En 2003, los profesores Inglehart y Norris llamaban la atención sobre el hecho de que a lo largo del siglo XX muchas mujeres en distintas regiones del mundo habían experimentado una mejora en la igualdad en relación a los hombres en sus entornos familiares y laborales. Los procesos de modernización afectaban a las actitudes hacia la igualdad de género. Esta transformación propiciaba la organización del movimiento feminista y la movilización de grupos defensores de la igualdad, además del apoyo ciudadano a políticas de refuerzo de este cambio cultural. Durante la primera década del siglo XXI, observando solo la evolución de los datos de igualdad de género en la UE, me pregunto si la tendencia global hacia una mayor igualdad sufre una ralentización coyuntural o más bien nos encontramos ya en el camino de vuelta hacia mayores cotas de desigualdad.
Gracias a la movilización de los grupos feministas y de otras organizaciones de interés público defensoras de la igualdad, el impulso a estos grupos por parte de la Comisión y el Parlamento Europeos y la propia labor de las instituciones europeas como emprendedoras normativas, no solo han aumentado las referencias a la igualdad de género en los Tratados de la Unión y se ha ampliado el concepto de igualdad entre hombres y mujeres sino que también ha crecido la variedad de las actuaciones a escala europea para la promoción de la igualdad.
La naturaleza de la acción de la UE ha sido necesariamente diversa. Pues, mientras en algunos asuntos relacionados con la igualdad de género, como las condiciones en el lugar de trabajo o los requisitos para recibir financiación del presupuesto de la UE, la Unión detenta amplias competencias y puede legislar bajo el método comunitario, en otros temas únicamente cuenta con el recurso al método abierto de coordinación, y por tanto la posibilidad de emitir orientaciones y recomendaciones a los Estados.[1]
Se debe subrayar que el tamaño del presupuesto de la UE, que representa únicamente el 2,5% del gasto público total, impide desarrollar a escala europea programas de gasto, como los relativos a servicios de guardería, atención a personas dependientes o apoyo a víctimas de violencia de género, que parecen ineludibles para conseguir la igualdad real. Además, el Pacto de Estabilidad y Crecimiento y las llamadas políticas de austeridad han impuesto restricciones a la capacidad de gasto de los Estados que en muchos casos han derivado en recortes en políticas sociales relevantes para la igualdad. Así, a pesar de la complicidad de instituciones europeas como la Comisión o el Parlamento, el reconocimiento en los Tratados y el número de actividades desarrolladas por la Unión para favorecer la igualdad para las mujeres, la política de género de la UE en el momento actual resulta insuficiente para mantener la progresión hacia mayores cotas de igualdad.
A pesar de la complicidad de instituciones europeas como la Comisión o el Parlamento, el reconocimiento en los Tratados y el número de actividades desarrolladas por la Unión para favorecer la igualdad para las mujeres, la política de género de la UE en el momento actual resulta insuficiente para mantener la progresión hacia mayores cotas de igualdad.
En 2013, el Instituto Europeo de Igualdad de Género puso en marcha el índice europeo de igualdad previsto en el documento estratégico sobre igualdad entre hombres y mujeres del período 2010 (Comisión Europea, 2006). Desde 2015, este índice cuenta con puntuaciones para 2005, 2010 y 2012, con lo que por primera vez es posible realizar un análisis diacrónico para la Unión y sobre cada Estado miembro. Destaco tres resultados. En primer lugar, el objetivo de igualdad para las mujeres en la UE está muy lejos de lograrse. Siendo 100 la plena igualdad, el índice en 2012 se sitúa en 52,9. En segundo lugar, los avances de 2005 a 2012 son muy modestos. En estos siete años, la progresión en el índice ha sido de tan solo 1,6 puntos para el conjunto de la UE (51,3 en 2005; 52,9 en 2012). En tercer lugar, de 2005 a 2012 se producen retrocesos en el camino hacia la igualdad real en varios Estados.
El gráfico 1 ilustra las diferencias en igualdad entre los Estados miembros. Se distinguen tres grandes grupos de países en relación a la igualdad. Los líderes son solo 4 países nórdicos. Los intermedios suman 8. El grupo más numeroso es el de los rezagados, compuesto por 15 de los 28. Mientras que los primeros presentan puntuaciones próximas a 70 sobre 100 [Suecia (74,2), Finlandia (72,7), Dinamarca (70,9) y Países Bajos (68,5)], los rezagados, entre los que se encuentran todos los países de las ampliaciones habidas desde 2004 inclusive y los mediterráneos salvo España, puntúan por debajo de 50, entre 50 y 30. Al grupo intermedio, que oscila entre 60 y 50, pertenecen: Bélgica (58,2), Reino Unido (58), Eslovenia (57,5), Irlanda (56,5), Francia (55,7), Alemania (55,3), Luxemburgo (55,2), España (53,6) y Austria (50,2).
