Reconocido el derecho a cobrar las guardias de los periodos de baja por riesgo durante el embarazo

Redacción Tribuna
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Un juez reconoce el derecho de una médica a cobrar las guardias de los periodos de baja por riesgo durante el embarazo y tras dar a luz

  • En la sentencia se les reconoce a las mujeres que trabajan en la sanidad pública el derecho a cobrar el complemento retributivo de las guardias en las situaciones de baja temporal por embarazo de riesgo y maternidades

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Ourense ha estimado el recurso de una doctora especialista del hospital público de la ciudad a quien el Sergas rechazó abonar las guardias correspondientes a los periodos en que estuvo de baja por riesgo durante el embarazo y después de dar a luz.

Su legítima decisión de ser madre se encontraría limitada y desincentivada, de manera muy significativa, por la pérdida de una buena parte de sus retribuciones. Dilema en el que nunca se hallarían sus compañeros varones.

Afirma el magistrado en la resolución que es «evidente que si a una facultativa especialista, como es el caso, por la única razón de su embarazo y parto se le priva de un concepto retributivo tan relevante como el de las “guardias” que habitualmente realiza y percibe, se le está causando una discriminación por razón de sexo» (art. 14.1 CE).

 

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