Profesionales de la psicología han emitido un comunicado en el que exigen que cese el uso del pretendido síndrome de alienación parental y sus sucedáneos utilizados con la misma virtualidad en la justicia y en la intervención psicológica. Tras la reciente decisión en el juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Colmenar Viejo, cuyo titular es Enrique Agudo Fernandez de retirar a una madre la custodia de sus hijas con la valoración psicológica pagada por el padre.
Tribuna Feminista ha constatado que Enrique Agudo Fernandez, el magistrado que ha utilizado el inexistente SAP . fue juez Decano de los juzgados de Ponferrada y asesor en el Gabinete Técnico de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia con el Partido Popular en el Gobierno.
Agudo Fernandez, ha actuando contra los criterios del del órgano de gobierno de los jueces que viene recomendando de manera reiterada a los magistrados que dejen de aplicar la terapia de la amanaza a mujeres a las que acaban por privar de la custodia de sus hijos o hijas.
Todo esto ha llevado a la Asociación de Psicología y Psicoterapia Feminista a emitir el siguiente comunidaco:
La consternación y solidaridad por el padecimiento de estas dos niñas y de sus seres queridos desde hace ya demasiados años. Desde el respeto y valoración al trabajo realizado por psicólogas y psicólogos desde la práctica privada de la psicoterapia, queremos manifestar el rechazo absoluto al uso del supuesto Síndrome de Alienación Parental (sSAP), ya sea bajo esta rúbrica terminológica u otra, por algunos colegas en el estado español.
Asociaciones internacionales: APA (Asociación de Psicología Americana), AMA (Asociación Médica Americana), y en nuestro país la AEN (Asociación Española de Neuropsiquiatría) y el CGPJ (Consejo General del Poder Judicial), quienes han desaconsejado y alertado de su uso y utilización en la justicia como un modo encubierto de revertir la custodia a favor de quien es denunciado
Quedó demostrado que el sSAP y el tratamiento propuesto (Terapia de la amenaza) fue una invención del médico estadounidense en 1985, quien años después reconoció haberlo hecho. Profesionales de la psicología y de la psicoterapia con formación en perspectiva de género y más concretamente en violencia de género venimos señalando la obstinación por parte de algunas instancias de la justicia en seguir utilizando este supuesto diagnóstico para seguir hostigando a mujeres víctimas de esta violencia y como determinó una sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya el sSAP, en muchos casos es un “espacio de impunidad para el abuso sexual infantil”. Exigimos el posicionamiento frente al sSAP del Consejo General de la Psicología de España y en particular del Colegio Oficial de Psicología de Madrid.
Numerosas personas colegiadas hemos reclamado durante años a diferentes instancias de los Colegios Profesionales que no sólo no alentasen con publicaciones, acciones formativas u otros actos la pertinencia del sSAP sino que de manera contundente, como han hecho otras organizaciones dentro y fuera de España rechazasen y se responsabilizasen de esta mala praxis.
Porque como profesionales constatamos que una mala praxis no sólo puede resultar ineficaz, sino desafortunadamente iatrogénica, como parece desprenderse de los datos de este caso. Hay suficiente evidencia de las conexiones entre quienes utilizan como herramienta este supuesto síndrome y profesionales que cuestionan la existencia de la violencia de género. Es intolerable el sufrimiento que esto causa y los daños psicológicos que esto provoca en menores y en sus madres.
El sSAP y sus denominaciones: interferencias, instrumentalización, etc., se han manifestado como un constructo de corte misógino y patriarcal, utilizado en la justicia para castigar a las madres que denuncian violencia en general y abuso sexual contra sus hijas e hijos en particular. Hace años que así lo demostraron las Asociaciones internacionales: APA (Asociación de Psicología Americana), AMA (Asociación Médica Americana), y en nuestro país la AEN (Asociación Española de Neuropsiquiatría) y el CGPJ (Consejo General del Poder Judicial), quienes han desaconsejado y alertado de su uso y utilización en la justicia como un modo encubierto de revertir la custodia a favor de quien es denunciado.