La dimensión del acoso sexual en espacios públicos en América Latina

Redacción Tribuna
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Según el informe Otras formas de violencia contra las mujeres que reconocer, nombrar y visibilizar, realizado por Natalia Gherardi y publicado por CEPAL, el acoso sexual en espacios públicos es una cuestión que requiere aún visibilidad y denuncia pública.
Si la información sobre acoso sexual en ámbitos laborales y educativos es escasa, la que se produce en espacios públicos, incluyendo medios de transporte, es apenas incipiente. No porque no se registren numerosas experiencias de acoso sexual en la vía pública y en el transporte. Por el contrario, lo masivo de su práctica ha generado interesantes iniciativas desde la sociedad civil y referentes sociales como la impulsada en México para que, con el hashtag #MiPrimerAcoso, las mujeres pusieran voz al relato de la primer situación de acoso sexual que hubieran vivido en sus vidas. A los pocos días de su lanzamiento, el hashtag acumuló más de cien mil testimonios en la forma de tuit.
En la ciudad de Lima, por ejemplo, una campaña similar llama a detener los casos de acoso sexual callejero a partir de estrategias de investigación, comunicación e incidencia. En Bogotá, el problema de la violencia sexual y acoso en los medios de transporte se hizo visible como un tema relevante de la agenda pública cuando se divulgó a comienzos de 2014 la existencia de un sitio web que difundía videos e imágenes de acosos y abusos capturados por los mismos agresores.
En un estudio reciente en cuatro capitales de América Latina: Bogotá, México, Lima y Santiago de Chile, se pusieron de manifiesto las altas tasas de acoso sexual en estos espacios.

Ciudad de México

En la ciudad de México, la Quinta Encuesta sobre violencia contra mujeres en el transporte público realizada en 2008 por iniciativa de la Dirección General Adjunta de Estudios, Legislación y Políticas Públicas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, fue aplicada a una muestra representativa de usuarios y usuarias del transporte público en los tres Centros de Transferencia Multimodal más concurridos de la Ciudad de México: Indios Verdes, Pantitlán y Taxqueña.
El estudio permitió actualizar la información sobre la dimensión del fenómeno del acoso sexual en el transporte público en la ciudad (Zermeño y Plácido, 2009), que se puede sintetizar en los siguientes datos:
-A lo largo de su vida, 9 de cada 10 mujeres han sufrido alguna de las formas de violencia
sexual reveladas en la encuesta.

-En el último año, las experiencias de acoso o abuso en el transporte público alcanzó a 8 de cada 10 mujeres, de las cuales el 43% asegura haber padecido al menos cuatro experiencias de violencia durante ese año.

-La mayoría de las mujeres que sufren situaciones de acoso o abuso son jóvenes o adultas jóvenes.

-Cerca del 30% de las mujeres que vivió una situación de violencia refirieron haber sido amenazadas de ser objeto de un ataque sexual durante el transcurso del viaje en transporte público; mientras que el 15% de las mujeres señalaron haber sido perseguidas por hombres para atacarlas sexualmente.

-La mayoría de las mujeres violentadas no denuncian los ataques, desconfían de las autoridades y no las buscan para pedir auxilio o protección. Por el contrario, se defienden solas o generan estrategias para protegerse.

Según los estudios realizados en la ciudad de México, a lo largo de la vida los hombres han padecido en promedio 1,4 tipos diferentes de situaciones de violencia sexual en el transporte público, mientras que las mujeres han sufrido en promedio 4, 4 tipos de agresiones. Al indagar sobre los últimos 12 meses la relación es similar: los varones vivieron en promedio 1,3 tipos de agresiones sexuales, mientras que las mujeres sufrieron 3,3 tipos de agresiones.

Chile

El fenómeno de la violencia sexual en el transporte público comenzó a estudiarse en otras ciudades. En Chile, un estudio exploratorio realizado por el Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM) en 2012 se propuso medir la prevalencia del acoso y abuso sexual en lugares públicos y medios de transporte colectivo en las zonas urbanas de la región metropolitana de Santiago. La indagación fue un primer acercamiento del fenómeno, con el objetivo de visibilizar y sensibilizar respecto a aquellas formas de agresión sexual que, consideradas aisladamente, aparecen como sutiles y casi imperceptibles pero que, analizadas en conjunto, dejan entrever las dinámicas cotidianas que “constituyen una barrera para la libertad de las mujeres en la ciudad” (SERNAM, 2012:5).

Perú

En Perú, el Instituto de Opinión Pública de la Pontificia Universidad Católica del Perú realizó un estudio en marzo de 2013, que aborda no solo el acoso en el transporte público sino el acoso callejero en términos más amplios (Macassi, 2013). Allí se documentó que el grupo de mujeres más afectado por la violencia en espacios públicos son las jóvenes (entre 18 y 29 años), y que a nivel nacional 7 de cada 10 mujeres entrevistadas en ese grupo de edad declaró haber sufrido al menos una modalidad de acoso sexual callejero en los últimos seis meses.
En la región Metropolitana de Lima, esa relación aumenta a 9 de cada 10 mujeres. De acuerdo con este relevamiento, la conducta de acoso más frecuente es la de recibir miradas persistentes (62,3% entre las mujeres de 18 a 29 años, y 38,1% en las mujeres de entre 30 y 44 años). Entre las mujeres más jóvenes, el 23,2% fueron sometidas a roces incómodos y el 8,2% fue tocada o manoseada sin su consentimiento. Otras conductas naturalizadas socialmente como los silbidos, miradas incómodas y ruidos de besos afecta también a mujeres de mayor edad (45 años o más), aunque entre las mujeres más jóvenes estas acciones afectan al 50% de las mujeres.

