
“Lo que sí sería una barbaridad es utilizar los datos que hay que facilitar en un proceso de entrega en adopción como excusa para tramitar el expediente de expulsión de esa mujer. Y eso es lo que queremos evitar por razones humanitarias y por la protección del menor y la madre. Nuestra propuesta es ampliar al ámbito estatal esta medida que con éxito ya existe en la Comunidad de Madrid desde hace tiempo”, argumentan.
El Artículo 57.6 de la Ley de Extranjería establece que “la expulsión no podrá ser ejecutada cuando ésta conculcase el principio de no devolución, o afecte a las mujeres embarazadas, cuando la medida pueda supone un riesgo para la gestación o la salud de la madre”.
Además, esta misma norma prevé que a la mujer se la pueda conceder el permiso de residencia por arraigo familiar una vez que naciese su hijo puesto que, a todos los efectos, el menor es español. Pero, en el caso de darlo en adopción, esta opción se eliminaría y, en conclusión, se facilitaría la deportación de mujeres extranjeras.
No existe, por tanto, necesidad de “blindar” a las mujeres sin papeles embarazadas porque la Ley de Extranjería ya las ampara, al tiempo que contempla la posibilidad de regularizar su situación. Por tanto, la propuesta del PP en este caso no sería otra que limitar la concesión de los papeles una vez concluido el proceso.