El estudio sobre la APLICACIÓN DE LA LEY INTEGRAL analiza las sentencias absolutorias procedentes de Audiencias Provinciales, situadas en las distintas provincias del territorio nacional, que han sido dictadas bien en trámite de apelación, bien en única instancia.
El motivo de absolución más frecuente –presente en 73 sentencias, el 40,1 por ciento de las absolutorias- es la falta de prueba bastante por constar solo la declaración incriminatoria de la víctima, sin corroboraciones periféricas.
Le siguen la falta absoluta de pruebas -43 sentencias, el 23,6 por ciento- y la absolución por haberse acogido la víctima a la dispensa de no declarar prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal –motivo que aparece en 20 sentencias, el 11 por ciento-.
Los supuestos objeto de estudio se han concretado en :
- a) la absolución por acogerse la víctima a la dispensa de no declarar del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (20 sentencias que constituyen un 11% de las sentencias analizadas);
- b) se prioriza el silencio de la víctima en el Juicio Oral sobre la denuncia inicial (5 sentencias o lo que es lo mismo, un 2,7% de las sentencias analizadas);
- c) retractaciones de la víctima en el Juicio Oral respecto de la anterior denuncia (10 sentencias, esto es, un 5,5% de las sentencias analizadas);
- d) por constar solo la declaración incriminatoria de la víctima, sin corroboraciones periféricas (73 sentencias que constituyen un 40,1% de las sentencias objeto de análisis);
- e) en su caso, por falta absoluta de pruebas (43 sentencias o lo que es igual, el 23,6% de las sentencias estudiadas); y
- f) consideración de la existencia de móviles espurios (14 sentencias, un 7,7% de las sentencias analizadas).