La Custodia Compartida: Comentarios sobre los estudios científicos (III).

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            Muchos artículos se publican a diario en cualquier campo de conocimiento, pero pocos son los estudios de referencia y los que marcan el saber en un área determinada a lo largo del tiempo.  Las dos publicaciones de M. Berger (1,2) describen los estudios más importantes en relación a las custodias de los hijos, fundamentalmente el estudio de Mc Intoshy y Smyth y el de Solomon y George. En ellos se analizan los efectos psicológicos negativos de las custodias compartidas sobre los hijos, el efecto del conflicto sobre los hijos y el efecto de la separación por las noches de sus madres (los llamaré primer grupo de artículos). Estos estudios son coincidentes con el conocimiento y la experiencia de miles de profesionales clínicos en Francia, que se han pronunciado en contra de la imposición de la Residencia Alterna (RA) en los niños menores de 6 años y en situación de conflicto.  En la segunda publicación (2) M. Berger analiza algunos estudios que son citados por los grupos favorables a la legalización de la Residencia Alterna en Francia y  que contradicen los resultados de los primeros (los llamaré segundo grupo de artículos)  Aunque estos últimos estudios no tengan la misma importancia ni sean comparables en su rigor y metodología con los primeros, ya consiguen que se haga otro planteamiento, que se discuta y  se ponga en duda el conocimiento anterior. Es parte de la estrategia de estos grupos, así poco a poco se va ganando terreno para imponer otros criterios, que forman parte de otros objetivos, con otros intereses que no tienen nada de científicos.  

               La instauración de la Custodia Compartida en los países siempre ha estado relacionada con la presión de grupos activos de padres, los llamados “defensores de los derechos de los padres”. Estos representan una minoría de la población, pero hablan en nombre de todos los padres, llama la atención una pretensión para todos los padres cuando solo afecta a una minoría, también los objetivos que quieren conseguir, un reparto salomónico a cualquier edad o situación de conflicto, lo que es partir al niño en dos. Es decir, aparte de sus motivaciones, demuestran no saber lo que significa la maternidad, lo que Salomón como era sabio si sabía, y todas las madres también.

               Estos grupos están muy organizados en asociaciones de diferente ámbito, con actuaciones a nivel de la sociedad a través de los medios y parece que a través de la política y altas instancias como por ej. la Comisión Europea según M. Berger. Este autor informa de la organización ICSP (International Council on Shared Parenting –Consejo Internacional de Paternidad Compartida) que nace con el objetivo de promover y generalizar la Custodia Compartida, y que se define como una asociación científica, aunque parece que solo para las investigaciones que apoyan sus objetivos.

Creada en 2013 en Bonn, desde el 2014 promueve conferencias internacionales en diferentes países,  en nuestro país se celebró en Málaga en diciembre 2019, la próxima será en diciembre 2020 en Vancouver (Canadá).  M. Berger dice “algunos autores de las publicaciones citadas forman parte del Consejo de Administración de esta organización, como Bergström y Fabricius”. Pero también Nielsen se ha presentado a las conferencias de esta organización, igual que M. Lamb (3).  M. Grangeat, es el presidente de la rama francesa CIRA (Consejo Internacional de Residencia Alterna), que lidera una intensa campaña mediática (radio, internet, periódicos) en muchos países sobre el tema que dice «ahora está científicamente comprobado que la RA es el mejor dispositivo para los niños en caso de separación de los padres, independientemente de su edad e incluso en caso de conflicto parental importante”, y organiza con mucho ruido conferencias de profesionales “convencidos ”.

               Los estudios citados por M. Berger, de Bergström, Nielsen y Fabricius (el segundo grupo de artículos), hacen referencia a aspectos clave relacionados con la Custodia Compartida, como los efectos psicológicos que produce en los hijos, el efecto del conflicto en los hijos y el efecto de las noches que pasa el hijo con el padre incluso de bebes (aspectos ya estudiados por los primeros estudios). Estos segundos estudios que se han hecho por autores que colaboran con las asociaciones de estos grupos y presentan sus publicaciones en sus conferencias, en mi opinión, forman parte de la estrategia para darle apoyo científico a los aspectos más sensibles y criticados de la Custodia Compartida.  Estos estudios tras el análisis realizado por M. Berger son cuestionables, ya que no aplican una metodología lo suficientemente rigurosa como para validar sus conclusiones. El estudio de Mc Intosh y Smyth de 2010 que no se ha superado todavía por su metodología, rigor y amplitud (con una inversión de 6.25 M de dólares) es el considerado más avanzado a nivel internacional y demuestra lo contrario, se diseñó además especialmente para conocer el efecto en los niños pequeños y en situaciones de conflicto. También el estudio de Solomon y Georges demuestra el efecto perjudicial en los niños de la separación por las noches de su madre. 

