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Aborto: Denuncian concesión del Gobierno en funciones a los colectivos antiderechos

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CATAB,  L’ESCOLA AC  o Alianza contra el Borrado de las Mujeres  entre otras  rechazo nuevo Registro Civil que permite inscribir “nacidos sin vida”

 Para las entidades, este criterio jurídico representa la más seria amenaza contra el derecho al aborto y una concesión a los grupos “pro-vida”, ya que otorga personalidad jurídica al no nacido.

  • Así mismo, las feministas señalan que, una vez más, se vuelve a utilizar la figura de la “instrucción interna” en el Registro Civil (Dirección  General de Seguridad Jurídica y Fe Pública) para hacer modificaciones jurídicas contrarias a la ley saltándose los trámites parlamentarios y eludiendo el consiguiente debate público

Organizaciones feministas de todo el estado han mostrado hoy su profunda preocupación ante la Instrucción aprobada el 31 de julio por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública perteneciente al Ministerio de Justicia, que modifica la ley del Registro Civil de 2021, por la cual se crea un nuevo registro de “Declaración de nacidos sin vida”, en el que se podrán inscribir a nasciturus muertos cuando estos tengan más de seis meses de gestación, y a los que el Registro califica como «nacidos sin vida»  a los que los progenitores podrán otorgar un nombre, y por tanto, una apariencia de sujeto de derecho al otorgarle una personalidad jurídica.

Para las entidades feministas, este posicionamiento jurídico del Ministerio de Justicia supone una concesión sin precedente a los colectivos antiderechos (los autodenominados “pro-vida”), que siendo contrarios al derecho a decidir de las mujeres buscan dar reconocimiento jurídico al feto desde el “momento de la concepción”. En este sentido han manifestado que “esta medida supone un retroceso atroz respecto del derecho al aborto de las mujeres”. Las organizaciones han manifestado su estupor ante el hecho de que gobiernos que se autoproclaman feministas, hagan concesiones conceptuales tan amenazadoras a los postulados de la extrema derecha.

Esta reforma jurídica da pábulo legal a una posición contraria al derecho vigente, en concreto, al artículo 30 del Código Civil, que establece claramente que “la personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno”.

Este pseudo reconocimiento de personalidad jurídica a los nacidos sin vida, sin importar el tiempo de gestación, supone una amenaza real al derecho al aborto y un avance en las posiciones contrarias históricamente a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

Aunque no siempre resulta traumático, entendemos que, si los protocolos médicos en las situaciones de aborto involuntario en un avanzado estado de gestación no están adaptados a las necesidades psicológicas, sanitarias y afectivas de las futuras madres, son estos protocolos los que deben revisarse y reforzar los apoyos al fenómeno de duelo que pueda devenir de la frustración del embarazo deseado, pero en ningún caso debe utilizarse el Registro Civil, para validar una ficción jurídica que amenaza directamente el derecho al aborto de todas las mujeres.

También resulta sorprendente que la instrucción incluya una retroactividad de 2 años cosa totalmente insólita y de dudosa legalidad ya que esa figura esta prevista para leyes penales en las que sea de aplicación un beneficio para el reo. Esa retroactividad esta fuera de toda lógica jurídica y nada explica el porqué del plazo de dos años. En otro orden de cosas la Instrucción no  es explicita respecto de la voluntariedad de dicho registro lo que deja muchas dudas sobre la vulneración de otros derechos de las mujeres.

Por último, debemos señalar como práctica totalmente antidemocrática y atentatoria de derechos de las mujeres, esta y otras modificaciones a la Ley del Registro Civil, que se vienen realizando mediante instrucciones internas del Ministerio de Justicia sin que pasen ningún trámite parlamentario, aunque producen efectos de ley.

Desde esta Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe pública, se han promovido y se mantienen mantiene vigentes instrucciones contrarias a la legislación en vigor en materia de  inscripción de niños adquiridos mediante alquiler en el extranjero de mujeres como gestantes para terceros o la que permite la transición social, sin requisitos ni validación de disforia a  menores disconformes con la imposición de comportamientos género.

 

 

 

 

1 COMENTARIO

  1. a) {Aborto: Denuncian concesión del Gobierno en funciones a los colectivos antiderechos}
    “El aborto es un derecho intrínseco y exclusivo de la mujer”
    Pues, la transexual ecuménica perversa cultura patriarcal imperante — para defenderse de los inevitables cambios y movimientos — de los sectores estereotipados y cristalizados, se vale del poder que controla las herramientas comunicacionales que ayudan y mantienen el statu quo: La irresoluble perversión no sublimada y la ambigüedad sexual del varón que posee la decisión final en este esquema, donde el macho sigue siendo la ley. El cambio está en la educación, pero se nos presenta el hecho de que la misma está inserta en el desarrollo de cada civilización y ahí entramos en la “cultura”. “Cultura” se interpreta desde el sacrificio humano para satisfacer a los “dioses”, la patria potestad que permitía al “varón” hasta matar a un hijo, cercenar el clítoris de las niñas (como se practica aún en numerosos lugares del planeta) y así recorreríamos este trazado “cultural” con otros ejemplos. Es el hecho del poder. Ahí se presenta el “asunto”, como tener el poder para educar y que “los varones cambien la cabeza”. “Sin eso nada sirve”. No es pretender el matriarcado, sino una genuina igualdad, pero no con las pautas que impuso el varón. “El aborto es un derecho intrínseco y exclusivo de la mujer”. Quiénes fueron educados y formados para ser represores presentan un problema insalvable, y ahí es donde deberíamos plantearnos, sin ocultarnos, las consecuencias de proseguir sin cambiar las pautas culturales. Si la mujer no interviene activamente en éste momento histórico, no tendremos futuro. El varón seguirá siendo un represor. El “varón” represor no permitió desde el principio de la historia la participación de la mujer. La mujer ha sido y es un objeto y una mercancía para el varón. Desde el jeque hasta el “varón” más indigente de una favela o villa miseria el comportamiento es idéntico en la utilización del “poder”; sin considerar a la mujer como persona. Es un hecho “cultural”. Los perversos con poder, desde un emirato hasta el área de los indigentes, hacen víctimas a quienes son “atrapados” por las “creencias indiscutibles”.
    Un penoso “conflicto” que la mujer padecería sería; ¿Cómo admitir que el patriarcado es el padre, el hermano, el compañero, el dirigente, el ecuménico, etc., y que en esta regla no habría excepción?
    Señalo en mi Ciencia de lo femenino (Femeninologia) cuanto tenemos que aprender, sobre la estructura de la relación de la mujer con la verdad como causa, en la imposición del transexual ecuménico genocida perverso patriarcado incluso en las primeras decisiones de la simiesca horda primitiva.
    El sentido y la verdad del feminismo (la mujer) es la derrota del varón; perverso irresoluble y ambiguo sexual
    “El feminismo es única y absolutamente la mujer”
    Un travesti o un trans; no es una mujer
    El discurso de la acción femeninológica, de mi ciencia de lo femenino (Femeninologia), expone al varón frente a aquello que ha silenciado en el pasado; el fundamento agresivo que encubre con su hipócrita moral y ética patriarcal, que se demuestran insostenibles en el presente.
    Buenos Aires
    Argentina
    13 de agosto de 2023
    Osvaldo V. Buscaya (1939)
    Psicoanalítico (Freud)
    *Femeninología
    *Ciencia de lo femenino

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