Archivada la denuncia de maltrato a la modelo a la que el juez Martínez Derqui llamó «hija puta» y «bicho»

Redacción Tribuna
Redacción Tribuna
La revista de información que te cuenta lo que otros no creen importante
- Advertisement -

La jueza especializada en violencia de género Inmaculada López Candela ha dictado el sobreseimiento provisional y archivo al no considerar amenazas las expresiones como «prepárate que tengo una sorpresa para ti, ya que no supone «un anuncio de un mal futuro»
El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 7 de Madrid ha archivado la denuncia por maltrato que interpuesto la modelo María San Juan contra su exmarido en el marco del caso en el que el anterior juez ( Martínez Derqui) la llamó «bicho», un extremo sobre el que se quejó ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la juez sustituta Inmaculada López Candela acuerda el sobreseimiento del proceso penal iniciado contra Josué Reyzábal por una denuncia de maltrato y coacciones. Contra la resolución, cabe recurso de reforma y en apelación.
En el transcurso de este proceso, la modelo denunció al juez Francisco Javier Martínez Derqui ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por llamarla «bicho» e «hija puta». El Poder Judicial abrió una investigación y el magistrado decidió apartarse del caso.
La juez no da por acreditados los hechos denunciados, entre ellos que se encontraba «aterrorizada» ante las amenazas de su marido de «causarle mal» a ella y a su padre, así como que éste había contratado vigilantes de seguridad para su casa.
La magistrada no considera amenazas expresiones como «prepárate que tengo una sorpresa para ti y para tu padre… que siga el entierro», ya que entiende que tal afirmación no supone «un anuncio de un mal futuro, injusto, determinado y posible, con propósito de crear una intranquilidad de ánimo, inquietud y zozobra en el amenazado, pero sin intención de dañar al sujeto».
La juez también destierra otros argumentos esgrimidos por la víctima sobre empleo de la violencia y la intimidación, como el hecho de que su expareja se metiera en la habitación con su hijo menor con su personal de vigilancia en la puerta.
Ante esta contratación, la magistrada cree que la finalidad no era «restringir» la libertad de la denunciante, sino ante la tensión palpable «evitar futuros conflictos».

- Publicidad -

Comentarios

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Síguenos en redes

Últimos artículos

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Configurar y más información
Privacidad