               El más elemental sentido común entiende que un niño pequeño tiene que estar con su madre, con la que tiene el vínculo natural idóneo, vínculo que no es comparable con ningún otro y que ya existe antes de nacer.  Que el daño al vínculo tiene consecuencias negativas a lo largo de la vida de los hijos. Que no es lo mismo separar a un bebe o lactante de su madre que a un niño de 7, 10 o 16 años. Que no es lo mismo separar por las noches al hijo de su madre, sobre todo si es muy pequeño, que en tiempos limitados a otras horas del día. Que los conflictos pueden encubrir situaciones de violencia de género,  que no se denuncian, no se investigan o no se acreditan como tal. Y todo esto que entiende el sentido común está demostrado y apoyado por otros estudios científicos, con más rigor y mayor validez en su metodología, aparte de por la experiencia clínica de miles de profesionales que ven el efecto nefasto que produce en los hijos.

Berger insiste en sus publicaciones sobre la importancia de la metodología, que es la estructura en la que se basa un estudio y la que le da validez y señala que sería deseable que se hicieran análisis críticos de las publicaciones científicas bajo el amparo de sociedades científicas, como la WAIMH (*) y la Sociedad Francesa de Psiquiatría Infantil.  Puesto que estos grupos pretenden una legitimidad científica como parte de su estrategia de implantación de la Custodia Compartida (igual que hicieron con el SAP), considero una aportación valiosa la que hace M. Berger.

               Malin Bergström (2017) en su artículo sobre los efectos psicológicos en los niños con Custodia Compartida, presenta según M. Berger diversos sesgos en la selección de los padres a lo largo del estudio, no aplica una escala de conflicto parental (Mc Intosh si la aplica), y no se sabe si las Residencias Alternas (RA) eran impuestas. El test SDQ que aplica es impreciso para valorar los trastornos del apego (Mc Intosh utiliza el BITSEA más preciso) y hay pocos niños en RA 50/50 para estudiar los subelementos. No hay información sobre la salud mental de los padres antes y después de la separación, no se conoce el clima emocional entre padres e hijos que explique los trastornos internalizados y externalizados. Las personas que lo citan no señalan las limitaciones que indica la autora.  El estudio concluye que no puede determinar si las diferencias encontradas se deben a factores de antes de la separación, pero dice que la RA conjunta no se puede asociar por sí mismo con más trastornos psicológicos, que se necesitan más estudios longitudinales.

El estudio de Linda Nielsen (2017), intenta compatibilizar el conflicto con la Custodia Compartida, pero no contempla la violencia de género que subyace en situaciones de conflicto, tampoco el impacto del conflicto en los niños y antepone la relación padre-hijo al conflicto, porque lo importante es la buena relación que tiene el niño con cada uno de sus padres.  Su revisión excluye la violencia de género. Se centra en alojamientos 35/65 o más, que suelen ser de acuerdo, mientras que 50/50 suelen ser impuestos y más problemáticos, con menos facilidad y permisividad para la valoración de los problemas psíquicos en los hijos por parte del padre.  La edad de los niños y el inicio de la RA no siempre se específica, aunque tenga un impacto diferente sobre el niño.

El estudio de William Fabricius (2017)  en relación a las noches que el hijo pueda pasar con el padre, considera que “el conflicto considerado “normal”, el desacuerdo sobre el tipo de cuidado, la edad menor de 1 año, impliquen una precaución especial, sino al contrario que mejora la relación con ambos padres, que es un error pensar en la preferencia del apego con la madre, sino en el tiempo que pierde el hijo con el padre, y que esta recomendación se transmita a los responsables políticos”, lo que en 2018 recomienda como “eliminar la preferencia tradicional dada al progenitor que brindó el cuidado materno al niño».

Berger lo cuestiona considerando si un estudio por correo puede evaluar la vida psíquica de un individuo, ya que no es un estudio clínico, ni tiene experiencia de campo, ni se sigue a los niños a largo plazo,  ya que el diseño del estudio evita los largos seguimientos de los estudios longitudinales. Según Berger un estudio de este tipo, con adultos que han vivido en RA,  se debería hacer con investigadores clínicos capacitados y entrevistas personales semiestructuradas de calidad. En relación a su metodología no específica el número de rechazos a las entrevistas por carta; el conflicto calificado como normal, no tiene en cuenta la violencia de género.  Los autores reconocen como limitación que no preguntaron si el mayor número de noches con el padre generó más estrés en la relación madre-hijo en los niños más pequeños (porque se podía trasladar la información al joven).  Cita a Brazelton de forma parcial, sin nombrar su calendario de noches progresivas y no antes de los  3 años.

