Las comadronas en la España del siglo XVIII

Eduardo Montagut
Eduardo Montagut
Doctor en Historia, profesor de Educación Secundaria, secretario de Educación y Cultura de Chamartín del PSOE-M, y colaborador en diversos medios digitales en el área de Historia y Memoria Histórica.
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En un anterior artículo estudiamos a las comadronas en la época de los Austrias. Pretendemos completar el análisis de estas mujeres en la medicina moderna con esta continuación en el siglo XVIII.

Terminamos el trabajo anterior con las disposiciones de control de las parteras y los conflictos institucionales que se generaron, especialmente cuando se le quitó la potestad del examen al Real Tribunal del Protomedicato a instancias de las Cortes, y se estuvo discutiendo cómo examinarlas. Pues bien, ya en el nuevo siglo el propio Protomedicato terminó por dirigirse al rey Fernando VI denunciando las graves consecuencias que se estaban detectando en los partos por la impericia de las parteras y de algunos hombres que se dedicaban también a estas tareas. El Tribunal, por boca de su presidente, pedía que se examinase a quiénes quisieran ejercer esta profesión. Al final, se aprobó la Real Cédula de Parteros y Parteras en 1750. Se decidió que el Protomedicato volviese a expedir títulos, con los derechos consiguientes, aunque se procuró que no fueran muy elevados porque muchas de las aspirantes a ser comadronas eran gente de condición social humilde. También se consagró el papel masculino en esta profesión, pero en un plano distinto al de las mujeres, ya que para que un hombre pudiera ejercer en un parto debía ser cirujano. Al parecer, otros requisitos para ser comadrona eran los siguientes: limpieza de sangre, fe de bautismo y certificación del párroco de su vida y buenas costumbres.

La preocupación por la educación en el siglo XVIII en pos del ideal de la utilidad pública también llegó al mundo de la medicina, enfrentándose con la enseñanza fosilizada de esta ciencia en la universidad española. En lo que aquí nos interesa, es importante la inclusión de nuevos saberes en el plan de enseñanza de los Colegios de Cirugía que se abrieron en aquella época, enfrentados al Protomedicato que deseaba intervenir en los mismos. En las Ordenanzas del Colegio madrileño del año 1787 se dedicaba un capítulo a las matronas. En él se decía que “como la asistencia de las matronas al parto es tan conveniente (…), es justo que en este estudio público se las proporcione toda la instrucción necesaria, para que procedan en todas las urgencias, con acierto y utilidad; a cuyo fin deberá este mismo profesor dedicarse, en el tiempo y horas que pueda, sin perjuicio de la enseñanza de los alumnos del Colegio, a instruir en una de las piezas del edificio, y a puertas cerradas, a las mujeres que quieran aprender y tomar lecciones”.
Como vemos, se seguía considerando a la mujer como el agente más adecuado para esta tarea, pero siempre supeditada al control masculino de la profesión y sin que pudieran cursar los mismos estudios que los hombres para ser cirujanos, ya que su formación era considerada como una enseñanza libre, no oficial. Un claro criterio ilustrado de utilidad llevaba a que se mejorase en la enseñanza de la obstetricia, vinculándola a la institución que realmente enseñaba la práctica médica, pero no se elevó a la mujer al mismo nivel que el hombre.

En 1804 se estableció que los Colegios de Cirugía serían los encargados de controlar a las matronas. Se haría un examen “en un solo acto teórico-práctico, de la misma duración que el de los sangradores, de las partes del arte de la obstetricia en que deben estar instruidas, y del modo de administrar el agua de socorro a los párvulos, y en qué situaciones podrán executarlo por si”. Las matronas debían estar casadas o ser viudas, presentar fe de bautismo y de buena vida y costumbres, ser limpias de sangre y haber practicado durante tres años con cirujano o partera aprobada. Para aquellas matronas rurales o que viviesen en lugares muy alejados de donde hubiese un Colegio de Cirugía, se desplazaría un profesor para examinarlas.

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