UGT denuncia la precariedad y externalización de los servicios públicos de Violencia de género

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Unión General de Trabajadores (UGT).
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UGT hace público una investigación exploratoria sobre la precariedad laboral en los servicios públicos de violencia de género. En la primera fase de este proyecto, se han  centrado en la problemática laboral derivada de la externalización, la contratación externa de servicios públicos con empresas privadas, de estos servicios públicos.
UGT que considera que la calidad del empleo es un factor determinante de la calidad del servicio público, llama la atención sobre el hecho de que el empleo en los servicios públicos externalizados de violencia de género es principalmente femenino y que sus usuarias son mujeres.
El trabajo es un  análisis cualitativo  es un informe estadístico. La violencia de género no se puede reducir a números, de modo que su metodología es netamente cualitativa. Este año presentamos dos estudios de caso intensivos de dos servicios estatales emblemáticos contra la VdG que prestan empresas mercantiles y que ilustran, en toda su complejidad, los efectos de estas externalizaciones en la calidad del empleo: el Centro de Control de Medidas Telemáticas, denominado habitualmente “Centro COMETA” y el Servicio 016 de Información y Asesoramiento Jurídico en Violencia de Género.
UGT recuerda que el trabajo precario se caracteriza por la inestabilidad, inseguridad, dependencia, discriminación y vulnerabilidad de las y los trabajadores, y que el  concepto  en un sentido más amplio, invita a pensar en «la relación del trabajo con las condiciones de vida y bienestar», y considerar los  efectos de la precariedad y sus repercusiones en todos los aspectos de la vida de las personas consideradas trabajadoras y de las no consideradas trabajadoras.
El informe recuerda que la atención a la violencia de género se lleva a cabo a través de una red de servicios multinivel, donde participan diversas administraciones públicas, agentes privados y del tercer sector. Dicho de otra forma, el itinerario que las mujeres deben realizar para hacer efectivos sus derechos implica a diversas instituciones, generando enormes retos de coordinación entre actores diversos.
Algunos de estos servicios públicos son prestados por las propias administraciones públicas titulares de los mismos en régimen de gestión directa y otros son prestados por otros agentes en régimen de gestión indirecta,. Dentro de la gestión indirecta está la modalidad contractual externa o externalización. El sindicato, denuncia que no existen mecanismos de control claramente definidos para un correcto funcionamiento de los servicios públicos externalizados que siguen siendo responsabilidad de las administraciones públicas.
el control telemático de medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación
El Sistema de Seguimiento por Medios Telemáticos del Cumplimiento de las Medidas Cautelares y Penas de Prohibición de Aproximación en Materia de Violencia de Género, denominado Centro COMETA, fue creado en 2009 en cumplimiento del artículo 64.3 de la Ley Integral. Tiene dos objetivos: velar por la seguridad y con-tribuir a la recuperación de las víctimas de violencia de género con medidas de alejamiento. Lo que está en juego es la vida y la integridad de las mujeres víctimas de violencia de género.
 
Este servicio fue externalizado desde su puesta en marcha, en 2009. Esta decisión política se ha arbitrado mediante una serie de licitaciones públicas en régimen de concurrencia competitiva regidas por la Ley de Con-tratos del Sector Público en vigor. Cada licitación ha tenido unos Pliegos Técnicos y Cláusulas Administrativas Particulares, que se pueden consultar en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
El último contrato suscrito tiene 30 meses de duración, prorrogables hasta un plazo total máximo de 5 años. Desde 2016 la sección sindical de UGT del Centro COMETA y sus trabajadoras han denunciado frente a la opinión pública que la tecnología 2G de los dispositivos estaba generando cantidades ingentes de falsas alarmas y que el servicio mismo peligraba ante la inadecuación de los dispositivos puestos a disposición por la administración en 2009, ya obsoletos. Así, en la licitación de 2017 la administración incluyó la reposición de estos dispositivos sin una suficiente dotación económica, valoración el que coincidieron tanto fuentes empresariales como sindicales. Ni siquiera Telefónica, que venía prestando el servicio desde su creación, se presentó a esta licitación, generando una ola de protestas de las y los trabajadores frente a la opinión pública en la que participaron los sindicatos. La diputada Ángeles Álvarez del PSOE, elevó también una batería de preguntas parlamentarias a la Delegación de Gobierno contra la Violencia de Género, haciéndose eco de las denuncias de las trabajadoras y de UGT.
La inestabilidad del empleo derivada de la externalización
Según los Pliegos Técnicos de 2018, el 49% del personal fue reclutado entre 2017 y 2018, de modo que la mitad de la plantilla tenía menos de dos años de antigüedad cuando se realizó la última licitación. Además, desde 2017 la empresa realiza únicamente contratos de duración determinada con el nuevo personal. De seguir esta tendencia, la temporalidad no hará sino aumentar y la vulnerabilidad de esta plantilla frente a un cambio de empresa sería cada vez mayor, pese a las bienintencionadas cláusulas de subrogación de los Pliegos y del Convenio.
La falta de especialización en VdG las empresas prestadoras del servicio
Un segundo problema de este proceso de externalización radica en la ausencia de especialización en violencia de género de las empresas adjudicatarias. La Ley de Contratos del Sector Público establece que en contratos que requieren aptitudes específicas en “materia social”, las empresas deberán acreditar “experiencia, conocimientos y medios” para ser elegibles. Las Cláusulas Administrativas Particulares de la última licitación del Centro COMETA establecen, entre otros elementos para ponderar la solvencia técnica o profesional de las empre-sas, acreditar otros servicios y trabajos previos de similar naturaleza. Los Pliegos Técnicos, en consonancia con la Ley, establecen a su vez que la falta de formación, conocimiento y experiencia en materia de violencia de género será causa de exclusión.