Todos estos planteamientos se aplican en los tribunales de familia con los mismos argumentos de los grupos favorables a la Custodia Compartida, sin considerar los resultados de los primeros estudios. Se quiere convencer de que la Custodia Compartida está muy implantada, pero habría que ver cuánto, y en qué condiciones, su elevado costo sobre la salud de mujeres y niños, también si las leyes de infancia empiezan a proteger de sus efectos, como en Dinamarca.

Las publicaciones de M. Berger insisten en la importancia de diferenciar los conceptos relacionados con las custodias, la distribución de tiempo en las mismas, la edad de los hijos y la existencia de conflicto y violencia de género.

En las separaciones de los padres dos términos legales se aplican en relación a los hijos: la patria potestad y la guarda y custodia. El primero hace referencia a la autoridad, derechos y deberes del progenitor sobre los hijos y el segundo a la custodia física, con quien viven los hijos. En los países de habla inglesa se denomina Joint Custody (JC) a la Autoridad Parental Compartida de Francia y a nuestra Patria Potestad, que es compartida.  Cuando el régimen de custodia se refiere a la custodia física compartida, en los países de habla inglesa se llama Joint Physical Custody (JPC), Residencia Alterna (RA) en Francia y en nuestro país Custodia Compartida. Es importante la diferenciación para que cuando se comparen cifras o legislaciones de diferentes países sean sobre los mismos criterios, ej. joint custody que significa custodia compartida no es equivalente en nuestro país a nuestra custodia compartida, sino a nuestra patria potestad. 

               Por otro lado,  dentro de la custodia física compartida en los diferentes países pueden haber distribuciones de tiempo variables, como 25/75, 30/70, 35/65, que pueden haber sido con acuerdo, y 50/50 tiempo estricto equivalente, que puede ser en la consideración preferente o impuesto vía judicial y con desacuerdo.  Porque no es lo mismo una distribución de tiempo desigual con más tiempo para la madre, y que está acordada entre los padres, que una distribución 50/50 impuesta por el juez o a petición del padre en una situación de conflicto (puede encubrir una situación de violencia de género no reconocida).

No es lo mismo la Custodia Compartida física en unos grupos de edad que en otros, no es lo mismo en lactantes o menores de 3 años que a los 6, 8 años; no es lo mismo en estas edades que a los 12, 16 años, porque el impacto emocional y las consecuencias psíquicas y vitales son diferentes. No es lo mismo un padre colaborador y flexible, que un padre maltratador, negligente, autoritario, rígido y castigador con el hijo y con la madre.

La violencia contra la mujer se enmascara con frecuencia como situación de conflicto y esto es lo que pretende el maltratador, pero el conflicto está basado en el desacuerdo, en opiniones o posturas diferentes sobre un tema y se podría llegar a acuerdos. La violencia no se basa en el acuerdo porque no hay igualdad en situación de violencia sino abuso, hay intención deliberada de hacer daño, de maltratar. Al hacer daño uno tiene poder y dominio sobre la otra persona, el maltratador de esta forma sigue implicando y relacionándose con la víctima y se resarce del resentimiento y la venganza, es fácil de entender que después de la separación la Custodia Compartida o la Paterna lo permite.  Estos artículos tampoco valoran la violencia de género ni la separan del conflicto, aspecto señalado por Mc Intosh en su estudio con el 34 %, acreditado judicialmente.

Sin embargo, el objetivo de los grupos de presión favorables a la Custodia Compartida, es la implantación de la Custodia Compartida de forma preferente, desde el momento de la separación, aunque hayan fuertes “conflictos”, da igual la edad del niño, si tiene 2 meses de edad es igual que si tiene 15 años por ej. Si es lactante da igual que la madre se saque la leche de la mama, y que prive al niño de todos los beneficios de la lactancia natural, no solos los nutritivos y biológicos, sino también los emocionales, que refuerzan el vínculo con la madre y su seguridad. Da igual que un niño tenga una enfermedad grave o esté impedido, porque la madre cuida y protege a este niño, más necesitado, igual que el padre.  Da igual grandes distancias geográficas, incluso de ciudades diferentes, países o hasta continentes, con miles de kms de distancia, los derechos del padre son los mismos que los de la madre. Los derechos del niño a tener una vida estable no cuentan, porque lo que importa es que tenga relación física continua con el padre, en una competición por el tiempo, que parece es lo único que cuenta. Como si la calidad de la relación con el padre estuviera basada en el tiempo que pasa con él, algo que no ocurre en las relaciones humanas, cuya naturaleza y fuerza depende de otros aspectos, como el cariño, la confianza, la lealtad, la comprensión, el apoyo, etc.

