Clara Campoamor y nuestro pecado mortal

Concepción Torres
Concepción Torres
Profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Alicante, Profesora del Máster en Malos Tratos y Violencia de Género de la UNED. Abogada. Secretaria de la Red Feminista de Derecho Constitucional.
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El pasado 30 de abril se cumplían 46 años del fallecimiento de Clara Campoamor. Una fecha que obliga – más allá de su recuerdo y de nuestro reconocimiento – a re-leerla en clave de género. Máxime tras el #8M y las reacciones a la sentencia del caso La Manada. Y es que todo indica que se está ante un punto de inflexión – ante un antes y un después – en la configuración socio/sexual de la realidad. Las mujeres ya no van [vamos] a ser complacientes con esperar a que determinados cambios – diseñados y prefigurados por otros – mejoren sus [nuestras] condiciones y expectativas vitales.
Las mujeres se erigen en las actoras principales – con ese valor protagónico que les [nos] es propio – para construir un futuro nuevo. Un futuro que pasa por revisar nuestro ordenamiento jurídico – claro que sí – en clave de género. Y no solo eso sino que pasa por revisar su interpretación y aplicación normativa. Y todo ello a raíz de pronunciamientos judiciales articulados desde el poder socio/sexual de una mirada androcéntrica y un sentir ajeno a las experiencias y vivencias de las mujeres. De ahí que se haya puesto en cuestión – en los últimos días – la propia composición de la Comisión encargada de estudiar los tipos penales relacionados con la indemnidad y libertad sexual. Las primeras informaciones relacionadas con la composición de la Comisión daban muestras – una vez más – del imaginario simbólico del poder y de cómo éste sigue siendo masculino. Desde el iusfeminismo (o feminismo jurídico) hace tiempo que lo venimos denunciando. De ahí la importancia de que las mujeres ocupen puestos de decisión en ámbitos como el legislativo, ejecutivo y judicial y, obviamente, en otros ámbitos de interacción social.
En este punto, y teniendo en cuenta la cercanía del aniversario del fallecimiento de Clara Caompoamor, nada mejor que recordar sus palabras. Y, en concreto, las pronunciadas el 13 de abril de 1925 en la Conferencia ‘La nueva mujer ante el Derecho’ que tuvo lugar en la Academia de Jurisprudencia y Legislación. Unas palabras que evidencian lo adelantado de su pensamiento y lo mucho que nos queda todavía por avanzar en el reconocimiento pleno de la subjetividad jurídica y política de las mujeres. Un reconocimiento que para las mujeres pasa por ser y estar en todos los ámbitos de poder y de decisión. Y es que ya lo decía Clara Campoamor cuando denunciaba la situación de las mujeres ante el Derecho. Las siguientes líneas resultan significativas:
“(…) El varón ha dogmatizado jurídicamente en el mundo durante más de diez y nueve siglos; legisló aislada y unisexualmente para los dos. ¿Con acierto y equidad? Muchas mujeres (…) afirman que no; y no hay norma procesal que permita socialmente a las sentenciadas a disminución legal apelar el fallo – téngase en cuenta, y hago un paréntesis, que las mujeres en los momentos en los que Clara pronunciaba estas palabras eran equiparadas a menores e incapaces -; de poder hacerlo – continuaba Clara Campoamor – se encontrarían con que el Tribunal de segunda instancia se hallaba integrado por los mismos jueces confeccionadores del fallo primero y excluyente, o bien con que el recurso se veía ante el mismo Consejo que formaron en todos los países los legisladores masculinos para definir y declarar esa incapacidad de la mujer (…)”.
Denunciaba Clara Campoamor – a principios del siglo XX – la situación jurídica de las mujeres. Una situación jurídica definida por hombres y para hombres en aras de mantener su estatus y, por ende, sus privilegios. Clara Campoamor sentenciaba cómo el problema de las mujeres no era otro que el ser “siempre juzgadas por normas ajenas”. Esto es, por normas elaboradas y confeccionadas desde un modelo normativo de lo humano construido desde la ajenidad a las experiencias y vivencias de las mujeres. Y esto es lo que se está denunciando en estos momentos cuando se habla de falta de perspectiva de género en la elaboración, revisión y aplicación e interpretación normativa. Y cuando saltan las alarmas en relación a la configuración de una Comisión – inicialmente todos varones – encargada de llevar a cabo la importante tarea de revisar los tipos penales en materia de indemnidad y libertad sexual.
Las mujeres queremos ser y estar. Queremos aportar nuestras experiencias y vivencias, nuestros saberes y nuestra profesionalidad. Queremos dejar de ser – para la norma y su interpretación – sujetos heterodesignados bajo el poder socio/sexual de una mirada androcéntrica y a todas luces reduccionista con las formas de ser y sentir de más de la mitad de la sociedad. En este punto conviene recordar que nuestro pecado mortal – en cuanto que mujeres – es seguir reivindicando nuestro lugar protagónico en la historia y, por su puesto, en el momento actual.

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