Anoche un grupo de amigas estuvimos en la concentración de Granada en apoyo a la víctima de la Manada de Manresa. Luego fuimos a tomar algo en una terraza y entablamos una interesante conversación. En un momento dado, una de nuestras amigas queridas dijo que ella sueña con un mundo en el que las personas no seamos clasificadas al nacer según nuestro sexo, en el que no se nos “asigne” ningún sexo sino que solo se nos trate como personas, en nuestra infinita individualidad. Pregunté a mi amiga que si también defendía la eliminación de la categoría de “sexo” en el registro civil y el DNI. Me dijo que sí y añadió que considera que la situación de las mujeres mejoraría si el sexo no se considerase una cuestión relevante en absoluto, en ningún ámbito de la vida.
He escrito este artículo porque me parece importante señalar porqué la eliminación del sexo como categoría jurídica no es conveniente para las mujeres. Y me resulta importante porque sé que esta posición de mi amiga la defiende mucha gente sin haber ponderado sus consecuencias. También la defienden personas muy notorias que actualmente están decidiendo parte del rumbo del derecho español, como es el caso de uno de los redactores de la ley de identidad que actualmente está en vías de aprobación y que, aunque no incorpora esta propuesta de la eliminación del sexo, este espíritu de la neutralidad sexual si se plasma en el conjunto del articulado.
Voy a comenzar esta exposición con un ejemplo personal. Como soy profesora de Universidad, suelo preguntar a mis alumnas y alumnos qué medidas jurídicas tomarían para acabar con situaciones discriminatorias que sufrimos las mujeres como la brecha salarial. Una medida que suele sugerirse es la introducción de currículums ciegos, que no tienen casilla de “sexo” ni fotografía. Se ha comprobado que esta medida es efectiva en algunas situaciones para evitar parte de la discriminación que sufrimos las mujeres: evita (en el momento de la contratación) que nos hagan preguntas insidiosas sobre si pensamos quedar embarazadas, que nos juzguen por nuestro aspecto físico o que nos escruten desde estereotipos como la ineptitud femenina. Sin embargo, si yo me presentase a una plaza de Ayudante Doctora en una Universidad, un currículum ciego al sexo no ponderaría asuntos relevantes: yo he sido madre hace unos cuantos años y tuve que interrumpir brevemente mi vida laboral durante la baja posparto, estuve agotada durante la lactancia y la primera etapa de la crianza y consecuentemente reduje de forma notoria mi ritmo de producción durante unos años (y no he alcanzado aún el ritmo que podría alcanzar de no tener responsabilidades familiares).
Además seguramente he realizado menos estancias internacionales de investigación de las que quisiera pues el alquiler de un piso entero en condiciones adecuadas para llevar a mi niña y de los cuidados que necesitaría (además del lío que supone este traslado familiar) tienen un coste elevadísimo para el sueldo de una beca de investigación. Seguramente he asistido a menos Congresos internacionales de los que quisiera y consecuentemente he tejido menos redes de contactos de esos que te abren grandes puertas. Todas las estadísticas ponen de manifiesto que los hombres no juegan con esta desventaja. Ninguno de estos problemas se resolvería con un currículum ciego al sexo.
Lo que sí permite paliar la brecha salarial son las medidas de acción positiva basadas en el sexo; es decir, medidas de fomento del empleo, el ascenso y la participación que se aplican únicamente a las mujeres, como las cuotas. Las mujeres también necesitamos que las leyes tengan en cuenta la categoría jurídica del sexo en lo concerniente a las violencias machistas (incluyendo el acoso laboral o las agresiones sexuales). La violencia machista no puede comprenderse partiendo de la idea de “personas” que dañan a “personas”, ni puede solucionarse con un genérico “no a la violencia”. Es un fenómeno ligado a una jerarquía social que existe en el mundo real, que se llama patriarcado y que se funda sobre la opresión que ejercen las personas de sexo masculino sobre las personas de sexo femenino. Si esto no se comprende, no se entiende nada. Es obvio que las mujeres no vamos por ahí armadas con palos y violando a los hombres en manada. Es obvio que los asesinos machistas no matan a una persona elegida al azar, sino a la joven y atractiva vecina a la que cosifican sexualmente, a la mujer prostituida o a la pareja o expareja. Matan, violan, pegan y humillan a mujeres precisamente por que lo son: porque consideran que su vagina y su cuerpo entero les pertenece o debería estar a su disposición.
