¿Es el sexo una realidad biológica o un invento?

Juana Gallego Ayala
Juana Gallego Ayala
Ex profesora de Periodismo en la UAB
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El Tribunal Constitucional tendrá que dictaminar con el precedente de la sentencia de la Corte Suprema británica

El Tribunal Constitucional ha aplazado sin fecha la ponencia que tenía que hacer sobre el recurso de inconstitucionalidad de la llamada “Ley Trans” presentado por el PP. Las razones son las discrepancias que surgieron entre los propios miembros progresistas del Tribunal, entre los que destacaban la oposición de María Luisa Balaguer e Inmaculada Montalbán.  La verdad es que hubiera sido bastante lamentable validar una ley basándose en argumentos tan peregrinos como que: “(La ley trans) no puede entenderse como una discriminación contra las mujeres, en tanto estamos, en todo caso, ante mujeres, por mucho que unas sean mujeres trans y otras no”, según proponía el proyecto del ponente, Juan Carlos Campo, exministro de Justicia en el momento en que se aprobó la ley.  En dicha ponencia también se aceptaba sin ningún tipo de cuestionamiento el concepto “sexo asignado al nacer”. Que un magistrado asuma que hay dos tipos de mujeres, las trans y las que no lo son, o un asignador de sexos, es cuando menos desconcertante.

Quizá también tuvo algo que ver la reciente sentencia de la Corte Suprema de Reino Unido que el 16 de abril dictaminó que cuando se habla de “mujer” en su Ley de Igualdad hay que entender que se refiere al sexo biológico.

Que la mujer es la hembra adulta de la especie humana es una obviedad lo diga Agamenón o su porquero, pero que el Tribunal Supremo de Reino Unido lo dictamine es algo digno de admirar, que diría Tirant Lo Blanch.  Hay que decir que este dictamen estuvo redactado por tres hombres y dos mujeres.

Por razones que no vienen al caso, tuve el enorme privilegio de estar en la sala donde el Juez encargado de presentar el dictamen unánime del alto tribunal leyó la resolución que sostiene que en la Equality Act de 2010, cuando se habla de “mujer” se refiere inequívocamente al sexo biológico. Es un documento de 88 páginas con 268 apartados (Resumen de prensa aquí).

Por qué tal evidencia humana ha tenido que ser defendida por los tribunales es una consecuencia directa de los despropósitos que impulsaron las denominadas “leyes trans”, que en Reino Unido se llama GRA (Gender Recognition Act, 2004, o Certificado de Reconocimiento de Género).

La batalle legal la planteó For Women Scotland cuando el Gobierno escocés quiso modificar el significado de la palabra “mujer” de la Ley de Igualdad para que los varones autoidentificados como mujeres pudiesen contar como mujeres en las listas de paridad o tener acceso a promoción en las empresa u organismos públicos para equilibrar la representación de mujeres y hombres.

De hecho, en Cataluña ocurrió algo semejante cuando La Ley de Violencia de Género (2008) modificó su articulado para que las llamadas “mujeres trans” (varones autoidentificados mujeres) pudieran ser incluidos en la ley. Mientras que el título de la ley de 2008 era “Del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista”, y partía de la premisa de que los derechos de las mujeres eran derechos humanos, la reforma que se hizo en 2020 a instancias de Catalunya en Comú modificó su artículo 2 de la siguiente manera: “Las referencias a las mujeres incluidas en esta ley se entiende que incluye a las niñas y adolescentes y, por tanto, también a las mujeres, niñas y adolescentes transgénero”.  De hecho, también a nivel estatal los varones que han hecho el cambio registral de sexo están protegidos contra la violencia en la pareja, tanto si son víctimas como si son agresores, pues si han efectuado el cambio de sexo en el Registro Civil, según la Ley Trans, son mujeres a todos los efectos, y eso sin haber tenido que modificar la Ley Integral contra la Violencia de Género de 2004. De esta manera, sin debate alguno, sin más objeciones que las que plantearon algunos colectivos feministas (que no prosperaron), y el beneplácito de políticos y medios de comunicación, la voz discrepante de las feministas ha quedado silenciada, cuando no vilipendiada, y las leyes que eliminan la realidad material del sexo biológico, aprobadas.

Pero mientras en Cataluña, en otras Comunidades Autónomas o en España no se ha podido hacer nada para frenar estas leyes, las escocesas han logrado llegar al Tribunal Supremo que en una sentencia que creará precedentes e influirá en lo que se haga a partir de ahora, ha reconocido y dictaminado que las palabras “mujer” “hombre” o “sexo” hacen referencia al sexo biológico, independientemente de que los derechos de las personas con un GRA (Reconocimiento Legal de Género) sean protegidas contra la discriminación.

Este reconocimiento explícito de que el sexo biológico es el que determina la diferencia entre hombres y mujeres tendrá importantes consecuencias, sobre todo las referidas a la protección de los espacios diferenciados por sexos (hospitales, cárceles, vestuarios, asociaciones, lavabos, etc.) pero también en las competiciones deportivas, en las estadísticas, y en la investigación médica y científica. Incluso se llega a poner de relieve la incoherencia que supone que los hombres autoidentificados como mujeres puedan declararse “lesbianas”, siendo esta orientación sexual la de “una hembra sexualmente orientada o atraída hacia otras hembras” (párrafos 204-209). Y en unos párrafos finales conclusivos se afirma que “sexo, hombre o mujer se refiere al sexo biológico, y cualquier otra interpretación haría que la ley de Igualdad fuese incoherente e impracticable para operar” (264-266).

el sexo biológico es el que determina la diferencia entre hombres y mujeres tendrá importantes consecuencias, sobre todo las referidas a la protección de los espacios diferenciados por sexos

Este dictamen es una victoria de todas las personas que defienden que el sexo biológico no es un invento, sino la base sobre la que se ha construido la desigualdad entre hombres y mujeres, y así lo celebraron al salir de la Audiencia Pública donde se leyó la sentencia; pero también es una victoria del sentido común y de la racionalidad, que nunca se debió abandonar.

Las reacciones furibundas en España por parte de algunas destacadas personas “trans” no se hicieron esperar, y algunos medios de comunicación parece que se han visto muy contrariados al ver cómo se cuestiona de forma lógica y ponderada el monumental despropósito que han apoyado sin fisuras.

Esperemos que el Tribunal Constitucional estudie a fondo el dictamen de la Corte Suprema antes de emitir su veredicto, además de considerar todos los argumentos que el feminismo está aportando, que sostiene que lo único que se debería hacer con la Ley Trans es derogarla, o presentar una enmienda a la totalidad.

Cuando se acabe la generosa financiación con que muchos grupos mediáticos, partidos, asociaciones, entidades y grupos se han visto favorecidos para propagar la buena nueva transgenerista, veremos cómo las ratas empiezan a abandonar el barco. Y es que los roedores tienen un fino olfato para anticipar los naufragios.

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