Juristas Themis piden prohibir pruebas sobre vida sexual de mujeres víctimas

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La Asociación de Mujeres Juristas Themis ha pedido que esté prohibida toda prueba sobre los antecedentes sexuales de la víctima de abusos sexuales así como de su vida privada, antes y después de los actos constitutivos de un hecho penal de carácter sexual.
Es una de las conclusiones hechas por Themis sobre una posible reforma del Código Penal en materia de delitos contra la libertad sexual, donde ha destacado también la necesidad de desarrollar una política de prevención en la infancia y la adolescencia.
Themis ha recalcado que en las relaciones sexuales el consentimiento «debe ser explícito» pues si no hay consentimiento «hay delito contra la libertad sexual». Y «quien tiene la carga de probar el consentimiento es el acusado». Además, ha señalado que el consentimiento viciado podrá ser tenido por inexistente si hay elementos objetivos que permitan deducir que el mismo fue otorgado «bajo coacción».
Por otra parte, «la intimidación ambiental» se considerará «suficiente» para acreditar que no ha habido consentimiento.
Deberá eliminarse la diferencia entre agresión y abuso sexual, regulando un único tipo, bien «atentado sexual» o bien «violación», con una penalidad similar a la actual, en la que la cuestión fundamental sea la falta de consentimiento.
Asimismo, la denuncia previa como requisito de «perseguibilidad penal» deberá eliminarse también y el Ministerio Fiscal tendrá que ejercer la acción penal en todos los casos de menores de 18 años y los agentes de la autoridad que tengan conocimiento de una agresión a ese colectivo tramitarán el atestado haya o no denuncia. Themis ha solicitado reformar el tipo penal de la «prostitución coactiva«, endureciendo las penas y del proxenetismo, desvinculando este tipo penal del anterior.
Y ha subrayado el obstáculo que supone «la redoblada capacidad actual de la industria del sexo a través de la prostitución y la mayor parte de la pornografía para sustentar y perpetuar» los estereotipos de «dominio-sumisión«.
Estas juristas han hecho hincapié en su escrito en que antes de abordar las bases de la reforma del Código Penal hay que resaltar que la falta de amparo judicial de los derechos fundamentales a la libertad y dignidad humanas que «ha percibido el movimiento feminista» con el caso de La Manada se centraba más en los «parámetros valorativos de la interpretación judicial».
Han opinado que ello se ha notado en el desarrollo del juicio y en la sentencia, sobre todo en el voto discrepante, donde se contiene «un relato y valoración de la prueba con expresiones humillantes y vejatorias para la víctima y para las mujeres como colectivo».

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