Comunicado de AGAMME y Fight4Child sobre sentencia que confirma prisión para Juana Rivas

Redacción Tribuna
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Con motivo de la noticia hecha pública en el día de ayer, AGAMME y Fight4Child muestran su rechazo a una sentencia que es el colofón de toda una serie de decisiones judiciales contrarias a los últimos avances legislativos en materia de víctimas de violencia de género.
Las asociaciones de lucha contra la violencia de género y contra el maltrato infantil denunciamos desde hace años un funcionamiento inadecuado de la justicia en el enjuiciamiento de los delitos que se encuadran en estos dos contextos de violencia. En buena parte por falta de medios suficientes y adecuados y la escasa formación de los profesionales que se encargan de escuchar a las víctimas y valorar su testimonio. Sin embargo existe otra barrera si cabe más difícil de superar. Nos referimos a ciertos prejuicios instaurados en nuestra jurisprudencia que establece la suspicacia hacia la víctima como punto de partida.
Un ejemplo de este modus operandi es la Circular 3/2009 de la Fiscalía General del Estado que invita a los y las Fiscales a desconfiar de las acusaciones de maltrato infantil en contextos de divorcio, haciendo referencia a posibles intereses espurios que pudiesen tener los familiares del niño o niña. Se trata, una vez más, del supuesto síndrome de alienación parental, ese artilugio psico-legal tan beneficioso para quien quiera inutilizar el testimonio de las víctimas menores de edad. Recordamos de nuevo que esta teoría no sólo no ha recibido el apoyo de la comunidad científica, sino que ha sidoá profusamente refutada por las inexcusables carencias metodológicas que presenta. No es ciencia y sin embargo desde hace unos veinte años no ha dejado de ser utilizado por parte de un determinado sector de la judicatura.
El ssap es lo que subyace en el caso Juana Rivas. No únicamente en el procedimiento civil que se llevó a cabo en Italia, donde el psicosocial expone abiertamente el concepto, sino ya en el primer momento, cuando Juana llega a Granada solicitando una medida que proteja a sus hijos, para no tener que regresar a Italia y la justicia española le dice que no, que los niños deben volver a su lugar de referencia, desoyendo a la madre y al mayor de los hermanos, que relataban malos tratos físicos y psicológicos. España se “olvidó” de una posibilidad: establecer medidas cautelares mientras no se resolviese el procedimiento penal por los presuntos malos tratos, o incluso establecer medidas definitivas en base a la violencia ocurrida en 2009, ya probada. Ésa era la buena, la única. En esa dejación, en esa omisión, está el germen de todo lo que sucedió posteriormente.
Juana Rivas desapareció con sus hijos durante varias semanas. Esperaba que sucediese algo con la denuncia que había presentado por malos tratos. O con aquella otra sentencia, que condenaba a Arcuri por violencia de género en 2009. Pero ese algo no llegó. Finalmente España respondió que no podía juzgarlos porque era competente Italia y no había certeza de que no se estuviesen investigando allá. Una denuncia que sigue en espera, casi dos años más tarde, en algún cajón de un juzgado italiano.
Dice la sentencia conocida en el día de ayer que Juana “se quedaba sin argumentos” y que “desviaba la atención de los hechos” hacia la condena de malos tratos del año 2009. Es ciertamente grave que una sentencia contenga estas expresiones. ¿Se han olvidado sus señorías de que, efectivamente, Juana Rivas es una víctima de violencia de género? ¿Han olvidado que a día de hoy los hijos e hijas de víctimas hubiesen sido considerados, por ley,
víctimas también, necesitadas de la misma protección? Es deplorable que persistan ciertos clichés y que la judicatura, al menos un sector de la misma, sea tan reacia a aceptar ciertos cambios legislativos.
Por último, llamamos la atención sobre la magnitud de las medidas que se han tomado, en un ejercicio ejemplarizante, a modo de advertencia. Este ensañamiento es especialmente grave por su condición de víctima, que los tribunales no parecen querer tener en cuenta. Y por otra parte porque condena a los niños al silencio, dado que la última vez que el hijo mayor habló sobre malos tratos recibidos a manos del progenitor en el último año y medio, la justicia italiana no lo tuvo en cuenta por considerar que está bajo los efectos de la influencia materna. Esto no puede sino recordarnos los poderes que, según S. Federici, se atribuían a las mujeres acusadas de brujería en el pasado: poderes mágicos sobre la voluntad ajena. La pregunta es, de qué otra forma podría Juana Rivas alienar a sus hijos si desde 2017 no residen con ella?
Nos preocupa la situación de vulneración de derechos de Juana Rivas como mujer víctima de violencia de género que han propiciado toda las actuaciones judiciales tanto española como italiana. Nos preocupa enormemente que se estén llevando las represalias contra las mujeres denunciantes a este grado de extrema dureza. Pero lo que nos parece más sangrante es que , por la inacción del estado español dos niños de 4 y 12 años, que podrían haber recibido el amparo de una medida de protección, están ahora en una situación de enorme vulnerabilidad y con innumerables dificultades para hacerse oír en el futuro.
El aparato ssap ha funcionado a la perfección: acallar a las víctimas, impedir el enjuiciamiento del delito y, acto seguido, dejar caer toda la fuerza de la Ley sobre aquéllos-as que debiesen haber recibido atención y protección.
Por todo ello, AGAMME y Fight4Child anuncian que en los próximos días harán llegar sendos escritos al Defensor del Pueblo, al Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscalía General del Estado, solicitando una evaluación del nivel de aplicación del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, en lo relativo a las medidas concernientes a los hijos e hijas víctimas. En el texto solicitarán que se establezcan protocolos para la inspección de la función judicial en aquellos casos en los que se actúe de manera contraria a la legislación, cuando se trate de determinar la necesidad de protección de un niño, niña o adolescente. De la misma manera, se recordará a los organismos la necesidad imperativa de garantizar el ejercicio pleno del derecho de todo niño o niña a ser escuchado-a en los procedimientos en los que se decida sobre regímenes de visita o custodia, especialmente cuando exista un rechazo manifiesto a mantener contacto con algún familiar.
Los hijos de Juana Rivas han de saber que no se han quedado solos. Que seguimos luchando cada día, por difícil y agotador que sea. La masa de mujeres que salió a la calle hace menos de una semana a reclamar derechos debe hacerse oír ahora y cada vez que una víctima sea silenciada o represaliada.
 
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