En la región Metropolitana de Lima, 9 de cada 10 mujeres declaró haber sufrido al menos una modalidad de acoso sexual callejero en los últimos seis meses

El acoso sexual en el transporte y en los espacios públicos tiene un fuerte impacto en las posibilidades de las mujeres de desarrollarse con libertad, ya que limita el ejercicio de otros derechos y restringe de un modo cotidiano sus oportunidades de desarrollo.
«El temor de las mujeres a transitar libremente por la ciudad produce una suerte de “extrañamiento” respecto del espacio en que circulan, al uso y disfrute del mismo. En tales circunstancias, algunas mujeres desarrollan estrategias individuales o colectivas que les permiten superar los obstáculos para usar las ciudades y participar de la vida social, laboral o política En otros casos, simplemente se produce un proceso de retraimiento del espacio público, el cual se vive como amenazante, llegando incluso hasta el abandono del mismo, con el consiguiente empobrecimiento personal y social» (Falú, 2009).

Políticas públicas para abordar este problema

nomellamo_portadaLa extensión del fenómeno de la violencia sexual y el acoso en espacios públicos representado en experiencias cotidianas determinó algunas respuestas desde la formulación de políticas públicas de transporte. El estudio de Rozas Balbotín y Salazar Arredondo (2015) documentó las experiencias implementadas en las ciudades de Bogotá, México, Lima y Santiago de Chile, señalando sus características y extensión.
En ocasiones, se trata de estrategias dirigidas al “autocuidado de la mujer” recurriendo a estrategias que proponen la creación de espacios separados para mujeres y mecanismos de vigilancia activa que, sin embargo, no necesariamente se inscriben en el marco de una política más amplia dirigida a abordar el problema estructural que le da origen. Según el relevamiento de Rozas Balbotín y Salazar Arredondo (2015), hay evaluaciones críticas de los programas implementados en la Ciudad de México, en tanto que no han logrado disminuir las situaciones de acoso y violencia sexual, pero sí han disminuido la cantidad de denuncias. Sin embargo, otras evaluaciones referidas señalan que se trata de iniciativas valoradas por las mujeres.
Para dar respuesta a la demanda social por la extensión del fenómeno, Perú sancionó en marzo de 2015 la Ley 30.314 para Prevenir y Sancionar el Acoso Sexual en Espacios Públicos. Esta norma define el acoso sexual en espacios públicos como la “conducta física o verbal, de naturaleza o connotación sexual, realizada por una o mas personas en contra de otra u otras, quienes no desean o rechazan estas conductas por considerar que afectan su dignidad, sus derechos fundamentales como la libertad, la integridad y el libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo en los espacios públicos”.
Es llamativo que la definición parece incluir la condición del rechazo por parte de las víctimas para que se considere configurada la situación de acoso sexual. Esta calificación de la conducta de la persona agredida podría eventualmente generar dificultades en la aplicación de la norma en la medida en que se interprete en el sentido de requerir cierta oposición o reacción activa por parte de ésta. En ese sentido, al establecer los elementos para que se configure el acto de acoso sexual en espacios públicos, se requiere que se trate de un acto de naturaleza o connotación sexual en el que se registre el rechazo expreso del acto de naturaleza o connotación sexual por parte de la víctima, salvo que las circunstancias
del caso le impidan expresarlo o se traten de menores de edad.
La ley establece las conductas que constituyen acoso sexual en espacios públicos: actos de naturaleza sexual, verbal o gestual, comentarios e insinuaciones de carácter sexual, gestos obscenos que resulten insoportables, hostiles, humillantes u ofensivos, tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo o masturbación en el transporte o lugares públicos, exhibicionismo o mostrar los genitales en el transporte o lugares públicos.
Además, la norma establece un mecanismo de denuncias y sanciones contra quienes cometen actos de acoso sexual callejero contra mujeres, adolescentes y niños/as, enfrentando penas de entre 3 y 12 años. Sin embargo, la aplicación del capítulo referido a las penas fue dejada en suspenso sujeto a la revisión integral de la legislación penal. Sin perjuicio de ello, en julio de 2016 la Dirección Ejecutiva del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables del Perú aprobó el Protocolo de los Centros de Emergencia Mujer para la Atención de Casos de Acoso Sexual en Espacios Públicos, en el marco del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual (Resolución 032-2016-MIMP-PNCVES-DE) que clarifica el enfoque, principios y objetivos que deben encuadrar el trabajo de acompañamiento y atención de las mujeres que sufran acoso sexual en espacios públicos.
En los espacios públicos las políticas dirigidas a la prevención y erradicación de las distintas formas de violencia contra las mujeres enfrentan un desafío particular. Se trata de desafiar prácticas tan extendidas y arraigadas como naturalizadas, por mujeres y varones. Las campañas de difusión general deberán marcar el ritmo para desnaturalizar estas prácticas, problematizar las diferencias de género en el uso del espacio público, de los modos de tomar la palabra y de transitar por las oportunidades de educación, empleo, en diversos ámbitos urbanos. Las regulaciones específicas podrán contribuir a ese proceso difundiendo y promoviendo la producción de información, estableciendo mecanismos de denuncia y sobre todo formas de reparación que respondan a las expectativas de las niñas, adolescentes y mujeres involucradas, al mismo tiempo que aporten a la transformación del problema estructural que le da origen.
 
 

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