INADI contra CEDAW

Maria José Binetti
Maria José Binetti
Doctora en Filosofía y Magíster en Estudios de las Mujeres y de Género - Investigadora del CONICET (Argentina) Filosofía Contemporánea y Filosofía Feminista - Activista por los derechos de las mujeres en base al sexo - Integrante de la Campaña Argentina por el Reconocmiento de los Derechos de las Mujeres en Base al Sexo
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Aproximadamente un año atrás, en junio de 2022, presenté ante el Instituto Nacional Contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo de Argentina (INADI) una denuncia contra Marce Joan Butierrez por los dichos discriminatorios y agraviantes de mi condición de mujer difundidos en el portal LatFem (https://latfem.org/carta-abierta-a-las-hembras-de-la-especie-humana/). La violencia machista de Butierrez la desató el reclamo presentado ante la justicia argentina junto a un grupo de mujeres con el objetivo de que el Censo Nacional – 2022 evitara confundir las categorías “sexo” e “identidad de género” –confusión que distorsiona todos los indicadores sociales en materia de mujeres– y se ajustara a los estándares y definiciones internacionales en la materia, Nuestro reclamo disparó la “furia trava” de Butierrez, quien en su artículo eyectó una catarata de agravios, injurias e insultos discriminatorios contra mi persona en particular y las mujeres en general.

En su Carta abierta, Butierrez afirma que ser mujer es una condición animal, bestial y regresiva, fuente de actos tan irracionales, inmorales y delictivos como la defensa de los derechos basados en el sexo, acto que la Carta equipara con una expresión de “odio por las personas trans”, que intenta “avasallar el orden democrático y los avances del feminismo”, “promover un sistema de jerarquías sexuales” y difundir “falsedades” con “afán totalitario y trans excluyente”.

Butierrez me discrimina por mi condición de mujer –bestial, irracional e inmoral–, desconoce mis derechos en tanto que tal, y acusa mi pensamiento de “fascista”, “antidemocrático”, “transfóbico”, “excluyente” y carente “de argumentación lógica”.

Aduce asimismo una presunta condición de “clase media alta”, financiada “por los capitales internacionales que apoyan los neo-fascismos latinoamericanos”. Para rematar, Butierrez convoca a “alzar los puños en alto y responderles con furia travesti que NO PASARÁN! ¡NUNCA MÁS!”, en una evocación de los crímenes cometidos por la última dictadura argentina. Butierrez me imputa un delito y sugiere que es de lesa humanidad. Por supuesto, la única prueba aportada son sus propias autopercepciones.

Butierrez afirma que ser mujer es una condición animal, bestial y regresiva, fuente de actos tan irracionales, inmorales y delictivos como la defensa de los derechos basados en el sexo

Denuncié el caso ante el INADI y la primera respuesta del organismo llegó en enero de 2023. El INADI declaró que el asunto era inadmisible porque los hechos expuestos no indican ningún accionar discriminatorio. Solicité entonces la revisión del dictámen en primera instancia, recordándole al INADI la vigencia en Argentina de la CEDAW, de rango constitucional, según la cual se considera discriminatorio todo acto que restrinja, altere o suprima el goce y ejercicio de los derechos de las mujeres basados en el sexo, empezando por el reconocimiento de los mismos. La respuesta en segunda instancia llegó el 25 de agosto pasado y allí el INADI ratificó la inexistencia de hechos discriminatorios siendo yo una “mujer cis” y Butierres una “travesti” que –percibe el Instituto– se siente femenino. Resulta entonces que ambas seríamos feminidades autopercibidas, con la salvedad de que Butierrezas pertenece al colectivo de las “mujeres travestis/trans” “históricamente vulnerabilizadas”. Desde su posición de vulnerabilidad y opresión, Butierrez se limitó a ejercer libremente su derecho de opinión y expresión contra quienes pretenden renegar y desconocer su identidad de género. Leáse entonces que, para el INADI, las mujeres “cis” no gozamos de derechos basados en el sexo y además, frente a las “mujeres travestis/trans”, ocupamos una posición normativa excluyente y opresora.

…para el INADI, las mujeres “cis” no gozamos de derechos basados en el sexo y además, frente a las “mujeres travestis/trans”, ocupamos una posición normativa excluyente y opresora.