Mi amiga en este punto sostiene que en el mundo del que ella habla, en el que las personas no seríamos “asignadas” a ningún sexo, no ocurrirían estas cosas, pues todas las personas seríamos educadas sin estereotipos ni distinciones. Los hombres no violarían ni maltratarían y asumirían la mitad de las tareas de crianza. Yo señalé aquí que la eliminación del sexo en el registro civil no conduciría por sí misma a una educación no diferenciada. Nosotras tenemos vagina y aunque se impusiese hablar en un lenguaje neutro y se prohibiese por ley utilizar los pronombres “ella”, “vosotras” y “nosotras”, la cultura patriarcal sabría perfectamente a quién tiene que vestir de rosa, a quién tiene que practicar la mutilación genital y a quién tiene que casar siendo niña. Necesitamos leyes que no miren para otro lado, que tengan en cuenta que eso nos pasa a nosotras y no a cualquier ser humano neutro e indiferenciado.
Pero pongamos por caso que ya viviésemos en una sociedad igualitaria, que nos hubiésemos despojado de todo atisbo de educación diferenciada y de jerarquía sexual, ¿sería pertinente en ese mundo eliminar la categoría jurídica “sexo”?, ¿deberían entonces dejar de “asignarnos” un sexo al nacer? (ahora explicaré porqué entrecomillo la palabra “asignar”).
En esa sociedad igualitaria el dimorfismo sexual de nuestra especie continuaría existiendo. Las mujeres, por mucho que se borrasen los conceptos “mujer” y “hombre”, continuaríamos teniendo enfermedades distintas a los hombres, nuestros cuerpos continuarían reaccionando de forma distinta a los medicamentos, nuestra capacidad pulmonar seguiría siendo menor, nuestra musculatura seguiría siendo menor (aunque las diferencias serían menos notables que actualmente, porque no se nos apartaría del entrenamiento físico), nuestros cuerpos seguirían siendo algo más pequeños, nuestra cantidad de grasa seguiría siendo un 10% mayor y nuestra afectación ante los tóxicos ambientales sería superior, seguiríamos teniendo la capacidad de gestar, parir y lactar, y continuaríamos siendo más longevas, los embriones XX continuarían siendo más resistentes a las alteraciones medioambientales y continuaríamos teniendo menor índice de enfermedades genéticas…
Todas estas diferencias demandarían políticas públicas concretas. Por ejemplo, si tienes cérvix tienen que realizarte pruebas específicas para prevenir el cáncer y lo mismo ocurre si tienes próstata. Si eres una mujer con endometriosis necesitas que el personal médico haya estudiado tu enfermedad y que existan tratamientos para ella. Si fueses una mujer y quisieses presentarte a unas oposiciones para ser bombera, necesitarías que las pruebas tuvieran dos categorías separadas, pues difícilmente podrás competir con los hombres (partimos de la idea de que es socialmente útil que las mujeres podamos participar en las profesiones que tienen altos requerimientos de fuerza, por múltiples motivos en los que no voy a entrar ahora) y lo mismo ocurre con las competiciones deportivas. Si una mujer se queda embarazada necesitaría que el embarazo de riesgo y el postparto llevasen aparejados unos derechos específicos, necesitaría de una ciencia conocedora del funcionamiento del parto y de la fisiología femenina. Si una mujer sufriese un infarto, necesitaría una ciencia conocedora de los síntomas habituales del infarto en su tipo de cuerpo.
