El Tribunal Supremo ha dictado sentencia y anula el nombramiento como presidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de Miguel Pasqual del Riquelme, acordado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial el 29 de enero de 2015; la sentencia resuelve así la denuncia de la segunda en el puesto, Pilar Alonso Saura, y que contaba con más méritos.
La sentencia, notificada este martes y con 105 páginas, manifiesta que hubo discriminación de sexo, y afirma que «Es verdad que el criterio de la preferencia de las mujeres a igualdad de méritos no opera con rígido automatismo como una norma universal (…) pero sí como un principio rector de la decisión que exige que se expliquen cumplidamente (…) las razones por las que se prescinde causísticamente de esta regla y se elige finalmente a un aspirante varón”.
Por 18 votos a 15, los magistrados han declarado nulo el nombramiento al entender que su motivación fue insuficiente o defectuosa, y añaden ahora en la sentencia la discriminación por sexo. La sentencia, que argumenta la resolución tomada el pasado 4 de abril, anula el acuerdo, exige actuaciones retroactivas y cancela el nombramiento de Miguel Pasqual del Riquelme.
La carrera judicial había criticado duramente la resolución que dejaba a Alonso en segundo lugar, argumentando que se trata de “una magistrada mucho más experimentada”, algo que se reconoce en la sentencia, refiriendo a los más de 23 años de carrera de Alonso.
El Alto Tribunal insiste también en la importancia de “impulsar y desarrollar políticas que favorezcan la promoción de las mujeres con méritos y capacidad en los procesos de nombramiento de cargos gubernativos de la Carrera Judicial”, destacando que “cuando concurran varios candidatos con similares méritos se procurará facilitar el nombramiento de mujeres para estos puestos».
Les va a ser difícil justificar la ‘igualdad de méritos, ya que ella tenía muchos más, ‘está situada en el escalafón de la carrera judicial 1.160 puestos por encima del hombre nombrado’ y le supera con diferencia en los tres primeros criterios-en uno infinitamente, 23 contra 0 años-, según un escrito de sus compañeros que vi en su momento publicado aquí: http://www.elmundo.es/…/06/54f96849ca47415c398b456e.html