En el Congreso de París de 2015, todos los miembros de la CES se comprometieron a continuar situando la igualdad de género en los primeros lugares de su agenda. El papel de los sindicatos en la lucha contra la discriminación y el comportamiento ilegal entre mujeres y hombres es de la mayor importancia y debe basarse en una acción coordinada dirigida tanto al sector público como al sector privado, todas las instancias de representación sindical (los comités de empresa desde el nivel de la empresa al nivel europeo), así como a nivel global y político, por ejemplo, garantizando el cumplimiento de los convenios de la OIT, la ONU y la Protección Internacional de los Derechos Humanos.
La igualdad de género no se alcanza sin un fuerte compromiso político, se requiere un cambio transformacional, que también implica un marco organizativo y estratégico. El papel de las mujeres en los sindicatos y/o los comités de igualdad de género debe ser preservado y donde sea necesario reforzado. Su trabajo y su asesoramiento deben estar estrechamente vinculados con el trabajo de otros comités o grupos de trabajo específicos. Con el fin de evitar que la igualdad de género se convierta en un «asunto de mujeres» la incorporación de la perspectiva de género debe convertirse en una política consolidada de los sindicatos y estar acompañada con medidas específicas (acción política, proyectos, actividades de sensibilización, etc.) en el ámbito del género.
A través de este Programa de acción la propia CES y sus miembros (confederaciones nacionales y federaciones sindicales europeas) se comprometen en áreas específicas de acción interrelacionadas entre sí:
I. Incorporar la perspectiva de género en todas las políticas y abordar las deficiencias cuando sea necesario;
II. Promover la independencia económica igual para hombres y mujeres y luchar para eliminar la brecha de género en el empleo, la remuneración y las pensiones;
III. Afrontar el reto de la conciliación de la vida profesional y la vida privada;
IV. Superar la brecha en la representación de género en los órganos de decisión de los sindicatos y las empresas;
V. Combatir el acoso sexual y la violencia en el trabajo.