Pero la cuestión no termina ahí. El organismo continúa explicando que en realidad soy yo quien ha incurrido en una acción discriminatoria contra Butierrez, primero, por haber puesto en cuestión la Ley de identidad de Género cuando presentamos ante la justicia argentina el reclamo concerniente al Censo Nacional – 2022; segundo, porque en mi denuncia ante el INADI me refiero a Butierrez como “sujeto”, “persona” o “autor” desconociendo que se trata de un travesti cuya autopercepción –explica el INADI– es femenina. Yo debería haberme referido entonces a “la sujeta”, “le sujete”, o quizás mejor a la persona pene portante para incluir, ante la duda, todo tipo de autopercepción. Leamos la resolución del INADI:

“Una mujer cis no puede ser discriminada por una persona travesti/trans femenina por defender esta última su propia identidad, también protegida por la Ley de Identidad de Género. Por el contrario, podría ser al revés, podría entenderse discriminatorio que una mujer cis desconozca, cercene o vulnere los derechos garantizados al colectivo históricamente vulnerabilizado de las personas travestis/trans femeninas. Más aún si consideramos que la denunciante le da un trato masculino a la denunciada al referir textualmente que “su autor y medio de publicación menoscaban el ejercicio de mis derechos por ser mujer y de defender positivamente los derechos de las mujeres basados en el sexo” (sic) y que “Este sujeto y el portal que difunde sus dichos incitan al odio contra mi persona”.

En ocasión de mi propia acción discriminatoria, el INADI me recuerda la Ley de Identidad de Género N° 26.743, la definición de la misma y el deber de dar a las personas un trato digno respetando el nombre de pila escogido. A la sazón, Marce Joan, de donde yo debería colegir que se trata de un travesti autopercibido femenino y tratarlo entonces como Marce. Lo cierto es que yo jamás he tenido de trato alguno con Butierrez, desconozco sus autopercepciones privadas y en lo que me concierne, mis escritos formales no hacen un uso privado del lenguaje –conforme con autopercepciones insondables– sino un uso público ajustado a las reglas de la Real Academia.

Sujeto, persona y autor son el género gramatical no marcado con el que prefiero referirme a terceros, cuyas autopercepciones por lo demás desconozco. A menos que el INADI esté tratando de imponer alguna jerga ideológica particular, o cierto hablar en lenguas que supera mis limitaciones humanas.

Lo cierto es que el Instituto se ha tomado la molestia de reeducarme en materia de identificaciones privadas, advertirme cómo debo percibir y aclararme que, a partir de la Ley de Identidad de Género, mi sexo legal se ha convertido en una identidad de género “cis”, de donde reclamar derechos en base al sexo es cuanto menos un anacronismo, si no un acto discriminatorio, delictivo e inmoral. Volvamos a su respuesta:

“Así, en esta presentación podemos ver que una mujer cis denuncia a otra persona travesti/trans femenina y feminista que defiende lo que surge de la vigente Ley de Identidad de Género a través de una nota periodística en ejercicio de su libertad de expresión y que es atacada por sus opiniones. Una de esas opiniones de la denunciada es que la Sra Binetti discrimina a las personas travestis/trans al indicar que ‘camufla su transfobia’. Es decir, la denunciada expresa en la nota que quien discrimina es la denunciante.”

En una palabra, el INADI no admite la existencia de la discriminación basada en el sexo, esto es, la de un varón –con independencia del contenido de sus autorrepresentaciones privadas– que discrimina a una mujer por el hecho de ser mujer, tratándola de animal irracional y tachándola de fascita, inmoral y delincuente por reclamar protecciones constitucionales. Para el Instituto, la Ley de Identidad de Género ha eliminado efectivamente el sexo legal, expresión de hechos materiales evidentes, reduciéndolo a una autoperpción imaginaria –cis y trans–. La Ley de Identidad de Género estaría entonces por encima de la CEDAW, de rango constitucional en Argentina.

Ni las autopercepciones ni el glitter de Butierrez son el problema. El problema es la violencia institucional ejercida por el Estado contra las mujeres y la discriminación del organismo que se supone debe protegernos contra la discriminación.

El INADI es uno de los tantos aparatos de control empleados por el Estado argentino –en particular durante los últimos años– para implantar la ideología queer, reeducar a la población, vigilar y castigar a los indóciles.

El INADI es uno de los tantos aparatos de control empleados por el Estado argentino –en particular durante los últimos años– para implantar la ideología queer, reeducar a la población, vigilar y castigar a los indóciles. Convertir a la víctima en victimaria es siempre una estrategia eficaz para erosionar mecanismos de defensa, manipular conciencias y disciplinar. Achacándonos la culpa, el propio Estado incita al odio contra la rebeldes, normaliza la violencia sistemáticamente planificada y ejecutada por hordas de ideólogos y operadores, quienes han decidido que NUNCA MAS podamos ejercer nuestros derechos basados en el sexo.

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