253.000 mujeres y 16.000 hombres con la guarda y custodia exclusiva, fuera de las ayudas de 1.200 €

Redacción Tribuna
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Los padres y madres separados o divorciados que tengan la guarda y custodia en exclusiva de dos hijos, han quedado excluidos de las ayudas de 1.200 euros anuales previstas para todos aquellos contribuyentes que tengan familia numerosa o ascendientes/descendientes discapacitados a su cargo.

Según  los TÉCNICOS E INSPECTORES DE HACIENDA (Gestha)  los contribuyentes separados/as o divorciados/as que tengan dos hijos quedan fuera de la novedad fiscal que trae la Campaña de Renta, de la que, sin embargo, sí pueden beneficiarse las madres solteras o los contribuyentes viudos.

Para tener derecho a la ayuda el padre o madre separado o divorciado debe tener la guarda y custodia no compartida de los dos hijos, pero además es requisito indispensable no tener derecho a percibir anualidades por alimentos del otro progenitor.

Cuadro 1. ¿Qué se considera familia numerosa?

Tipologías de familias numerosas
Uno o dos ascendientes con tres o más hijos
Uno o dos ascendientes con dos hijos, siempre que al menos uno sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar
Dos ascencientes cuando ambos fueran discapacitados o al menos uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos
El padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica y aunque no vivan en el domicilio conyugal
El padre o la madre con dos hijos cuando haya fallecido el otro progenitor
Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador pero no se hallen a su expensa
Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos, si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos

Fuente: Ley de Protección a las Familias Numerosas 40/2003

Gestha  ha aclarado que en la práctica totalidad de las sentencias judiciales que atribuyen en exclusiva la guarda y custodia al padre o a la madre se establece la obligación de pago por alimentos por parte del otro progenitor, lo que supone que los padres o madres divorciados en casi ningún caso tendrán derecho a la ayuda, incluso aunque no estén cobrando las anualidades por alimentos por impago del otro progenitor, ya que simplemente por tener derecho a percibirlas no podrán gozar de la deducción.

Estas ayudas están dentro de lo que se denomina impuestos negativos, es decir, devoluciones que realiza Hacienda sin haberse realizado una retención previa. Para percibirlas, los contribuyentes pueden haberlas cobrado anticipadamente de forma mensual, con lo que habrían recibido 100 euros al mes o 200 euros si son familias numerosas especiales (aquellas con cinco o más hijos), o esperar a realizar la declaración de la renta y cobrarlas como deducción en la cuota diferencial.

Las mujeres, más perjudicadas 

En España se contabilizan alrededor de 337.000 hogares monoparentales con dos hijos menores y, en una aproximación numérica, esta letra pequeña que esconde la reforma fiscal perjudica más a las madres separadas o divorciadas que a los padres. Según datos del INE, en el 73,1% de las separaciones que se realizaron en 2014 la custodia de los hijos menores correspondió a la mujer, frente al 21,2% de las custodias compartidas y el 5,3% de las custodias asignadas al varón.

De este modo, se puede estimar en 253.000 las madres separadas o divorciadas con hijos menores que se quedarían sin la ayuda de 1.200 euros al año, lo que supone un nuevo jarro de agua fría para las mujeres, que actualmente cobran de media 4.620 euros menos que los hombres, según los datos de Gestha. Además, según los Técnicos de Hacienda, el pago de las anualidades por alimentos suele estar por debajo de los 200 euros por hijo, lo que endurece aún más la situación.

A esta exclusión de las mujeres habría que añadir a 16.000 hombres que tienen la guarda y custodia en exclusiva y que tampoco podrán beneficiarse de esta ayuda.

Cuadro 2. Radiografía de los hogares españoles sin acceso a las ayudas

Comunidades autónomas Hogares con padre o madre que convive con dos hijos menores de 25 años
Andalucía 66.832
Aragón 8.922
Asturias 5.453
Baleares 8.672
Canarias 19.120
Cantabria 4.292
Castilla y León 15.403
Castilla La Mancha 13.532
Cataluña 54.432
Comunidad Valenciana 38.440
Extremadura 6.793
Galicia 14.279
Madrid 47.754
Murcia 10.468
Navarra 4.257
País Vasco 14.750
La Rioja 2.556
TOTAL 337.269

Fuente: INE

Los parados sin prestaciones también quedan fuera de las ayudas

Por otra parte, las personas sin ingresos y las desempleadas que hayan agotado todas las prestaciones están excluidas de estas ayudas fiscales por familia numerosa o discapacidad, lo cual, según Gestha, es un contrasentido, ya que no se favorece a quienes más las necesitan, máxime en un momento en el que en España hay 1,57 millones de hogares con todos sus miembros en paro.

Los Técnicos de Hacienda solicitan al próximo gobierno entrante que apruebe una norma retroactiva que permita a estos padres y madres separados percibir estas ayudas que por lógica les corresponderían. Al mismo tiempo, piden que no se paralice ninguna devolución de renta ni se realice ningún requerimiento fiscal por esta circunstancia hasta que no se constituya un nuevo Ejecutivo que pueda adoptar una decisión firme al respecto.

Finalmente, el colectivo pide a las administraciones que las ayudas sociales se paguen solo a quienes realmente lo necesiten según el nivel de ingresos que tengan para evitar estas situaciones de desequilibrio que caracterizan al sistema fiscal español.

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