Según recoge la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), el ente público deberá indemnizar a la CUT con 15.625 euros, porque “ la cara visible del informativo es una trabajadora mujer, y no un varón. De lo que se trataba en definitiva, como señala el sindicato demandante, era visibilizar la consecuencia de la ausencia de las mujeres trabajadoras en sus puestos de trabajo, consecuencias que no son visibles si la ausencia de dicha trabajadora fémina es suplida por un trabajador varón”. De esta forma “ declaramos vulnerado el derecho a la huelga de la CUT como central convocante de la huelga general de 24 horas en Galicia “, dictamina la sentencia, al tiempo que concluye que la empresa “ minimizó el efecto de la huelga mediante la sustitución de una trabajadora huelguista “.
Una victoria del movimiento feministaRaquel Lema Astray, secretaria de igualdad de la CUT explica que esta es “ una sentencia importantísima ya que es la primera sobre una huelga feminista y abre camino respecto a las convocatorias de huelga de este movimiento, que pretende dar visibilidad a lo que pasa cuando las mujeres paramos” . Ninguna empresa, continúa Raquel “ puede vulnerar ese derecho sustituyendo a una mujer por un hombre”. Esto es “ una victoria de todas, de las que pararon y de las que no han podido hacerlo por su precariedad laboral. En definitiva es una victoria del movimiento feminista”, concluye la periodista.