Existen estos dos tipos de seres (existe también una pequeña minoría de personas intersexuales, cuestión compleja en la que no voy a entrar y que no afecta a esta argumentación). Sería necesario que las leyes y las regulaciones los tuvieran en cuenta a ambos. Es decir, si borrásemos las categorías “hombre” y “mujer” deberíamos volver a inventarlas pues no se trata de conceptos que nos “asignen” arbitrariamente, el sexo no es algo que nos impongan sino que es algo que alude a nuestra corporalidad.
En este punto de la conversación mi amiga señaló que además de estas diferencias sexuales hay una infinidad de diferencias físicas y culturales entre unos seres humanos y otros. Añadió que lo deseable sería una medicina que fuese capaz de atenderte en tu particularidad, fuese cual fuese dicha particularidad, sin que resultase necesaria la existencia de una categoría binaria como el sexo.
Contesté a mi amiga que imaginásemos una sociedad en la que la mitad de las personas fuésemos ciegas y la otra mitad sordas. No hablo de una infinidad de diversidades (aunque sin duda también la habría en otros aspectos), sino de aproximadamente un 50% de personas ciegas y otro 50% de personas sordas. No cabe duda de la importancia de que una persona ciega cuente con un entorno laboral y médico adaptados a sus necesidades, así como de infraestructuras que posibiliten su desenvolvimiento. Lo mismo ocurre con una persona sorda. Mi amiga apuntó que la medicina podría atender las necesidades de ambos tipos de personas (y de otras muchas) sin necesidad de etiquetarlas.
Le contesté que las categorías son necesarias para elaborar políticas públicas capaces de resolver problemas de grupos concretos y para censarnos (ella exclamó “¿para qué tienen que censarnos?”). Entonces continué con el ejemplo anterior: ¿qué ocurría si toda la sociedad estuviera pensada para personas sordas y diseñada para desenvolverse mediante la vista?, ¿qué ocurre si en esa sociedad la comunicación ocurriese mediante lengua de signos y en completo silencio?, ¿qué ocurriría si toda la historia de la medicina se hubiese orientado hacia las necesidades de las personas sordas y si el urbanismo solo atendiese sus necesidades?, ¿cómo sobrevivirían las personas ciegas, la mitad de la población?, censar el número de personas de cada grupo sería la manera más pertinente de probar que los presupuestos públicos se están repartiendo de forma inequitativa (aquí intervino en el debate una amiga que es investigadora en ciencias de la salud y estuvo explicando el androcentrismo científico y cómo se traduce en los presupuestos de investigación).
Si queremos lograr y mantener una sociedad igualitaria debemos ser capaces de identificar las diferencias de tratamiento entre grupos sociales, y eso requiere el empleo de categorías. Borrar las denominaciones de los grupos sociales no hace que los problemas de discriminación desaparezcan. Dejar de llamarnos “mujeres” no solucionaría nuestros problemas, sino que nos dificultaría identificarlos y reconocernos como clase oprimida.
Aquí me desvío un poco de la conversación de ayer para hacer un breve apunte: en el derecho antidiscriminatorio británico tienen una noción interesante que es la de “características protegidas”. Son elementos diferenciales sobre los que se construyen las discriminaciones sociales más habituales y que demandan una protección jurídica específica. Una de estas características es el “sexo”. Es significativo que el nombre sea “sexo” y no “género” porque, aunque nos hayamos acostumbrado a tratar ambos conceptos como sinónimos, no lo son.
