Los comités de bioética valencianos ya no tienen obligación de incluir a religiosos

Redacción Tribuna
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  • A partir de la orden 8/2016 aprobada por la Consellería, se valorará el “prestigio y la autoridad moral, profesional y científica”.

La Conselleria de Sanidad de Valencia aprobaba el pasado 23 de noviembre la orden 8/2016 por la cual se regulan los comités de bioética asistencial en el ámbito de los departamentos de Salud, dejando relegados de los mismos a las «personas encargadas de la asistencia religiosa», al contrario de lo que pedía el Arzobispado de Valencia en una alegación enviada el mes pasado.
Estos comités son los encargados de asesorar en cuestiones de asistencia sanitaria que puedan entrar en conflicto en los distintos departamentos de salud; su opinión no es vinculante pero sí decisiva.
La Conselleria señala ahora la importancia de que quienes formen parte de estos comités tengan una «prestigio y autoridad moral, profesional y científica» y deja fuera las cuestiones religiosas y privadas de cada pacientes: «sin suplantar la responsabilidad de las personas que tienen que tomar las decisiones, (estos comités deben) ofrecer recomendaciones que sean fruto, tanto de su experiencia profesional y científica, como de su formación en ética médica y vengan garantizadas por la deliberación colegial de sus miembros, protegiendo y valorando de este modo, los derechos de pacientes y profesionales, asesorando en la adopción de decisiones complejas. Se trata de foros interdisciplinares que atenderán aquellas situaciones que se puedan plantear en el entorno sanitario, en las que se haga necesaria la emisión de una recomendación, formulada desde el prestigio y la autoridad moral, profesional y científica de sus miembros».

Comités paritarios

Entre las recomendaciones para conformar los comités se señala la idoneidad de «una presencia paritaria de mujeres y hombres, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 9/2003, de 2 de abril de la Generalitat para la igualdad entre hombres y mujeres».
 
 

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