El planteamiento es que la paternidad y la maternidad son equivalentes, que haya igualdad en relación a la crianza entre un padre y una madre, ¿desde cuándo les ha interesado a los padres la crianza a lo largo de la historia?. De un plumazo todo lo que significa la maternidad se lo apropian, incluso el nombre de la organización de estos grupos, “Consejo Internacional de Paternidad Compartida”, no nombra la maternidad, sino la denominan “paternidad compartida”. Hay nula referencia y valoración al vínculo único entre madre hijo, que se considera intercambiable con otro cuidador. Esto es un abuso más del patriarcado sobre la mujer,  imponiendo la paternidad sobre la maternidad y despreciando el vínculo madre-hijo, cuando es a ella a quien le pertenece por ley biológica natural y por justicia.

Toda esta imposición sobre términos igualitarios es una respuesta al término “igualdad”, que representa la lucha por los mismos derechos sociales del hombre y la mujer. Esta igualdad de derechos no se ha conseguido, pero la plantean en la separación para la mujer y los hijos como si fuera un hecho. Por otro lado, la maternidad y la paternidad no son iguales, porque la mujer tiene una dimensión de más en su naturaleza que es la maternidad, una función biológica que ellos no tienen y se apropian.

 

Por último, señalar la existencia en Francia de la “Red de profesionales para la protección de la infancia y adolescencia”, REPPEA (4), comprometidos en la lucha contra la residencia alterna y el SAP.  Señalar también la implicación mayoritaria de más de 5000 profesionales en Francia, entre ellos nombres prestigiosos de la psiquiatría infantil y la psicología, en contra de la imposición de la Custodia Compartida antes de los 6 años y en situaciones de conflicto entre los padres. Esto se debe al conocimiento demostrado científicamente y a la experiencia clínica y profesional de los efectos perjudiciales demostrados en estas situaciones sobre la salud de los niños. Contrasta con el silencio mediático en nuestro país ante una realidad conocida, creo que sería necesaria una mayor implicación de nuestros profesionales en relación a la Custodia Compartida y el SAP y también de las sociedades científicas a las que afecta.

               La instauración de la Custodia Compartida ha puesto por delante los derechos de los padres sobre los derechos de los hijos y de las madres, increíblemente se han supeditado estos derechos a las exigencias de grupos minoritarios de padres. Esto ha traído consigo efectos psicológicos negativos sobre los hijos, no solo por la discontinuidad, la causa más importante es la separación del hijo y de la madre, la ruptura del vínculo preferente con la madre, por otro vínculo que no es intercambiable, que no es igual de necesario y preferido por el hijo.

               La Custodia Compartida afecta negativamente a los hijos en todos los grupos de edad, pero en los más pequeños por su inmadurez y mayor vulnerabilidad es peor, y la separación es aún peor por las noches. En mi opinión, la Custodia Compartida nunca se debería establecer sin acuerdo entre los padres, ya con acuerdo entre los padres tiene efectos negativos sobre los hijos (incluso en estas situaciones se deberían valorar estos efectos). Por tanto, nunca se deberían dar en situaciones de desacuerdo o de conflicto.  La edad de inicio se debería plantear a partir de los  6 o 7 años. El contacto con el padre debería ser progresivo y se debería escuchar siempre a los hijos en cualquier edad y respetar lo que quieren, no ir en contra de sus necesidades, preferencias y apego a su madre.  Esto sería lo respetuoso y natural.

 


BIBLIOGRAFÍA: ENLACES. NOTAS.          

(1) http://mauriceberger.net/wpmaurice/wp-content/uploads/2015/10/Recherches-actuelles-concernant-la-RA.pdf.

(2) https://www.thyma.fr/remarques-sur-les-etudes-citees-en-faveur-de-la-residence-alternee-avant-3-et-6-ans-ou-comment-rouler-dans-la-farine-les-medias-et-les-politiques/

(3) Citado por M. Berger en publicación 1.  M. Lamb en 1983 aporto unos resultados sobre la relación padre-bebé, que contradijo en el 2000. Según Berger este último artículo “es utilizado por los defensores de la residencia alterna «a cualquier costo», pero no va acompañado de ninguna investigación, evaluación, ni cuantificación, y no tiene en cuenta la pérdida repetida de personas y lugares. Es contradicha y criticada por los autores de otros estudios clínicos”.

(4) https://reppea.wordpress.com/

 

(*) WAIMH. Asociación Mundial para la Salud Mental Infantil

 

 

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