pena de inhabilitación absoluta de seis a doce años.
  • b) Cuando el culpable perteneciere a una organización o grupo criminal que se dedicare a la realización de tales actividades.
  • c) Cuando el culpable hubiere puesto en peligro, de forma dolosa o por imprudencia grave, la vida o salud de la víctima.

3. Las penas señaladas se impondrán en sus respectivos casos sin perjuicio de las que correspondan por las agresiones o abusos sexuales cometidos sobre la persona prostituida.

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