¿Desconocimiento o algo peor?

Puri Liétor
Puri Liétor
Psicóloga sanitaria y activista Feminista
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La afirmación de que estamos ante un rearme patriarcal y carecemos de las prometidas Políticas Igualitarias para hacerle frente está basada en sobrados argumentos. La negación de la Violencia Machista (“Todos los grupos políticos salvo Vox ratifican el Pacto de Estado contra la Violencia de Género” 25/11/21), la tibieza a la hora de afrontar la Violencia Institucional (“Justicia e Interior votan en contra de un informe que denuncia violencia institucional contra Juana Rivas”  20/12/21), el peso del sexismo en las estructuras judiciales (“En los tribunales españoles se da un patrón: el testimonio de las madres tiene menos peso que el de los padres”, declaraciones de la Relatora de la ONU  14/12/21), o que aún se pueda equiparar machismo y Feminismo (El decano de los abogados de Madrid, “No tenemos que tener una justicia machista ni feminista”  20/1/22), son muestras inequívocas del abandono de las Políticas Igualitarias que los partidos que se autodenominan progresistas, y que han tenido respondabilidades de gobierno, llevan manteniendo desde hace años y que en la actualidad se han hecho más evidentes que nunca.

La decepción y el hartazgo entre las mujeres Feministas es inmenso y ya no puede ser contenido ni refrenado. Tenemos información, datos, estudios, y análisis de sobra, tenemos expertas Feministas en todas las áreas Académicas y Técnicas, y la conclusión es clara y precisa: vivimos en un “espejismo de igualdad”, las sociedades democráticas son igualitarias en el plano formal pero no en el factual, porque la desigualdad estructural en vez de ser combatida está siendo reforzada. Y la solución para revertir esta situación de injusticia social, que mantiene a las mujeres en situación de subsidiariedad frente a los varones, es la articulación de forma transversal de las reivindicaciones de la Agenda Feminista en los planes de Gobierno, de forma prioritaria.

Lo que está ocurriendo con el Poder Judicial es un claro ejemplo de dejación de funciones, a la hora de implementar las directrices establecidas por la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, aprobada en 2007, que se prolonga desde hace demasiado tiempo.

La Asociación de Mujeres Juristas Themis presentó a mediados del 2021 su II Informe de Coordinación de Parentalidad, elaborado conjuntamente con la Asociación de Psicología y Psicoterapia Feminista y que también cuenta con la colaboración de la experta en Violencia Vicaria Sonia Vaccaro.

Entre sus principales conclusiones destacan la falta de necesidad de la figura del Coordinador de Parentalidad, puesto que ya existen los equipos psicosociales en los Juzgado de Familia, que precisamente están padeciendo grandes carencias de personal y de dotación económica, y es completamente desacertado que se financien públicamente proyectos pilotos para introducir esta figura que carece de regulación legal, y que en el Informe queda patente que tiene una clara vinculación con los principios ideológicos esgrimidos por el Falso Síndrome de Alienación Parental.

En este II Informe de Themis también queda reflejada la valoración sobre un Informe del Consejo General del Poder Judicial sobre Buenas Prácticas en Materia de Custodia Compartida, cuyo contenido es en parte positivo porque aporta elementos de estudio de jurisprudencia y recomendaciones de interés, sin embargo, se aprovecha ese informe para, de manera reiterada, recomendar la introducción de la Coordinación de Parentalidad en los Juzgados sin paso previo por el Legislativo, es decir, estamos ante una imposición de hecho por el Poder Judicial, que se posiciona favorablemente sobre una figura que carece de regulación.