El gráfico 2, por su parte, refleja los cambios en el índice de igualdad por Estado. Desde 2005, llama la atención el contraste entre países que avanzan notablemente, como Italia, Irlanda o Alemania, y Estados miembros que retroceden significativamente, como Eslovaquia, el Reino Unido o Bulgaria.
Empleando los criterios avance/retroceso desde 2005 y avance/retroceso en los dos últimos años para los que tenemos datos (2010-2012), clasifico a los 28 en 4 tipos: Estados en los que se avanza hacia la igualdad desde 2005; países en los que se progresa a partir de 2005, pero se retrocede en los últimos años, de 2010 a 2012; Estados miembros en los que se retrocede desde 2005, aunque se avanza de 2010 a 2012; y países en los que se retrocede a partir de 2005, como muestro a continuación en la tabla.
Véase como 20 de los 28 mejoran en igualdad de género desde 2005. También, que 8 de estos 20 tienen dificultades a partir de 2010 para mantener el nivel alcanzado. Entre ellos, dos de los países líderes, Suecia y Holanda, así como España, Grecia y Portugal. Obsérvese igualmente cómo entre los Estados que retroceden de 2005 a 2012, se hallan Dinamarca y el Reino Unido, países con puntuaciones elevadas todavía en 2012, y también Estados como Rumanía, Eslovaquia y Lituania, en el vagón de cola de la igualdad.
En conclusión, aunque las instituciones de la Unión han adoptado y contribuido a difundir un marco favorable a la igualdad de género en la elaboración de políticas, los datos de igualdad entre hombres y mujeres no solo nunca han resultado satisfactorios sino que han empezado a evolucionar de forma inquietante. Las últimas puntuaciones del índice europeo confirman la lejanía del objetivo de plena igualdad en la UE, la ralentización de la marcha hacia la igualdad de género, y cómo la desigualdad entre hombres y mujeres crece desde 2005 en varios Estados miembros ¿Hemos iniciado el camino de vuelta hacia mayores cotas de desigualdad de género? ¿Cómo podemos reaccionar? Con un presupuesto de la UE pequeño y limitadas competencias de las instituciones supranacionales en materia de sanidad, educación o bienestar social, la igualdad para las mujeres no llegará a través de acciones a escala europea.
Las últimas puntuaciones del índice europeo confirman la lejanía del objetivo de plena igualdad en la UE, la ralentización de la marcha hacia la igualdad de género, y cómo la desigualdad entre hombres y mujeres crece.
Para impedir la consolidación de una tendencia regresiva en materia de igualdad de género cabe plantear una actualización de los instrumentos y del propio marco de las políticas de igualdad, así como reivindicar la permanente centralidad de este objetivo en la agenda política europea en todos los niveles de toma de decisiones, mantener la actividad de las organizaciones de mujeres, y acrecentar las actuaciones públicas y privadas de refuerzo de valores y actitudes favorables a la igualdad.
[1] Si consultamos la palabra “mujer” en el buscador de actos de la UE EUR-Lex, encontramos 666 Reglamentos, 93 Directivas y 753 decisiones, del mismo modo que 637 opiniones y 151 recomendaciones. Además, si repasamos el orden del día de las reuniones de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género del Parlamento Europeo, nos hallamos con temas tanto de competencia exclusiva como compartida de la Unión e incluso exclusiva de los Estados, como violencia de género.
Conviene tener en cuenta no obstante que en un ámbito tan condicionado por factores de índole cultural las decisiones europeas adoptadas bajo el método abierto de coordinación pueden llegar a influir en la elaboración de políticas a nivel estatal tanto como las tomadas bajo el método comunitario. El impacto territorial de las leyes de la UE variará en función de la cultura y las instituciones estatales, y las recomendaciones y orientaciones pueden influir sobre las ideas de forma similar a las directivas y reglamentos.
Referencias
Comisión Europea (2006). Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones – Plan de trabajo para la igualdad entre las mujeres y los hombres 2006-2010 [SEC(2006) 275] [COM(2006) 92 final]
Comisión Europea (2010). Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones – Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres 2010-2015 [SEC(2010) 1079 SEC(2010) 1080] [COM(2010) 491 final]
Inglehart, R. y P. Norris (2003). Rising tide: gender equality and cultural change around the world. Cambridge, New York: Cambridge University Press.
Instituto Europeo de Igualdad de Género (2015). Gender Equality Index 2015 – measuring gender equality in the European Union 2005-2012. Disponible en http://eige.europa.eu/rdc/eige-publications/gender-equality-index-2015-measuring-gender-equality-european-union-2005-2012-report, 08/10/2015.