Desde la Campaña Argentina por los derechos de las Mujeres y La Red Federal de Mujeres Abolicionistas de la Explotación y en consenso con otras organizaciones y activistas, en nombre propio y de las organizaciones que reprentamos, queremos manifestar nuestro desacuerdo y consternación por la inconsulta e inesperada candidatura de la Dra. Marisa Herrera para formar parte del Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). No ha sido consultada al respecto ni siquiera la Comisión de Equidad de Género del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil de la Cancillería Argentina, órgano del cual algunas de las aquí firmantes formamos parte.
Motiva esta presentación la falta de méritos de la Dra. Marisa Herrera para representarnos ante tan prestigioso organismo.
Desde su creación, la CEDAW ha sido el marco regulatorio de los derechos humanos de las mujeres basados en el sexo a lo largo de todo el planeta, luego de siglos de lucha feminista por la conquista de los mismos en el plano formal, aunque en el plano material seguimos librando la batalla para su efectivo disfrute.
Mucho hemos trabajado para lograr la ratificación del Protocolo Facultativo en nuestro país y no permitiremos que los derechos conquistados queden desvanecidos en una “ilusión de igualdad”, tal como lo venimos observando.
Nos referimos en concreto a las recientes propuestas legislativas que sustituyen la categoría jurídica “mujer” y “madre” por la de “persona gestante”, tales como la Ley de Parto Humanizado de la Provincia de Buenos Aires (1223/20-21), el Proyecto de Modificación del Artículo 10 del Código Penal de la Nación, o la incorporación al Código Civil de la Gestación por Sustitución (3524-D-2020). A ello se suma el intento de reconocer la violencia prostituyente como “trabajo sexual” a través del Registro Nacional de la Economía Popular. Todas estas iniciativas, que cuentan con el aval y complacencia de la Candidata propuesta, exponen nuestras conquistas al serio peligro de ser aniquiladas.
Puntualizamos a continuación las razones que motivan esta presentación.
En primer lugar, la candidata promueve desde hace años la consagración de la explotación sexual y reproductiva de las mujeres, disimulada bajo el eufemismo de “gestación por sustitución”. Herrera intentó introducir sin éxito dicha figura en el nuevo Código Civil y Comercial, tras lo cual fueron presentados varios proyectos legislativos amparados en la categoría de “voluntad procreatoria” que ella misma instaló. Quien promueve la esclavitud de las mujeres y niñas argentinas como dispositivos “gestantes”, obligadas por contrato a desprenderse de sus hijas/os “en forma altruista”, no nos representa. Tampoco representa los derechos de los niños y las niñas, separados de la madre y entregados a los con-tratantes. No permitiremos que la maternidad sea disociada de nuestra persona y puesta al servicio de lo que Herrera denomina el “régimen gestocéntrico de la filiación”.
En segundo lugar, la candidata se ha manifestado en numerosas ocasiones defensora de la regulación del mal llamado “trabajo sexual”, vale decir, del proxenetismo que sabemos indisociable de la trata de mujeres y niñas. Dado que Argentina es un país abolicionista y la misma CEDAW (Art. 6) reconoce la explotación de la prostitución como violencia contra las mujeres, la postulación de Herrera nos resulta inexplicable. El Estado Argentino no puede violar sus compromisos constitucionales, ni condenarnos a las condiciones de desigualdad y falta de oportunidades que oprimen en especial a las más pobres.
En último lugar, expresamos nuestro repudio a la histórica posición de la Dra. Herrera en favor del inexistente SAP y su sucedáneo ‒el cuidado compartido preferente e impuesto‒, el cuidado unilateral con la figura del progenitor amistoso ‒derivado del creador del SAP‒, la invisibilización de las violencia contra las mujeres a excepción de la sexual, la no consideración de NNyA como víctimas de violencia cuando la presencian, incluso en el caso de violencia verbal, y su desconocimiento sobre la actual aplicación de ley 24.270 y su íntima relación con el inexistente SAP. Rechazamos en particular su postura omitiva de las recomendaciones del Comité de Expertas de la CEDAW: C/ESP/CO/7-8, C/CZE/CO/5 10/11/2010, C/CAN/CO/8-9 18/11/2016, C/UKR/CO/8 09/03/2017, C/NZL/CO/8 25/07/2018, C/LIE/CO/5/Rev.1 31/12/2018) entre otras relacionadas a la temática.
El falso igualitarismo de estas posiciones que vulneran nuestros derechos basados en el sexo, evidencia el ascenso de un relativismo individualista y patriarcal, funcional a los intereses del capitalismo sexual y reproductivo. Pero nuestros derechos no se negocian.
Por todo lo expuesto, solicitamos se revea la medida de designación.
Atento a esta presentación solicitamos una urgente respuesta a nuestro pedido a través de este medio o el que se considere apropiado, y quedamos a disposición para una reunión.
Nuestra lucha no fue, es, ni será en vano. Para ello nos hemos organizados a nivel nacional e internacional con el aval de las organizaciones abajo firmantes, muchas de las cuales cuentan con representatividad permanente en ONU-Mujeres, OIT, ECOSOC.
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