I Foro social de mujeres con discapacidad

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Asociación Española de Mujeres Profesionales de los Medios de Comunicación
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La vicepresidenta ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres, Ana Peláez, ha señalado este miércoles durante su intervención en el ‘I Congreso nacional del derecho de la discapacidad’, que se celebró del 15 al 17 de noviembre en el Centro de Congresos Ciutat d’Elx, que “es necesario derogar cualquier ley que impida que las mujeres y niñas con discapacidad podamos disfrutar plenamente de nuestros derechos y libertades”.
La responsable de la FCM ha enumerado las principales situaciones discriminatorias que sufren todavía las mujeres y niñas con discapacidad, como las esterilizaciones forzosas. “Más de 100 mujeres al año se incapacitan legalmente en España, generalmente para perpetrar contra ellas la esterilización, no solamente de su capacidad reproductiva, sino la esterilización de sus derechos civiles y políticos”, ha denunciado.
Así, ha lamentado que en ocasiones “cueste tanto” que se atiendan las reivindicaciones y necesidades específicas de las mujeres y niñas con discapacidad, incluso en el seno del propio movimiento de la discapacidad.
Mientras, Leonor Lidón, profesora de la Universidad Católica de Valencia y exdelegada del CERMI para la Convención de Naciones Unidas de los Derechos de las Personas con Discapacidad, ha hecho un análisis de los principales puntos de este tratado internacional y su importancia en la mejora del ejercicio de derechos para las personas con discapacidad y sus familias.
“La autonomía es la capacidad de tomar decisiones con los apoyos necesarios. Para la Convención, existe discriminación siempre que se da una discriminación en el ejercicio de cualquier derecho”, ha agregado esta experta, que ha criticado que todavía existan 100.000 personas con discapacidad que por ejemplo no tengan reconocido el derecho al voto.
Accesibilidad y ajustes razonables
Por otro lado, el congreso ha acogido una ponencia de Óscar Moral, asesor jurídico del CERMI Estatal, que bajo el título ‘la discapacidad como situación fáctica y como hecho jurídico. Noción legal y administrativa de discapacidad’, ha servido para recordar la discriminación a la que ha estado sometido históricamente el grupo social de las personas con discapacidad, como evidencian las diferentes denominaciones que se le han otorgado. En todo caso, ha celebrado el “cambio radical” que está suponiendo el hecho de que se haya empezado a observar la discapacidad desde un prisma de derechos sociales y no desde un punto de vista médico o de limitaciones.
“Este nuevo modelo afortunadamente ya está plasmado en nuestra normativa, gracias a la Ley de Derechos e Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad. Las personas con discapacidad no tenemos un problema, sino que en todo caso, el problema está en el entorno”, ha destacado.
A renglón seguido, Rafael de Asís, catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid, ha centrado su intervención en la accesibilidad universal y los ajustes razonables. Así, ha explicado que los ajustes razonables se ponen en marcha cuando ha fracasado en primer término el diseño para todas las personas, y en segundo, las medidas de accesibilidad universal.
Como ejemplo de falta de accesibilidad ha citado las dificultades de acceso al mercado laboral que sufren las personas con discapacidad. “El contenido esencial de los derechos tiene que ver también con aquello que lo hace practicable”, ha expuesto este experto, insistiendo en la importancia de la accesibilidad para las personas con discapacidad.
Además, ha enumerado algunos ejemplos de discriminación que sigue admitiendo el ordenamiento jurídico español, como la privación del derecho al voto por razón de discapacidad intelectual, enfermedad mental o deterioro cognitivo y la práctica de esterilizaciones forzosas, que especialmente sufren las mujeres y niñas con discapacidad.
Juan Manuel Fernández, vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ha ensalzado la labor de la Justicia en la promoción de los derechos de las personas con discapacidad y ha explicado que “si bien no es admisible” la falta de compromiso de algún juez en concreto, en general, su acción ha producido “importantes avances” en esta materia. Del mismo modo, ha recordado que la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad es de obligado cumplimiento por los estados que han ratificado este tratado, como es el caso de España.

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