Las 10 falacias de la «identidad de género»

Maria José Binetti
Maria José Binetti
Doctora en Filosofía y Magíster en Estudios de las Mujeres y de Género - Investigadora del CONICET (Argentina) Filosofía Contemporánea y Filosofía Feminista - Activista por los derechos de las mujeres en base al sexo - Integrante de la Campaña Argentina por el Reconocmiento de los Derechos de las Mujeres en Base al Sexo
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El neo-sintagma “identidad de género” ha irrumpido en el ámbito jurídico internacional como el último gran avance en materia de ampliación de derechos. Los Principios de Yogyakarta lo definen como la vivencia interna del género profundamente sentido, aunque no definen qué es para ellos el “género”. Desde el momento en que la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) afirma en sus artículos 1 y 2 la igualdad en dignidad y derechos de todos los seres humanos sin distinción de condición, estado, creencia u opinión, se entiende que los sentimientos y representaciones en materia de autoidentificación están contenidos en aquellos y por lo tanto, todas las personas tienen garantizado el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos en igualdad con los demás, incluido el derecho a sentir, creer y representar su identidad como les plazca. Hasta aquí, la reivindicación de así llamada “identidad de género” se ajusta al marco jurídico universal.

Sin embargo, la identidad de género que los Principios de Yogyakarta introducen, va mucho más allá de los derechos ya consagrados para reclamar la protección de una serie de deseos y fantasías privadas cuya legalización anula de hecho la acción universal de aquellos. De manera subrepticia y falaz, el activismo posmo-queer se propone relativizar el paradigma universal, objetivo y material de derechos humanos, y sustituirlo por el paradigma individualista, subjetivo y psico-afectivo de la “identidad de género”. Aparecen así una serie de falacias, ambigüedades e inconsistencias tendientes a confundir el derecho humano a la libertad de creencia, opinión o representación –incluso del propio cuerpo sexuado– con el supuesto derecho humano a que el contenido subjetivamente creído, percibido o sentido valga por ley como realidad objetiva y pública universalmente válida. Pasemos revista a algunas de las falacias y sinsentidos construidos sobre la confusión entre acciones subjetivas y contenidos objetivos, esto es, sobre la posverdad posmo-queer de que no hay hechos sino solo interpretaciones subjetivas.

 

Falacia 1. La “identidad de género” debe inscribirse legalmente como “sexo”: la “identidad de género” pretende inscribirse en el marco jurídico internacional y nacional en tanto que “sexo”. No se necesita gran sutileza lógica para comprender que la inscripción de una categoría –los sentimientos subjetivos– en los términos de otra –la realidad material, pública y evidente del sexo– anula el sentido de ambas. Tal es en efecto el objetivo explícito de Yogyakarta: eliminar el registro legal del sexo (Principio 31), no sin antes dotar a la identidad de género –de los varones– de las protecciones legales adquiridas por y para el sexo femenino. Inscrita como sexo, la identidad de género se cuelga del marco jurídico-político que reconoce y protege a las mujeres, convirtiendo a éstas últimas en un caso identitario y al género, en un derecho universal de todes les sujetes, en especial de los varones que dicen sentirse genéricamente femeninos.

Falacia 2. El sexo se autodetermina libremente: la confusión entre sentimientos subjetivos y hechos objetivos convierte al sexo en una libre elección ejercida a partir de la asignación cultural del sexo. Somos libres de aceptar –en el caso “cis”– o rechazar –en el caso “trans”– la asignación extrínseca y arbitraria de la diferencia sexual. La falacia socio-constructivista pretende confundir así la determinación del sexo al momento de la concepción junto con el resto de los cromosomas del ADN –de suyo irrevocable y de momento científicamente inmodificable–, con los modelos epistémicos y las clasificaciones biológicas, y estas con los estereotipos culturales de género. Todo sería igualmente construible y determinable en el mismo respecto.

Falacia 3. El sexo es privado, la identidad de género es pública: pese a las argucias posmodernas por reducir el sexo en una ficción cultural, lo cierto es que se trata de un factum inevitable. La operación ideológica consiste entonces en disociar el propio cuerpo sexuado de la constitución somato-psico-social –como si diera lo mismo identificarse con cualquier cosa–, desconocer su carácter subjetivo e identitario, y eliminarlo por ende del registro público. Lo socialmente significativo serían los sentimientos imaginarios del género, que deben ser registrados públicamente y protegidos por ley. El sexo en cambio, a pesar de su carácter objetivo, evidente y público, debe convertirse en una cuestión privada sujeta a leyes de confidencialidad y apercibimiento de sanciones en caso de violarse su intimidad.

Falacia 4. Todos tenemos una identidad de género: según la definición de las Naciones Unidas, el género consiste en las actividades, roles o estereotipos jerárquicos y discriminatorios atribuidos socialmente a los sexos. Esto supone que el género constituye uno de los elementos sociales que componen la identidad sexual de varones y mujeres, pero no la totalidad de esa identidad, integrada además por multitud de otros elementos endógenos y exógenos, de carácter físico, psíquico y existencial. Sin embargo, para el constructivismo social posmo-queer, las identificaciones sociales de género representan la totalidad de la identidad sexual o personal, reducida de este modo a “identidad de género”.

