En la actualidad nos enfrentamos a una clara vulneración de los derechos del profesorado a causa de la incursión de la incuestionable teoría de la identidad de género en el sistema educativo. Las asociaciones transactivistas, que cada vez tienen más fuerza y apoyo de la Administración pública, proclaman que aquello que nos define como hombres y mujeres no es el sexo, sino la identidad de género, es decir, los estereotipos asociados a cada uno de los sexos. Por ello, aunque biológicamente seas un hombre, si dices sentirte mujer tus derechos pasan por encima de los derechos de las mujeres biológicas y cualquier duda u oposición sobre ese “sentimiento” es tachado de transfobia. Por otro lado, sostienen que un menor debe poder “cambiarse” de sexo mediante hormonación si así lo desea, sin ningún tipo de evaluación previa del origen de este malestar ni espera prudente a que su maduración finalice. La prudencia ha sido proscrita por la ideología trans en las intervenciones que atañen a estos aspectos de la salud de las y los menores. Los derechos más básicos de la infancia como son la salud y la integridad física y moral y el interés superior del menor, reconocido en todas las leyes y protocolos de los países democráticos, parecen haber desaparecido.
nos enfrentamos a una clara vulneración de los derechos del profesorado a causa de la incursión de la incuestionable teoría de la identidad de género en el sistema educativo.
En DOFEMCO, agrupación de profesoras feministas, estamos preocupadas no solo por los daños irreversibles que las leyes trans ya en vigor están causando en las niñas y niños en proceso de maduración, sino también por la censura que se está ejerciendo sobre el profesorado que cuestiona la ideología que sustenta estas leyes, o simplemente no está dispuesto a fomentar este discurso en las aulas. Toda pregunta, duda o crítica es tachada de tránsfoba sin ninguna argumentación fundamentada y con la de amenaza de denuncia. Esta situación sitúa el profesorado en una posición totalmente desprotegida y pone en peligro derechos laborales tan básicos como los siguientes:
- El derecho a la libertad de cátedra en el ejercicio de la profesión.
- Discriminación por razón de opinión, prohibida por el Artículo 14 de la Constitución Española. y vulneración de los DD.HH. a la libertad de pensamiento y conciencia (art. 18 DD. HH.) y a la libertad de opinión y expresión (art. 19 DD. HH.)
- Vulneración de la libertad ideológica, recogida en el art. 16 de Constitución Española.
1.3 Vulneración del derecho a la libertad de expresión y a la libertad de cátedra recogido en el art. 20.1 de la Constitución Española.
- El derecho a seguridad personal y laboral.
2.1 Vulneración del derecho humano a la seguridad (art. 3 DD. HH.) y vulneración de la seguridad y salud en los lugares de trabajo, derecho también protegido en R.D. 486/1997, de 14 de abril, por el que se establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo (Anexo V. A) 2.10º. “Los vestuarios, locales de aseo y retretes estarán separados para hombres y mujeres, o deberá preverse una utilización por separado de los mismos”).
- El derecho a seguridad y defensa jurídica.
3.1 Vulneración del principio de seguridad jurídica reconocido como principio informador del ordenamiento jurídico en el art. 9.3 Constitución Española
3.2 Vulneración del derecho a la presunción de inocencia, recogido en el punto 2 del art. 24 de la C.E. y en el art. 11 de la Declaración de DD.HH.
El derecho a la libre expresión es algo esencial en democracia. No obstante, con la nueva “ley trans” que se encuentra en proceso de tramitación este derecho se ve vulnerado, ya que cualquier crítica a dicha ley o ideología es tachada de discurso de odio sin aportar ninguna razón que lo justifique. De esta manera, la coeducación en las aulas se convierte en una utopía: ¿cómo justificamos la necesidad de incluir en el currículum las aportaciones de las mujeres si el sexo se define en base a una percepción subjetiva? Además, según el transgenerismo, el estudio del cuerpo de la mujer y su sexualidad no debe aparecer como contenido curricular porque genera conflicto a las llamadas mujeres trans que carecen de las características femeninas por ser biológicamente hombres. La ideología trans también impone la invisibilidad de las mujeres en la historia manteniendo que mujeres referentes que no encajaban en los estereotipos de género, en realidad, eran hombres trans, así intenta hacer con Juana de Arco o, en el contexto español, con Catalina de Erauso.
También el derecho a la seguridad personal y laboral queda afectado por las leyes trans. Desde el transactivismo en los colegios e institutos se está promoviendo el uso de baños mixtos a pesar de la evidencia de que generan un aumento de las agresiones sexuales hacia las niñas y mujeres. Según estadísticas del Reino Unido, de las 134 denuncias por agresión entre 2017 y 2018, 120 ocurrieron en baños o vestuarios mixtos y sólo 14 en estancias diferenciadas por sexos. Pero a pesar de esta realidad, los cuartos de baños mixtos en los centros públicos españoles son una realidad que va en aumento. Nadie parece estar pensando en el sentimiento de desprotección que pueda causar a alumnas y profesoras compartir estos espacios con hombres biológicos, los sentimientos de la minoría transmasculina es lo único que se considera.
Po último, cabe comentar el derecho a la seguridad y defensa jurídica: la ley trans en curso de aprobación fulmina el principio constitucional de presunción de inocencia al invertir la carga de la prueba. De esta manera, en una denuncia por transfobia recae en quien ha sido denunciado probar que no se ha cometido dicho delito y no en el denunciante, corresponde así al profesorado que sea acusado de semejante cargo demostrar su inocencia. Y esta situación no es algo que “no vaya a pasar” porque aún sin ley -pero con la amenaza de su aprobación cual espada de Damocles- ya está pasando a nivel de cancelaciones, despidos, acoso y presión a profesoras y profesores de la universidad y del resto de los niveles educativos.
Nadie está a salvo de la censura trans-queer y del nuevo régimen de pensamiento único que pretenden imponer, y la vulneración de las leyes democráticas del estado de derecho español no parece obstáculo para esta ideología.
Plataforma DOFEMCO (Docentes Feministas por la coeducación)