Lo que sostengo es que el sexo no solo debería continuar existiendo como categoría jurídica, sino que además debería ser una característica protegida en todos los ordenamientos y claramente diferenciada de conceptos relacionados como el género o la identidad de género. La protección del sexo debe continuar con independencia de lo que ocurra con otras categorías como la nueva característica protegida en el derecho británico: la identidad de género. La identidad de género se remite al ámbito de cómo te sientes y al hecho de si la sociedad acepta tu determinación personal (no voy a entrar aquí en el complejo debate acerca de los efectos de esta categoría sobre la de “sexo”), mientras que la categoría de sexo se remite a la biología femenina y a la presencia misma de estos seres que somos, con nuestra corporalidad. Lo único que quiero destacar aquí es que son dos características jurídicas distintas.
tenemos el mismo objetivo: las dos soñamos con un mundo en el que nacer con un cuerpo determinado no restrinja tus oportunidades, no condicione tu educación y no limite el contenido de tus sueños.
También es importante diferenciar el sexo del género. Tanto en el derecho internacional como en el de todos los países se ha producido una progresiva sustitución del concepto jurídico “sexo” por el de “género”. Así ocurre con el derecho relativo a la violencia contra las mujeres (ahora denominada “violencia de género”) y con las normas relativas a la discriminación fundada en el sexo (ahora “género”). Esto induce a equívocos porque la categoría “sexo” se refiere al cuerpo (no solo a los órganos sexuales, por cierto, sino a la totalidad de diferencias entre cuerpos de hombres y mujeres, que están presentes en cada gota de sangre), mientras que el género se refiere a lo femenino y lo masculino (dos conjuntos de patrones culturales). Y no es baladí afirmar que a las mujeres no se nos oprime a causa de comportarnos de manera femenina.
Pero lo pertinente para este artículo es que el género (la feminidad) no puede ser la categoría protegida que articule las protecciones que las mujeres necesitamos. Es decir, las mujeres no somos una especie de reserva cultural de la que sea necesario proteger su lengua, sus vestimentas y costumbres. No necesitamos que el derecho proteja la feminidad, ¿los locales de estética donde nos hacemos las uñas deben ser protegidos?, ¿deben protegerse como patrimonio cultural de las mujeres las pasarelas de moda? Desde luego que no. De hecho la mayor parte de eso a lo que se denomina “feminidad” se ha construido contra nosotras: es un producto patriarcal.
Claro que se deben proteger muchos saberes y valores de tradición femenina: la cocina, la costura, el conocimiento de hierbas y remedios. Y sobretodo ciertas actitudes: la empatía, el cariño, el cuidado de la naturaleza, la amabilidad. Pero definitivamente esto tiene más que ver con el bienestar de la humanidad (son valores positivos para cualquiera) que con la persecución de las formas de discriminación que sufrimos nosotras.
Admito que en muchos casos no está tan claro si lo que debe ser protegido se corresponde con el sexo o con el género. Por ejemplo, queremos que las madres cuidadoras podamos participar de forma paritaria en la vida social y el obstáculo principal para que actualmente no podamos hacerlo se deriva del género (obligaciones sociales especiales de cuidados que se nos asignan a las mujeres). Nosotras parimos, pero más allá de eso, nada hay biológico en el hecho de que sean las madres las que ponen las lavadoras a los niños hasta los treinta años.
Sin embargo, una mirada más atenta nos conducirá a descartar que lo que necesite protección sea la feminidad. Es decir: no queremos que el derecho proteja, como joya de la humanidad, el hecho de que las madres lleven la tortilla de patatas en el tupper al piso universitario. Lo que queremos es que estas madres no se vean obligadas a hacer todas esas cosas que se les imponen por el hecho de haber parido (y si las hacen, que no pierdan oportunidades, recursos o voz por ello). Queremos que el derecho garantice la paridad participativa para estos cuerpos sexuados que somos, con independencia de cómo nos comportemos, nos sintamos o se nos identifique socialmente. Es el sexo la característica protegida y no el género (el género es lo que se quiere eliminar).
Para concluir, volviendo al debate con mi amiga, no sé si la convencí, pero lo que tengo claro es que las dos tenemos el mismo objetivo: las dos soñamos con un mundo en el que nacer con un cuerpo determinado no restrinja tus oportunidades, no condicione tu educación y no limite el contenido de tus sueños.