Falacia 5. La identidad viene de afuera: según el paradigma posmo-queer, las identificaciones sociales de género operarían sobre los cuerpos y subjetividades produciéndolos de manera extrínseca. Frente a los estereotipos de género, los sujetos podemos aceptarlos pasivamente –los “cis”–, o reaccionar contra ellos fragmentándolos y recombinándolos paródicamente –los “trans”–. Lo lamentable de este tipo de constructivismo cultural es que termina por reducir a los sujetos a productos culturales extrínsecamente construidos. Ninguna instancia personal, bio-psíquica o existencial, es capaz de sobreponerse o transformar radicalmente los dispositivos de poder que la producen. A lo sumo, es posible recombinar indefinidamente los fragmentos disociados y desmembrados del imaginario “trans”.

Falacia 6. La identidad de género está interseccionada, pero no tanto: la sociología nos enseña que las identidades sociales interseccionan múltiples identificaciones –de género, clase, raza, edad, etnia, nacionalidad, estado civil, altura, peso, belleza, ocupación, etc. etc.–, cada una de las cuales opera intrínsecamente en las otras a la vez que es afectada por ellas. Por ejemplo, una mujer no es abstractamente mujer, sino en cada caso particular mujer de color, pobre, proletaria, migrante, vieja y así sucesivamente. Curiosamente, de las innumerables identificaciones sociales, solo la de género sería libremente determinable, mientras que el resto permanecería en su asignación cultural sin posibilidades de definirse “cis” o “trans”. Pero ¿cómo es posible determinar la identidad de género en abstracción de las otras identificaciones? ¿Acaso esto no excluye y discrimina la libre autodeterminación de las demás? ¿Habrá algún principio de autopercepción selectiva que privilegia una variable social sobre la otras?

Falacia 7. Los géneros son estereotipos sexistas diseminados: la identidad de género esencializa los estereotipos sociales que subordinan a las mujeres, pero lo hace por efecto de fragmentación y desmembramiento a fin de que cada uno pueda identificarse con algunas partes, desafectarse de otras y recombinarlas fluidamente al ritmo de su voluntad imaginaria. En lugar de erradicar los estereotipos sexistas –tal como lo reclama la CEDAW en su artículo 5– las identidades genéricas los reifican, multiplican y convierten en identidades profundas. Nada más fijo, estereotipado y reactivo entonces que las identidades así llamadas “trans”, cuyas parodias son incapaces de una transformación efectiva.

Falacia 8. La repetición compulsiva performa la realidad genérica: la ideología queer asume que la repetición fonética de la palabra –el significante– produce la realidad de la cosa –el significado– por una suerte de fetichismo sonoro-discursivo. De ahí la necesidad de repetir compulsivamente significantes y sintagmas que normalicen los significados que se desea instalar socialmente. Una legión de repetidores seriales, a cargo del lobby de turno, coopera con producir mágicamente un nuevo sentido de realidad: ‘las mujeres trans son mujeres’, ‘las mujeres trans son mujeres’, ‘las mujeres son mujeres…

Falacia 9. ‘Las mujeres trans son mujeres’ se refuta a sí misma: el absurdo de afirmar que los varones son mujeres o las mujeres, varones se auto-refuta. En efecto, si los varones son mujeres y las mujeres varones, mujer y varón no significan nada y su distinción se anula a sí misma. Esta operación de vaciamiento y disolución semántica es justamente la estrategia posmoderna, que busca convertir el lenguaje en un juego de significantes vacíos capaces de producir cualquier género, sexo, cuerpo o subjetividad.

Falacia 10. Un producto del mercado fármaco-tecno-pornográfico: no hay “identidad de género” sin la industria fármaco-tecno-pornográfica productora de sexos sintéticos y ciber-subjetividades, a costa de amputaciones, extirpaciones de órganos e intoxicaciones voluntarias. Niños y adolescentes constituyen un nicho de particular interés comercial, que se pretende blindar mediante la criminalización de cualquier injerencia adulta en la libre determinación de género de los menores. No es de extrañar entonces que la big pharma y hig tech sean los grandes sponsors de la agenda queer, y que esta sea en realidad la operadora cultural del neo-liberalismo.

La identidad de género, instalada por el constructivismo posmoderno y diseminada por los flujos del capital global, busca hoy erosionar el fundamento universal de los derechos humanos e introducir a cambio un relativismo individualista que garantice la expansión ilimitada del mercado sexual. Lo cierto es que la sustitución del “sexo” por la “identidad de género” ha abierto un frente de conflicto insalvable con los derechos humanos basados en el sexo de las mujeres, los derechos sexuales de lesbianas, gays o bisexuales, y los derechos humanos de las propias personas que se sienten en otros cuerpos –cualquiera estos sean– y que en lugar de ser reconocidas como iguales en su propia condición psico-afectiva, son forzados a “ser” mujeres o varones culturalmente tales. Lejos de una ampliación de derechos, estamos ante un retroceso inadmisible.

El pensamiento y activismo feminista, garante de racionalidad, tiene hoy la apremiante tarea de impedir que esta confusión esquizoide entre ficciones subjetivas y hechos objetivos se naturalice, que el lenguaje sea reducido a significantes vacíos o deícticos incomunicables, y el sistema jurídico, destinado a lograr la igualdad sustantiva, quede al arbitrio de los deseos privados y los intereses de grupo de unos pocos.

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