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El Artículo 16 pide a los Estados Partes asegurar que «los esponsales y el matrimonio de niños y niñas no tendrán ningún efecto jurídico, y todas las medidas necesarias, incluso de carácter legislativo, deberán tomarse para fijar una edad mínima para el matrimonio …» y garantizar «en la una base de igualdad entre hombres y mujeres. Se incluyen:
-El mismo derecho para contraer matrimonio;
-El mismo derecho para elegir libremente cónyuge y contraer matrimonio sólo por su libre albedrío y su pleno consentimiento;
-Los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y en caso de disolución…
El matrimonio de menores de 18 años es ampliamente reconocido por tener impactos adversos desproporcionados en las niñas y su futura descendencia. La Declaración de Beijing y la Plataforma de Acción pide a los gobiernos que establezcan disposiciones legislativas para legislar la edad mínima de matrimonio y eliminar la discriminación contra la niña. Desde la Declaración de Beijing y la Plataforma de Acción de
1995, el porcentaje de países que permitan a las niñas casarse antes de los 18 años con consentimiento paterno ha ido disminuyendo. En los países de bajos y medianos ingresos de los que se dispone datos en el periodo 1995-2013, esta cifra se redujo de 80% en 1995 al 56% en 2013.
Sin embargo, siguen existiendo importantes desafíos en términos de las disparidades de género generalizadas en mínimos edad de las leyes de matrimonio en todo el mundo y excepciones a las leyes de edad mínima que facilitan el matrimonio temprano. Sesenta y un países (31%) a nivel mundial permiten legalmente a las niñas casarse (con el permiso de los padres) siendo más jóvenes que los varones. Niñas y adolescentes pueden casarse legalmente por debajo de la edad de 18 años en 23 países de todo el mundo.
Cuando a estas excepciones se le incluye la edad mínima basada en la autorización de los padres, ese número se eleva a 101 países.
Como la mayoría de los matrimonios infantiles se producen con el permiso y la participación de los padres, estas excepciones minan seriamente las protecciones establecidas en las leyes de los países.
Por otra parte, las niñas de 33 países pueden ser legalmente casadas por debajo de la edad de 18 años en virtud de leyes religiosas o aceptación de costumbres que excepcionarían la edad mínima que estipula el derecho civil de sus países.
Estas leyes paralelas debilitan la protección del derecho civil y exponen a las niñas en particular al matrimonio infantil. Con el fin de poner fin al matrimonio infantil, se deben eliminar las excepciones de la ley en la edad mínima para el matrimonio, y deben adecuarse las leyes y su cumplimiento a las acordadas a nivel internacional según los derechos humanos estándares.
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