Las trabajadoras del Servicio 016, a la vista de los graves hechos que constan en este momento en relación al proceso de contratación del Servicio 016, y en respuesta al comunicado de la DGVG recibido por correo electrónico en la mañana de ayer, 6 de junio de 2018
COMUNICAN:
1.- Que desde el inicio de este proceso, en todo momento la voluntad de las trabajadoras ha sido y es garantizar la prestación del Servicio 016 de información y asesoramiento jurídico a las víctimas de violencia de género con la profesionalidad y calidad con que viene haciéndose desde la creación de este servicio en el año 2007, en cumplimiento de la LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
2.- Que la DGVG ha comunicado oficialmente el 5 de junio de 2018 que «en el momento actual se está desarrollando el procedimiento para la formalización del contrato» relacionado con cel proceso administrativo de licitación para la prestación del Servicio 016. Dado que en la Plataforma de Contratación del Sector Público consta publicado el 20 de abril de 2018 el Acuerdo de Contratación de 13 de abril de 2018 relacionado con dicho proceso de licitación y también consta como vencimiento para la formalización del contrato el plazo de 15 días, dicho plazo ha vencido el pasado 1 6 de mayo de 2018 Y el contrato ya no se puede formalizar.
3.- Que dicha información coincide con la trasladada verbalmente tanto por Rebeca Palomo, Subdirectora General de Coordinación Interinstitucional para la Violencia de Género de la DGVG, en comunicación verbal al personal del Servicio 016 el día 1 de junio de 2018, como por Isabel Bonilla, directora de Recursos Humanos de Atenzia, en comunicación verbal el día 4 de junio de 2018, informando al personal del Servicio 016 de que el contrato para la prestación del Servicio 016 no se ha firmado.
4.- Que ARVATO ha confirmado a 5 de junio de 2018 a las trabajadoras del Servicio 016 que ha recibido comunicación oficial de la DGVG de la finalización del contrato entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y ARVATO para la prestación del Servicio 016, siendo la fecha en la cual tendrá lugar dicha finalización el día 12 de junio de 2018.
5.- Que las trabajadoras del 016 fueron convocadas a una reunión con Atenzia celebrada el 4 de junio de 2018, a las 18.00, en las instalaciones del Servicio 016 en Arvato. En dicha reunión, Isabel Bonilla, Directora de RRHH de Atenzia comunicó a las trabajadoras del Servício 01610 siguiente:
A.- Que el contrato entre Atenzia y la DGVG para formalizar y culminar el proceso de adjudicación del contrato para la gestión del servicio O 16 no ha sido firmado por el Secretario de Estado, y que Atenzia desconoce por tanto la fecha de inicio de la pretendida nueva adjudicación. Por lo tanto las trabajadoras del Servicio O 16 entienden que Atenzia está ejecutando este contrato por la vía de hecho, sin cobertura legal, puesto que el contrato administrativo no ha sido formalizado y que, dado que el plazo para ello se extinguió el pasado 16 de mayo de 2018, ya no puede ser formalizado.
B.- Que Atenzia entiende que estamos ante un proceso de extinción del contrato actual para la gestión del Servicio 016 que implica la terminación de la relación laboral de las trabajadoras con la empresa que actualmente presta el servicio y la extinción de sus derechos laborales, incluida su antigüedad laboral, que Atenzia comunica a las trabajadoras que no está dispuesta a asumir en ningún caso.
C.- Que Atenzia entiende que dicho proceso de extinción del contrato actual para la prestación del Servicio 016 y consecuente terminación de la relación laboral de las trabajadoras con la empresa que actualmente presta el servicio deberá llevarse a cabo mediante la comunicación de extinción de contrato de obra por fin de obra a las dos trabajadoras con contrato de obra y mediante el despido objetivo de las veintiuna trabajadoras restantes con contrato indefinido.
D.- Que con el fin de componer una nueva plantilla para el nuevo Servicio 016, Atenzia solicita los datos personales de las trabajadoras actuales, con el fin de entrevistarlas individualmente y someterlas a un proceso de evaluación de sus aptitudes para, en su caso, ofrecer a parte de ellas incorporarse a este nuevo Servicio 016.
6.- Que el día 4 de junio de 2018 las trabajadoras del Servicio 016 han comunicado formalmente a las empresas ARV ATO y ATENZIA la solicitud de suspensión del proceso de contratación del Servicio 016, enviado el domingo 3 de junio de 2018 por las trabajadoras del Servicio 016 al Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, al constar indicios fundados de irregularidades manifiestas en el mismo, dando traslado de copia de dicho escrito de solicitud a ambas empresas.
7.- Que, dados los graves hechos expuestos, las trabajadoras esperan la decisión de Atenzia de suspender su actuación en este proceso hasta la aclaración de todas las cuestiones legales relacionadas con el mismo.
8.- Que teniendo en cuenta, por un lado, las consideraciones acerca de las irregularidades de este proceso de contratación, y por otro lado, la necesidad de las trabajadoras de protegerse ante su vulnerabilidad laboral en este escenario, las trabajadoras han entregado a Arvato el documento autorizando la cesión de sus datos personales a Atenzia que les fue presentado a la firma por RRHH de Arvato el viernes 1 de junio de 2018 y así se lo comunicaron ayer a Atenzia en la reunión a tal fin.
9.- Que el estrés de las trabajadoras por la presión a la que están siendo sometidas en este proceso, les obliga a llevar a cabo sus funciones actuales en el Servicio 016 en unas condiciones de tensión extrema, consistiendo dichas funciones en información y asesoramiento a víctimas de violencia de género y a su entorno, debido a lo cual las trabajadoras del Servicio 016 entienden que se está poniendo en grave riesgo su trabajo de información y asesoramiento jurídico a víctimas de violencia de género y a su entorno.
Dada la gravedad de la situación en este momento, las trabajadoras del Servicio 016 trasladamos esta comunicación, y
SOLICITAMOS:
«Que se dé cumplimiento a las funciones de «supervisión, apoyo y seguimiento de este Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad» para que efectivamente se garanticen plenamente el derecho a la información y asesoramiento de las víctimas de violencia de género del artículo 18 de la LO 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y los derechos de las trabajadoras del Servicio 016.
En Madrid, a 5 de junio de 2018
Equipo de trabajadoras del Servicio 016
Las trabajadoras del Servicio 016 informan
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