En este II Informe se analizan sentencias incluidas en un lapso de tiempo comprendido entre el 1 de junio de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2020, y en ese tiempo el equipo de expertas que ha realizado el Informe ha encontrado 58 sentencias que mencionan la Coordinación de Parentalidad. Y la finalidad concreta por la que se designa en el 57% de los casos es para garantizar la relación paterno filial, en los supuestos en los que los menores se niegan a tener relación con los padres, y suele coincidir en custodias maternas y con hijas/os que se niegan a ver al padre. Es muy llamativo, por la gravedad que comporta, que en el 13,8% de las sentencias se impone la Coordinación de Parentalidad existiendo un procedimiento por Violencia de Género denunciada, a pesar de que ésto conculca el Convenio de Estambul abiertamente y la observancia del Convenio es obligada para los Operadores Jurídicos en España.

El II Informe también se hace eco de los resultados de la Macroencuesta de Violencia Contra La Mujer, y los datos indican que la mayor parte de la Violencia de Género por parte de la pareja o ex pareja no se denuncia, también muestran que en más del 80% de los casos de Violencia de Género en la pareja había menores de edad, y en el 57% de los casos esa violencia recayó directamente sobre las/os menores o vivieron situaciones de violencia. La mayor parte de estas situaciones de violencia no se denunciaron pero el 77% de las mujeres que las vivieron salieron de la violencia rompiendo la pareja. Estas situaciones de violencia no denunciadas cuyas rupturas van a los Juzgados de Familia no tienen un registro de esa Violencia de Género como tal, y es en muchos de esos casos, según se acredita en el Informe, donde se produce el conflicto cuando hijas/os manifiestan que no quieren ir con el padre por parte de quien han sufrido maltrato o lo han visto aplicar a la madre. Y es en un número cada vez mayor de estos casos en los que se designa la Coordinación de Parentalidad.

El trabajo que se encomienda por parte de los jueces en la mayoría de estas sentencias a los Coordinadores de Parentalidad es lograr la normalización de las relaciones paterno filiales, pero tanto la Asociación de Mujeres Juristas Themis como la Asociación de Psicología y Psicoterapia Feminista abogan por una alternativa, ya que antes de llegar a esta imposición de “derechos paternos”, los jueces deben tener un diagnóstico que explique certeramente por qué se producen esas negativas, y cuentan con los instrumentos para hacerlos, precisamente los gabinetes psicosociales de los Juzgados, que es prioritario que se doten suficientemente, que se fortalezcan, y que cuenten con formación con perspectiva de género para todos los integrantes de estos Gabinetes.

Otro de los instrumentos para los que se reivindica una mejora son los Puntos de Encuentro Familiar, para los que también solicitan formación en Igualdad para todos los integrantes de los equipos multidisciplinares.

La petición que surge de este Informe elaborada por Themis, galardonada con la concesión del premio ICAM al Compromiso con la Igualdad concedido por el Colegio de Abogados de Madrid en 2021, es que deje de utilizarse la Coordinación de Parentalidad y se lleve a cabo, con carácter de urgencia, un estudio en profundidad del Derecho de Familia con perspectiva de Género, porque el Código Civil mantiene reminiscencias del Código Napoleónico, y la desactualización es clamorosa y requiere una revisión con enfoque igualitario.

Así que, señor Decano del Colegio de Abogados de Madrid, José María Alonso, estoy de acuerdo con usted en que necesitamos, “Una justicia que no se incline ni hacia un lado ni hacia el otro”, porque hasta ahora, a pesar de que usted no lo menciona, hay datos suficientes que demuestran que nuestro sistema Judicial está claramente sesgado en beneficio de los varones, por encima de mujeres y niñas/os, y por éso precisamente desde la postura crítica Feminista reclamamos una Justicia Igualitaria.

Señor Decano, el Pensamiento Feminista reclama Igualdad de Derechos, Oportunidades y Responsabilidades entre Mujeres y Hombres, ¿por qué le produce tanta alarma esta reivindicación?. Señor Decano, una sociedad Igualitaria es una sociedad socialmente justa, ¿en qué medida esta reivindicación Feminista pone en peligro la presunción de inocencia?.

 

 

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