UGT denuncia que aunque la solvencia técnica en VdG de los oferentes debía acreditarse, no consta entre los criterios de valoración de las ofertas

Securitas Direct  que gestiona la atención a las usuarias, es una empresa especializada en gestión de alarmas. Su subcontratación con estas funciones de atención a los y las usuarias del Centro COMETA genera un eslabón más en la cadena de agentes no especializados en violencia de género que prestan los servicios públicos en esta temática. Así pasa de mano en mano como una patata caliente, sin insertarse en una estructura especializada en violencia de género.
El encubrimiento de trabajo cualificado en categorías laborales no cualificadas
En la cláusula 3.3 de los Pliegos Técnicos, relativa a los medios humanos de COMETA, la administración plantea algunos requerimientos de especialización de su personal.
UGT denuncia que la tónica general ha sido la ausencia de especialización en violencia de género de los mandos medios y directivo de COMETA durante sus casi diez años de vida. No es el caso del personal que ocupa los “Puestos de Operación”, que representa el 88% de su plantilla de 53 trabajadoras, Las trabajadoras que llevan la atención directa a las mujeres víctimas de violencia y a sus agresores han sido categorizadas por su empleador como “operadoras de alarmas”. Esta es una categoría establecida en el Convenio Colectivo Estatal de Seguridad, dentro del grupo profesional 4 relativo al personal operativo, para el que no se requiere titulación universitaria.
En las ofertas de empleo iniciales para cubrir estos puestos sí se requería titulación universitaria en áreas sociales, así como especialización en VdG.
A medida que el Centro COMETA se iba consolidando, paradójicamente, los criterios y procesos de selección iban degradándose y haciéndose un tanto erráticos. En octubre de 2015 en una oferta pública de empleo para “operador telefónico para proyecto social” se requería como estudios mínimos una licenciatura en psicología, sin mención alguna a la formación o experiencia en VdG. En 2017, se realizó una importante ampliación de la plantilla. La oferta de empleo para la misma categoría ya sólo requería haber concluido la educación secunda-ria obligatoria. En junio de 2018 se ofertaron seis puestos de “operador/a teléfonic@ para proyecto social” los estudios mínimos para concurrir al puesto eran de nivel de diplomatura, sin especificar por especialidad, apareciendo como criterios “valorables” la formación en la rama social (psicología, trabajo social, educación social, etc) y formación específica en violencia de género. Paralelamente a estas ofertas internas de empleo, Securitas Direct trasladó a COMETA a operadoras de alarmas sin requerirles especialización alguna en VdG o titulación en el área social, generando una plantilla heterogénea en cuanto a sus capacidades en materia de VdG.
Las operadoras forman parte del grupo 4. Las consecuencias económicas de esta definición son muy importantes para la empresa y para las trabajadoras, pues según el Convenio Colectivo aplicable, a una trabajadora del grupo 1 le corresponde una retribución bruta mensual34 para 2018 de 1.388,56 euros, frente a los 901,61 euros de una operadora.

Contratando a personal con grado universitario bajo la categoría de operador/a de alarmas el ahorro para la em-presa en concepto de retribución bruta es de un 35%.

Ante la presión de las trabajadoras que reclamaban una recategorización acorde a su nivel de responsabilidad, la empresa incluyó una mejora voluntaria en sus retribuciones con un complemento de especialización en VdG de 120 euros brutos pero sin modificar su categoría profesional. La solución dada por Securitas Direct a esta tensión en los últimos años ha sido reclutar “operadoras” sin titulación universitaria del ámbito social y sin formación o experiencia en violencia de género.
La gestión de COMETA como una Central de Recepción de Alarmas
Las trabajadoras del centro COMETA denuncian desde hace unos años la implantación progresiva de modelos de organización del trabajo por resultados típicos de los call center que, según su experiencia directa, chocan con la ética profesional de intervención en materia de violencia de género. A partir de 2015 la dirección del Centro COMETA ha optado por gestionarlo como otras centrales de alarmas de Securitas Direct, revocando su relativa autonomía dentro de la empresa por derivarse de un contrato con la administración pública para prestar un servicio de violencia de género.
¿Con qué criterios se mide la productividad y con qué peso relativo en la evaluación del desempeño de las trabajadoras?
En 2018 la productividad, que toma como unidad de medida los tiempos para gestionar, cerrar y documentar cada tipo de señal, compone el 60% de la calificación mensual de la trabajadora. Por ejemplo, una señal de entrada en zona de exclusión de un agresor debe ser gestionada en tres minutos. Esta gestión incluye: georeferenciar a la víctima y al agresor, pasar aviso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, llamar a la víctima, volver a informar a las Fuerzas y cuerpos y por último llamar al agresor  Así se cierra la incidencia y, a continuación, se ingresa en una ficha del caso a modo de informe. Para realizar este paquete de gestiones, las trabajadoras cuentan con tres minutos. De esta manera, cada trabajadora debe gestionar, día tras día, una media de 15 señales a la hora.
Un circuito laboral precario.
La precariedad del conjunto de la red de re-cursos de violencia de género moldea trayectorias laborales precarias cuyas consecuencias sufren estas trabajadoras especializadas y comprometidas con la lucha contra la VdG, auténtico motor de estos servicios. Este capital humano es explotado, consciente o inconscientemente, por los empleadores del sector. Por una parte, su motivación y capacidad hacen funcionar los servicios aún si las estructuras que los prestan no son especializadas y no tienen capacidad técnica para dirigir servicios de VdG. Por otra, en un circuito laboral precario algunas optan por permanecer por falta de alternativas. Otras muchas se van.

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