En cualquier estado democrático los sistemas penitenciarios deben estar orientados a la reinserción de las personas reclusas. Esa es la teoría; porque, de momento, la experiencia nos demuestra que, en lugar de reinsertar, las cárceles son –sobre todo- escuelas de delincuencia.
Claro que hay que apostar por la reinserción, pero lo bien cierto es que parece bastante claro que el sistema no está funcionando para conseguir esa meta. Ignoro si ello se debe al cansancio, desidia y/o falta de formación del funcionariado o, mucho más probable, a la escasez de recursos de las instituciones penitenciarias; lo que, por otra parte, constituye un indicador clarísimo de poca o nula voluntad política para dotar al sistema penitenciario de los medios que podrían garantizar la reinserción de la población reclusa en un entorno seguro.
Hoy las cárceles suponen un peligro conocido para la seguridad y la integridad física sobre todo de la población reclusa masculina, teniendo especial peligro las personas que se identifican como mujeres trans. A partir de esta realidad no resulta descabellado pensar que, además de estas personas, muchos hombres que deban ingresar en prisión valoren la oportunidad de declararse trans para evitar el mayor factor de riesgo que comportan las prisiones masculinas. Porque, si se aprobara la Ley Trans, cualquier persona, y no sólo las personas transexuales o transgénero, podrían declararse también personas trans y acceder, automáticamente a las cárceles de mujeres, mucho más seguras.
si se aprobara la Ley Trans, cualquier persona, y no sólo las personas transexuales o transgénero, podrían declararse también personas trans y acceder, automáticamente a las cárceles de mujeres, mucho más seguras.
Así, a partir de la promulgación de la mencionada Ley, las instituciones penitenciarias femeninas podrían albergar, además de a las mujeres, no sólo a las personas que se perciben como transfemeninas, por cierto, muchas de ellas sin ningún tipo de cambio hormonal ni físico y por tanto con un sexo masculino plenamente funcional- sino también a otros tres grupos de personas:
- Personas que se declaren transfemeninas pero que, por sus actos delictivos, han demostrado la interiorización de la más misógina socialización masculina. Me refiero a quienes están en la cárcel por todo tipo de violencia machista; sin poder cuestionar o albergar dudas sobre su declaración de identidad o género sentido.
- Hombres que no tengan en su haber actos violentos y que por ello preferirán el refugio de instituciones penitenciarias menos peligrosas que las masculinas.
- Depredadores sexuales que verán la oportunidad, al declararse transfemeninas, de acceder a cárceles de mujeres para seguir delinquiendo.
Y eso es posible porque la propuesta de Ley Trans no pone límite alguno a declararse persona trans ya que no se precisará, para dar validez a esa declaración, ningún tipo de acreditación médica, psicológica, … y ningún tipo de transformación corporal.
En la práctica -bien para que algunos hombres y las personas que se declaren transfemeninas consigan una mayor seguridad personal (aspiración legítima y que debería estar garantizada en nuestro sistema penitenciario), bien para cometer delitos sexuales con relativa impunidad, en lugar de corregir los fallos del sistema, garantizando la seguridad e integridad de cualquier persona encarcelada, lo que puede ocurrir es que se adopte la decisión que, desde un punto de vista androcéntrico, resulta más sencilla y barata: desplazar el peligro de las cárceles de hombres a las de mujeres.
Y todo al amparo de una Ley que impide investigar si esa declaración de sentirse o identificarse mujer es real o un fraude. Porque ¿Cómo demostrar que hay fraude de ley si lo que se legitima es que la base de estas declaraciones identificándose como mujer son de carácter individual y personalísimo? ¿Cómo verificar si esa declaración es cierta o no, si la ley la protege hasta el punto de prohibir investigar médica, psicológicamente o por otros medios las motivaciones de las mismas, bajo multas severísimas?
Por eso, compartiendo sin reservas la necesidad de erradicar la discriminación y el riesgo que sufren las personas trans en las instituciones penitenciarias, y su innegable derecho a no ver comprometida su seguridad e integridad física, lo que considero inadmisible es que todo ello se consiga sobre la base de comprometer la seguridad e integridad física y la intimidad de las mujeres reclusas. Habrá que buscar soluciones, desde luego, pero no a ese coste.
Que sólo unos pocos días después de aprobarse la Ley Trans de la comunidad autónoma canaria ya haya una persona que –en el tribunal que le juzga por asesinato y agresión sexual (un delito que demuestra un machismo exacerbado)- pide ser llamada “Lorena” siendo de sexo masculino, nos demuestra que, aunque quienes promueven la ley nieguen la posibilidad de fraude, este no sólo es posible, sino que puede llegar a ser mucho más frecuente de lo que quieren hacernos creer.
Por otra parte, me pregunto cuántas personas nacidas mujeres pero que se identifican como hombres solicitarán en el futuro entrar en cárceles masculinas. Me temo que ninguna; lo que a mi juicio demuestra que -una y otra vez- de lo que también se trata es de invadir los espacios de seguridad e intimidad femeninos, conseguidos con tanto esfuerzo y que tan fácilmente pueden sernos arrebatados.
Sé que algunas personas se apresurarán a decir que este artículo es tránsfobo. A esas personas les digo que el hecho de que el Feminismo se preocupe por la salvaguarda de los derechos de las mujeres en ningún caso puede ser considerado transfobia.
Por el contrario, considero que alegar transfobia cuando se defienden los derechos de las mujeres no es más que el fruto de la más descarada misoginia.
“Advierto que, Facebook me imputa que mis comentarios infringen sus Normas comunitarias, restringiendo mis publicaciones, no obstante publicar, el suscripto, consideraciones sobre reales situaciones y, por lo tanto, no permitan esta publicación”
a) {Hoy las cárceles suponen un peligro conocido para la seguridad y la integridad física sobre todo de la población reclusa masculina, teniendo especial peligro las personas que se identifican como mujeres trans. A partir de esta realidad no resulta descabellado pensar que, además de estas personas, muchos hombres que deban ingresar en prisión valoren la oportunidad de declararse trans para evitar el mayor factor de riesgo que comportan las prisiones masculinas. Porque, si se aprobara la Ley Trans, cualquier persona, y no sólo las personas transexuales o transgénero, podrían declararse también personas trans y acceder, automáticamente a las cárceles de mujeres, mucho más seguras.}
Pues, semejante nihilismo no es una actitud provisoria de un sector determinado y sectario, todo lo contrario; es la sólida base de la irreversible ambigüedad sexual del perverso varón en su transexualidad.
b) {Sé que algunas personas se apresurarán a decir que este artículo es tránsfobo. A esas personas les digo que el hecho de que el Feminismo se preocupe por la salvaguarda de los derechos de las mujeres en ningún caso puede ser considerado transfobia.}
Pues, en el fondo no hallamos en la ecuménica perversa transexual civilización patriarcal, sino lo que necesita, ni verá más de lo que quiera ver en su irresoluble perversión no sublimada. Y como le falta el criterio de la verdad, le es indiferente la coincidencia con el mundo exterior donde ejecuta su impune y genocida accionar.
Osvaldo Buscaya
Psicoanalítico (Freud)
Aspectos esenciales e inéditos del Siglo XXI
Buenos Aires
Argentina
8/6/2021